Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2000 (25/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 25 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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c. Evaluaciones Arqueologicas desarrolladas con anterioridad a la persona natural o juridica que contrata los trabajos y plan de futuras acciones complementarias al presente proyecto. Articulo 53º.- En lo referente a los fines y objetivos del Proyecto de Evaluacion Arqueologica debera senalarse explicitamente: a. Descripcion geografica de la region, area o lugar donde se ejecutaran los trabajos, indicando los monumentos arqueologicos presentes en la zona. En el caso de excavaciones se indicaran las areas de intervencion, con la mayor precision posible. b. Todos los proyectos deberan adjuntar un mapa de ubicacion de la MORDAZA de estudio cuya escala puede estar entre 1:2,000 a 1:250,000. En el caso de excavaciones se incluira un plano general del area con indicacion de las areas de intervencion, cuya escala puede estar entre 1:100 y 1:2,000. c. En el caso de prospecciones de areas extensas, que involucren excavaciones restringidas (pozos de prueba) y proyectos de excavacion en mas de un monumento arqueologico, debera contar con un sustento metodologico y tecnico de la eleccion de la MORDAZA de trabajo, indicandose la viabilidad y las caracteristicas de la obra de desarrollo a ejecutarse. d. Enumeracion de los fines y objetivos de la evaluacion, considerando siempre como primordial: 1. En el caso de Reconocimientos: La identificacion y ubicacion cronologica y corologica de los monumentos arqueologicos, descripcion de los mismos y mensuracion de las areas con evidencia arqueologica en superficie, ademas la elaboracion de un mapa de ubicacion de evidencias. 2. En el caso de Excavaciones: El establecimiento de las dimensiones y potencialidad de cada sitio intervenido, identificacion de los componentes arqueologicos, delimitacion de los monumentos a traves de un plano perimetrico, o de detalle, con ficha tecnica y memoria descriptiva. 3. En el caso de Excavaciones de Rescate: Debera indicarse el sustento tecnico del rescate arqueologico, indicando con exactitud el area total a ser excavada. e. Breve exposicion de los antecedentes y la problematica en la que se inserta la tematica de la investigacion. Se anexara al final del documento una bibliografia basica para la investigacion. Articulo 54º.- En lo referente al plan de los trabajos a ejecutarse en el MORDAZA del proyecto, tanto en el MORDAZA como en el gabinete, debera senalarse explicitamente: a. Relacion del personal participantes, incluyendo su grado de instruccion y la funcion que desempena cada miembro del equipo. b. Enumeracion de las fases de investigacion, incluyendo trabajos de MORDAZA, gabinete y/o laboratorio y preparacion del informe; indicando la duracion estimada de cada fase de los trabajos en forma de cronograma. En el caso de excavaciones de rescate, se debera incluir necesariamente, una fase de gabinete para el estudio integral de los materiales recuperados. c. Sustentacion profesional y tecnica de la viabilidad de los trabajos programados. d. Recursos materiales y facilidades con que se cuenta para el registro, analisis y embalaje de los materiales arqueologicos. e. En el caso de excavaciones, indicar los planes para la proteccion y conservacion del sitio que, como minimo, comprendera el tapado de las unidades de excavacion, la elaboracion de una ficha del sitio y el plano de delimitacion, asi como la senalizacion del sitio. Articulo 55º.- En lo referente a la metodologia operativa y lineamientos tecnicos a seguirse en el curso de la investigacion, debera senalarse explicitamente: a. Descripcion de la Metodologia operativa y tecnicas a emplearse durante los trabajos de campo: 1. Sistema de registro escrito, grafico, fotografico y otros, incluyendo modelos de fichas. 2. En el caso de excavaciones, se indicara el sistema de sectorizacion del sitio y sistema de coordenadas para la ubicacion de elementos. En el caso de reconocimientos, se indicara el sistema de sectorizacion de la region o area y los mecanismos para la determinacion de la ubicacion de los sitios. 3. En el caso de excavaciones se indicara el sistema de nomenclatura de los elementos arqueologicos. En el caso de reconocimientos, se indicara el sistema de nomenclatura de los sitios y los elementos arqueologicos aislados. 4. Tecnicas de excavacion previstas para los trabajos, o tecnicas de reconocimiento segun sea el caso. En ambos casos, se debera incluir el sistema de recoleccion de los materiales. 5. En el caso de excavaciones se indicaran las dimensiones y distribucion de las unidades o areas de excavacion de evaluacion, sustentando tal planificacion.

b. Descripcion de la metodologia operativa y tecnicas a emplearse durante los trabajos de gabinete y/o laboratorio: 1. Tipos de analisis a realizar sobre los materiales recuperados. 2. Metodos de analisis y sintesis de los datos. 3. Sistemas de inventario, almacenaje y embalaje. 4. Mecanismos para la elaboracion del informe. c. Descripcion de las tecnicas de proteccion y/o conservacion para las excavaciones, la arquitectura y los materiales arqueologicos. En el caso de trabajos con restos humanos, se senalaran las tecnicas especificas tanto en el MORDAZA como en el gabinete y/o laboratorio asi como su posterior embalaje. Articulo 56º.- En lo referente a los recursos materiales y economicos, debera senalarse explicitamente: a. Presupuesto analitico del costo total del proyecto que, segun se de el caso, especifique el monto de los pagos por procedimientos administrativos ante el Instituto Nacional de Cultura. El presupuesto indicara los montos para: recursos humanos, materiales de excavacion o reconocimiento, materiales de gabinete, servicios y elaboracion del informe. Incluira ademas el monto a pagar al Instituto Nacional de Cultura por catalogacion y deposito de los especimenes recuperados. Este monto no debe ser menor del 2 % del costo total del proyecto. b. Persona natural o juridica que financiara los trabajos. c. Recursos materiales, equipo o infraestructura con la que cuenta el proyecto. Articulo 57º.- En lo referente a la difusion de la investigacion, debera senalarse explicitamente: a. Planes respecto a la difusion de los resultados del proyecto. b. Instituciones u organismos, que ademas del Instituto Nacional de Cultura, que recibiran ejemplares del informe o futuras publicaciones sobre la investigacion. c. Sugerencia sustentada respecto al destino final de las colecciones y registros. VI. De los Informes de Proyectos de Investigacion Arqueologica Articulo 58º.- Los informes de proyectos de investigacion arqueologica, contempladas en las modalidades: Proyectos de Investigacion Arqueologica y Proyectos de Emergencia, a que se refieren los incisos 1) y 3), respectivamente, del Articulo 6° del presente Reglamento, deberan ser remitidos al Instituto Nacional de Cultura segun cronograma. En ningun caso excedera el plazo de un ano calendario desde la finalizacion de los trabajos. Articulo 59º.- El Director del Proyecto, sin perjuicio de la propiedad intelectual del autor o de los autores senalada en el Articulo 22º del presente Reglamento, presentara al Instituto Nacional de Cultura por cuadriplicado y en castellano, debidamente encuadernados, el informe detallado de los trabajos efectuados que contengan como minimo, el desarrollo de los siguientes puntos: a. Indicacion de el o los sitios o monumentos arqueologicos incluyendo datos sobre ubicacion, antecedentes, estado de conservacion y descripcion de los componentes del sitio. b. Equipo de Investigadores y sus responsabilidades dentro del Proyecto. c. Plan de las labores efectuadas, tanto en MORDAZA como gabinete y/o laboratorio, a manera de cronograma. d. Metodos y Tecnicas de Reconocimiento, o Excavacion, y/o Conservacion-Restauracion empleados en el Proyecto. Segun sea el caso: Las excavaciones presentaran una descripcion detallada de las unidades y/o areas de excavacion con enfasis en plantas, estratigrafia, asociaciones y contextos recuperados. Los reconocimientos presentaran ficha descriptiva de cada uno de los sitios o monumentos ubicados, asi como de los elementos asociados. e. Manejo y deposito actual de los materiales recuperados en el MORDAZA y sugerencia sustentada de destino final del material. f. Breve exposicion sobre los resultados de los proyectos arqueologicos, que incluyan materiales, contextos, el sitio y su relacion con el MORDAZA o la region y recomendaciones para futuras investigaciones, asi como la problematica de conservacion y proteccion de los sitios. g. Inventario detallado de los materiales arqueologicos, que como minimo deben contener los siguientes MORDAZA descriptivos: MORDAZA de material, cantidad, peso en gramos, indicando ademas, codigos de identificacion del contexto, unidad, sector y sitio. Los especimenes arqueologicos completos o semi-completos, deberan incluir una descripcion de formas caracteristicas. Este inventario estara precedido por la cantidad y nomenclatura de las MORDAZA de embalaje del material, asi como de la numeracion y contenido de cada una de ellas.

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