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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (10/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 183603 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2000 el primer año será presentado en forma mensual y el segundo en for- ma semestral, con sus correspon- dientes supuestos y consideracio- nes. Ø Todos estos documentos deberán ser firmados por el Gerente General y el Contador General de la empresa y, en el caso del Flujo de Caja, además por el responsable de su elaboración. ARCHIVO B : -Documentación para acreditar Ca- Anexo 2, 2.1, pacidad Legal: Apéndice B ARCHIVO C: (Personal Aeronáutico) -Copia del Documento de Intento de Anexo 2, 2.2 Certificación (DICO) -Solicitud de Certificación: Anexo 2, 2.1 -Calificación del Personal Adminis- Anexo 2, 2.1, trativo y Aeronáutico: Apéndice F ARCHIVO D: (Operaciones) -Documento de Intento de Certifi- Anexo 2, 2.2 cación (DICO): -Cronograma de Eventos propues- Anexo 2, 2.1, to: Apéndice E -Los Manuales de Operaciones: (RAP 121) Anexo 2, 2.1 Apéndice C-1 (RAP 135) Anexo 2, 2.1, Apéndice C-2 -Cumplimiento Inicial de las regu- Anexo 2, 2.4 laciones correspondientes: ARCHIVO E: (Aeronavegabilidad) -Copia del Documento de Intento de Certificación (DICO): Anexo 2, 2.2 -Cronograma de Eventos propuesto: Anexo 2, 2.1, Apéndice E -Los Manuales y documentos de Mantenimiento: (RAP 121) Anexo 2, 2.2, Apéndice D-1 (RAP 135) Anexo 2, 2.2, Apéndice D-2 3.2 MODIFICACION DEL CERTIFICADO DE EX- PLOTADOR Los Operadores bajo RAP 121 ó RAP 135 que deseen modificar su Certificado de Explotador, deberán presen- tar una solicitud simple a la DGTA detallando las carac- terísticas de la modificación requerida, conjuntamente con las enmiendas correspondientes a toda la documen- tación de la Certificación. Una reunión con el IPO y el IPM de dicho Operador definirá los alcances de dichas enmiendas, de acuerdo a la magnitud de la modificación requerida. PARTE IV AERONAVEGABILIDAD 1. REQUISITOS PARA EXPEDICION DEL CER- TIFICADO DE AERONAVEGABILIDAD Y/O LA CONSTANCIA DE CONFORMIDAD (*) Para la expedición del Certificado de Aeronavegabili- dad, deberá presentarse una solicitud simple a esta DGTA, con una anticipación no menor a 30 días calendario, adjuntándose los siguientes requisitos mínimos: 1. Certificado Tipo. 2. Hoja de Datos del Certificado Tipo.3. Certificado de Matrícula vigente. 4. Certificado para Exportación de Aeronavegabilidad (del país de procedencia) (*) 5. Certificado de Cancelación de Matrícula (desregis- tro del país de procedencia) (*) 6. Certificado de Aeronavegabilidad del país de proce- dencia. 7. Distribución de Cabina de Pasajeros certificado de acuerdo al Manual de Peso y Balance. 8. Certificación de Altímetros y Tablas de Corrección. 9. Certificación de Velocímetro y Tablas de Correc- ción. (*) 10. Certificación de Compás Magnético y Tablas de Corrección. 11. Certificación de Prueba de ATC. 12. Certificación de Prueba del DFDR. 13. Certificación del Voice Recorder. 14. Certificación de ELT 406. 15. Prueba del Sistema Pitot-Estático. 16. Certificado de Peso y Balance. 17. Manual General de Mantenimiento (o Manual Básico de Mantenimiento RAP 91). (*) 18. Manual del Programa de Mantenimiento. (**) 19. Lista de Equipo mínimo (MEL). 20. Libretas de Aeronave/Motor/Hélice. 21. Hoja de Especificaciones de la Aeronave vigente. 22. Listado de Componentes con Vida Limitada de Avión y Motor con documentos que demuestren su "Tra- ceabilidad" (Formato FAA 8130-3 o equivalente). 23. Listado de Cumplimiento de Directivas de Aerona- vegabilidad de Avión, Motor y Componentes (Master General y Específico para la aeronave) y Boletines de Servicio y documentos que demuestren su cumplimiento (Ordenes o Tarjetas de Trabajo). 24. Programas CPCP y SSID con su respectivo Estado de Cumplimiento (si es aplicable). 25. Listado de Reparaciones y Alteraciones Mayores y documentos que demuestren su cumplimiento (Formatos DGTA-A-337, FAA 337 y 8110 o equivalentes). 26. Constancia de Inscripción vigente de los contrato(s) de la(s) aeronave(s) expedida(s) por la Oficina de Regis- tros Públicos. NOTA: (*) No necesarias para la expedición de la Cons- tancia de Conformidad. (**) En el caso de Constancia de Conformidad se requiere la aprobación de la Autoridad del país de Matrícula. 2. REQUISITOS PARA RENOVACION DEL CER- TIFICADO DE AERONAVEGABILIDAD Y/O LA CONSTANCIA DE CONFORMIDAD Para la renovación del Certificado de Aeronavegabili- dad, deberá presentarse una solicitud simple a esta DGTA, con una anticipación no menor a 30 días calendario, adjuntándose los siguientes requisitos mínimos: 1. Certificación de Altímetros y Tablas de Corrección. 2. Certificación de Velocímetro y Tablas de Correc- ción. 3. Certificación de Compás Magnético y Tablas de Corrección. 4. Certificación de Prueba de Air Traffic Control - ATC Transponder. 5. Certificación de Prueba del Digital Flight Data Recorder - DFDR (Lectura y grabación de parámetros). 6. Certificación del Voice Recorder. 7. Certificación de Emergency Prevention and Control Program 406 - ELT 406. 8. Prueba del Sistema Pitot-Estático. 9. Certificado de Peso y Balance. 10. Distribución de Cabina de Pasajeros Certificado. 11. Certificado de Matrícula vigente. 12. Libretas de Aeronave/Motor/Hélice. 13. Hoja de Especificaciones de la Aeronave Vigente. 14. Listado de Componentes con Vida Limitada (Avión y Motor). 15. Listado de Cumplimiento de Directivas de Aerona- vegabilidad de Avión, Motor y Componentes (Master