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Pág. 183595 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2000 Que de acuerdo a lo dispuesto en la norma menciona- da, la presidencia de la Comisión de Asuntos Indígenas corresponde al Viceministro de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, por lo que estando próxima a realizarse la ceremonia de Instalación y Juramentación de los miembros integrantes de la referida Comisión, resulta conveniente formalizar la designación del Vicemi- nistro del PROMUDEH; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y la Ley Nº 27050, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por Decre- to Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al Dr. WILLIAM TORO CABRERA, Viceministro de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, como Presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 1622 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presunto responsable de delitos de tráfico ilícito de personas y uso indebido de bienes públicos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0062-2000-RE Lima, 31 de enero de 2000 Vistos el Informe Nº 001/2000, de 28 de enero del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y el Memorándum (INS) Nº 031-2000 de 21 de enero del 2000 de la Inspectoría General; CONSIDERANDO: Que en el Informe Nº 001/2000, de 28 de enero del 2000, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios da cuenta al Despacho Ministerial de la presunta comisión por parte del STE don José Hernán Collao Castañeda de faltas graves disciplinarias relacio- nadas con el otorgamiento irregular de visas a ciudadanos cubanos; Que, en atención a la naturaleza de las faltas, la mencio- nada Comisión recomienda a este Despacho Ministerial auto- rizar al Procurador Público del Sector Relaciones Exteriores a iniciar las acciones judiciales a que hubiere lugar por la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito de personas (Artículo 303-A del Código Penal) y uso indebido de bienes públicos (Artículo 388º C.P.); Que mediante Memorándum (INS) Nº 031-2000, de 21 de enero del 2000, la Inspectoría General del Ministerio, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos mencionados, recomienda la intervención del Procurador Público com- petente; De conformidad con los Artículos 1º, 2º y 35º del Decreto Ley Nº 17537; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos del Ministerio de Relaciones Exteriores a iniciar las acciones judiciales a que hubiere lugar contra don José Hernán Collao Castañeda por la presunta comisión de los delitos de tráfico ilícito de perso-nas (Artículo 303-A del Código Penal) y uso indebido de bienes públicos (Artículo 388º C.P.). Regístrese y comuníquese. FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 1612 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan suscribir Convenios de Eje- cución Presupuestal Indirecta con Di- recciones Regionales de Trabajo y Promoción Social RESOLUCION MINISTERIAL Nº 005-2000-TR Lima, 1 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de diciembre de 1999, se publica el Decreto de Urgencia Nº 073-99, el mismo que dispone que los ingresos captados por Direcciones Regionales y Subregionales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, por concepto de tasas y multas establecidas en el Decreto Supremo Nº 046-89-TR y Decreto Supremo Nº 006-99-TR, así como por otros conceptos, constitu- yen Recursos Directamente Recaudados del Pliego Presupuestal 012; Que, los referidos Recursos deberán ser aplicados a las actividades y proyectos de alcance nacional para el apoyo e impulso a las actividades del Ministerio en las Direccio- nes Regionales de Trabajo y Promoción Social; Que, el Artículo 53º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, establece que los tipos de Ejecución Presupuestal de las Actividades, Proyectos así como de sus respectivos componentes puede ser directa o indirecta; Que, la Ejecución Presupuestaria Indirecta se produ- ce cuando la ejecución Física y/o financiera de las Activida- des y Proyectos así como de sus respectivos componentes, es realizada por una entidad distinta al Pliego; sea por efecto de un contrato celebrado con una Entidad Privada a título oneroso, o con una Entidad Pública sea a título oneroso o gratuito; Que, cuando se trate del tipo de Ejecución Presupuestaria, que se celebre entre entidades del Sector Público a título gratuito, resulta eficaz la suscripción de Convenios de admi- nistración y ejecución que establezcan los criterios de Ejecu- ción Presupuestaria y Control Administrativo; Con opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; el literal d) del Artículo 11º de su Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 012-93-TR; el Decreto de Urgencia Nº 073-99; y la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración a suscribir los Convenios de Ejecución Presupuestal Indirecta de los recursos directamente re- caudados del Pliego Presupuestal 012: Ministerio de Tra- bajo y Promoción Social, con las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción Social del país. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración y la Oficina de Planificación y Presupuesto del Pliego, serán las encargadas de implementar las acciones y dictar las medidas necesarias, para un efectivo control sobre los recursos cuya ejecución se encarga. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FLORES POLO Ministro de Trabajo y Promoción Social 1613