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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (10/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 183592 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2000 ingreso a la función Notarial convocado por el Colegio de Notarios de Ayacucho, para cubrir 11 plazas notariales en el Distrito Notarial de Ayacucho; Que del Concurso Público de Méritos, luego de haberse cumplido con las distintas fases del mismo, el abogado JAVIER ALBERTO INGA VASQUEZ, ha re- sultado ganador de la plaza correspondiente a la pro- vincia de Huanta, distrito de Huanta, Distrito Nota- rial de Ayacucho; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y sus modificaciones, el Reglamento del Consejo del Notariado aprobado por Decreto Supremo Nº 05-94-JUS y el Reglamento de Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Resolución Ministe- rial Nº 405-93-JUS, modificado por Resolución Minis- terial Nº 100-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar, al abogado JAVIER ALBER- TO INGA VASQUEZ, Notario Público del Distrito Nota- rial de Ayacucho, distrito de Huanta, provincia de Huan- ta, debiendo expedirse para tal efecto el título correspon- diente. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción al Colegio de Notarios de Ayacucho, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 1581 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 039-2000-JUS Lima, 3 de febrero del 2000 Visto el Oficio Nº 488-99 JUS/CN-P, de fecha 30 de diciembre de 1999, del Presidente del Consejo del Nota- riado; CONSIDERANDO: Que el Presidente del Consejo del Notariado comunica el resultado final del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la función Notarial convocado por el Colegio de Notarios de Ayacucho, para cubrir 11 plazas notariales en el Distrito Notarial de Ayacucho; Que del Concurso Público de Méritos, luego de haberse cumplido con las distintas fases del mismo, el abogado JUAN OSCAR HUAMANI BENITES, ha re- sultado ganador de la plaza correspondiente a la pro- vincia de La Mar, distrito de San Miguel, Distrito Notarial de Ayacucho; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Ley Nº 26002 - Ley del Notariado y sus modificaciones, el Reglamento del Consejo del Notariado aprobado por Decreto Supremo Nº 05-94-JUS y el Reglamento de Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Resolución Ministe- rial Nº 405-93-JUS, modificado por Resolución Minis- terial Nº 100-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar, al abogado JUAN OSCAR HUAMANI BENITES, Notario Público del Distrito Nota- rial de Ayacucho, distrito de San Miguel, provincia de La Mar, debiendo expedirse para tal efecto el título corres- pondiente. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución al Colegio de Notarios de Ayacucho, para los fines de ley.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 1582 Autorizan a asociaciones funcionar como Centros de Conciliación RESOLUCION MINISTERIAL Nº 040-2000-JUS Lima, 4 de febrero del 2000 Visto el Expediente Nº 15422 de fecha 20 de diciembre de 1999, de la ASOCIACION PERUANA DE SOLUCION INTEGRAL DE CONFLICTOS; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACION PERUANA DE SOLUCION IN- TEGRAL DE CONFLICTOS, es una asociación civil que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Concilia- ción; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 039-2000/ DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la ASOCIACION PERUANA DE SOLUCION INTEGRAL DE CON- FLICTOS; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento aprobado por Decre- to Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la ASOCIACION PE- RUANA DE SOLUCION INTEGRAL DE CONFLIC- TOS, a funcionar como Centro de Conciliación. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 1583 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 041-2000-JUS Lima, 4 de febrero del 2000 Vista la solicitud de Registro Nº 00405 de fecha 13 de enero del 2000, de la asociación "Centro de Resolución de Conflictos de Miraflores"; CONSIDERANDO: Que la asociación "Centro de Resolución de Conflictos de Miraflores", es una asociación civil que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora al amparo de la Ley Nº 26872 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS del 14 de enero de 1998;