Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2000 (25/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 25 de enero de 2000

Autorizan viaje de Ministro de la Presidencia para participar en conferencia y en reuniones de trabajo a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 049-2000-PCM MORDAZA, 24 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Presidencia, ha sido invitado a exponer en la Conferencia "Pobreza en el Peru: Reporte de Progresos" organizada por el "Brookings Institution" y "Dialogo Interamericano"; Que, asimismo, ha sido invitado a sostener reuniones de trabajo con el Vicepresidente de la Region de MORDAZA Latina y el Caribe del Banco Mundial; Que, en consecuencia es necesario autorizar el mencionado viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Presidencia, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica, del 25 al 28 de enero del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal Ministerio de la Presidencia de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 1,074.30 - Viaticos US$ 880.00 - Tarifa Corpac US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 0991

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 0992

EDUCACION
Aprueban Reglamento de Investigaciones Arqueologicas
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2000-ED MORDAZA, 24 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 50-94-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones y CAP del Instituto Nacional de Cultura, establece que el Instituto Nacional de Cultura es el organismo central y responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, con tal proposito, el Instituto Nacional de Cultura ha elaborado el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas en sustitucion del Reglamento de Exploraciones y Excavaciones Arqueologicas aprobado por Resolucion Suprema Nº 559-85-ED; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 24047 y el Decreto Supremo Nº 50-94-ED; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, el cual consta de setentidos (72) articulos y tres (3) Disposiciones Finales, que en anexo adjunto forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Facultar al Instituto Nacional de Cultura a expedir las disposiciones complementarias necesarias para la aplicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan o contravengan la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES ARQUEOLOGICAS I. De la clasificacion de Patrimonio Articulo 1º.- De conformidad con las recomendaciones y convenios internacionales, el Patrimonio Inmueble del Peru, que debe ser estudiado mediante investigaciones arqueologicas, se clasifica en: a. Monumentos Arqueologicos Prehispanicos .- Todos los restos de actividad humana de epoca Prehispanica que subsisten en el paisaje, de manera superficial, subyacente y/o subacuatica. b. Monumentos Historicos Coloniales y Republicanos .Todos los restos de actividad humana de epoca colonial y republicana que subsisten en el paisaje, de manera superficial, subyacente y/o subacuatica. Se consideran asi a las obras arquitectonicas, escultoricas y pictoricas monumentales y las inscripciones correspondientes a estas epocas. Los trabajos de arqueologia en este caso, serviran para el estudio de los elementos materiales constitutivos de estos monumentos. Articulo 2º.- Los Monumentos Arqueologicos Prehispanicos, con fines de registro, investigacion, conservacion y proteccion, se clasifican en: a. Zonas Arqueologicas Monumentales.- Son los conjuntos arqueologicos cuya magnitud los hace susceptibles de trato especial en lo que a investigacion se refiere, pues su fisonomia debe conservarse por las siguientes razones:

Encargan la Cartera del Ministerio de la Presidencia al Ministro de Salud
RESOLUCION SUPREMA Nº 050-2000-PCM MORDAZA, 24 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Presidencia, se ausentara del MORDAZA del 25 al 28 de enero del 2000 a fin participar en la Conferencia "Pobreza en el Peru: Reporte de Progresos" organizada por el "Brookings Institution" y "Dialogo Interamericano" y asimismo, para sostener reuniones de trabajo con el Vicepresidente de la Region de MORDAZA Latina y el Caribe del Banco Mundial, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norte America; Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho de la Presidencia mientras dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar la Cartera de la Presidencia al Dr. MORDAZA Aguinaga Recuenco, Ministro de Salud, a partir del 25 de enero del 2000 y en tanto dure la ausencia del Titular.

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