Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2000 (10/02/2000)


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2. ETAPAS: 2.1 ETAPA DE PREAPLICACION REUNION INICIAL.-

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2000

2.4 ETAPA DE DEMOSTRACION E INSPECCION En la RAP 121 y RAP 135 se senala que el solicitante acredite la capacidad de cumplir con las regulaciones y con las practicas de operacion en forma MORDAZA MORDAZA de comenzar sus operaciones aereas. Aunque las etapas de conformidad de los documentos, demostracion e inspeccion estan tratadas independientemente, en la practica, estas etapas pueden ser efectuadas simultaneamente. La siguiente es una lista de ejemplos de tipos de items, equipos, facilidades y actividades evaluadas durante la etapa de demostracion e inspeccion: a) Verificacion del programa de entrenamiento (aula, simuladores, avion y personal de mantenimiento) b) Calificacion y/o Chequeo de los tripulantes y personal de operaciones c) Facilidades de Estacion (equipamiento, instalaciones, procedimientos y personal) d) Procedimientos de archivos (documentos de entrenamiento, tiempos de servicio y vuelo, documentacion de vuelo) e) Control de vuelo (capacidad de despacho o de seguimiento del vuelo) f) Programas de mantenimiento e inspeccion (procedimientos y archivos) g) Facilidades de mantenimiento (personal, instalaciones, procedimientos, informacion tecnica, partes de repuesto, equipos, combustible, etc.) h) Avion (certificado de aeronavegabilidad, registros de mantenimiento, etc.) i) MEL's y CDL's (procedimientos de uso, si fuese aplicable) j) Programa de peso y balance (procedimientos, precision y control) k) Demostracion de evacuacion de emergencia de los pasajeros, no aplicable a la RAP 135 (demostracion en despegue abortado, en aterrizaje de emergencia y en amaraje segun corresponda) l) Pruebas del avion. Incluye un vuelo completo de cualquiera de las operaciones para demostrar la habilidad de operar cumpliendo con la RAP aplicable y la operacion en aerodromos de altura (no aplicable a algunas operaciones pequenas de la RAP 135). m) Otras que la DGTA solicite. 2.5 ETAPA DE CERTIFICACION Una vez que las etapas anteriores hayan sido completadas satisfactoriamente y cada una de las Direcciones o Areas competentes de la DGTA MORDAZA emitido su respectivo informe senalando que el solicitante ha acreditado su Capacidad Financiera, Legal y Tecnica, el JPC preparara el Certificado de Explotador de Servicios Aereos y elevara las Especificaciones de Operacion para su aprobacion. O La obtencion del Permiso de Operacion, el Certificado de Explotador y las Especificaciones de Operacion, en su conjunto, permiten al solicitante dar inicio a sus operaciones aereas. 3. DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LA CERTIFICACION 3.1 REQUISITOS DE CERTIFICACION BAJO RAP 121 y RAP 135
ARCHIVO A: - MORDAZA del Documento de Intento de Certificacion (DICO) - Documentacion para acreditar Capacidad Financiera: · Balance de Situacion no mayor de 30 dias de antiguedad. · Estado de Ganancias y Perdidas no mayor de 30 dias de Antiguedad, si fuera el caso. · Flujo de MORDAZA proyectado por un horizonte de dos anos, de los cuales Anexo 2, 2.2 Anexo 2, 2.1, Apendice A

El solicitante presentara ante la Direccion de Circulacion Aerea (DCA) de la DGTA la solicitud de Certificacion y el Documento de Intento de Certificacion - DICO, segun modelos contenidos en el Anexo 2 (2.1 y 2.2) de la presente Guia. Posteriormente, la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, determinara una fecha, la cual sera comunicada al solicitante por la DCA, para la realizacion de una reunion inicial, la que tendra como finalidad presentar al Inspector Principal de Operaciones (IPO), al Inspector Principal de Mantenimiento (IPM) y al Jefe del MORDAZA de Certificacion (JPC), asi como para explicar detalladamente el MORDAZA de Certificacion y el contenido de la documentacion que se debera presentar en la proxima Etapa de Aplicacion Formal ante la DCA: a. MORDAZA de la Solicitud de Certificacion - (Anexo 2, 2.1); b. MORDAZA del Documento de Intento de Certificacion (DICO) - (Anexo 2, 2.2); c. Documentos requeridos para acreditar Capacidad Financiera y Legal - (Anexo 2, 2.1, Apendice A y Apendice B); d. Cronograma de Eventos propuesto por el Operador - (Anexo 2, 2.1, Apendice E); e. Manuales y documentos de Operacion y de Mantenimiento que corresponden al MORDAZA de operacion solicitada (Anexo 2, 2.1, Apendices C1, C2 y D1, D2); f. Calificacion del Personal Administrativo del Operador - (Anexo 2, 2.1, Apendice F); y g. Modelo de Cumplimiento Inicial de las regulaciones - (Anexo 2, 2.4). 2.2 ETAPA DE APLICACION FORMAL REUNION DE APLICACION FORMAL.Esta reunion debe ser atendida por todo el personal gerencial del solicitante, y su proposito es discutir la aplicacion formal, resolver sus errores u omisiones menores y absolver las preguntas pertinentes con el JPC, IPO e IPM asignados. Asimismo, se discutira la practica de los eventos programados y las etapas subsiguientes del MORDAZA de certificacion. El JPC no aceptara formalmente la aplicacion durante la reunion. ACEPTACION / RECHAZO DE LA APLICACION FORMAL Luego de celebrada la reunion de la Aplicacion Formal, y de encontrarse conforme la documentacion presentada, la DCA emitira una comunicacion al solicitante indicandole que su aplicacion formal ha sido aceptada o rechazada. La aceptacion por la DGTA de la aplicacion formal no implica la aprobacion de los documentos presentados; ya que estos seran evaluados durante las subsiguientes fases del proceso. Si la aplicacion formal fuera rechazada, toda la documentacion sera devuelta mediante un oficio precisando las razones de la no aceptacion. 2.3 ETAPA DE CONFORMIDAD DE LA DOCUMENTACION Una vez aceptada la aplicacion formal y luego que el solicitante ha acreditado que cuenta, segun informe del area correspondiente, con la Capacidad Financiera, los Inspectores DGTA comenzaran el MORDAZA de Certificacion propiamente, con la evaluacion completa de todos los manuales y documentos requeridos. Si se encontrara en algun manual o documento ciertas discrepancias con las regulaciones o practicas de operacion MORDAZA, el manual o el documento sera devuelto, por intermedio de la DCA, para la correspondiente subsanacion.

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