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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (10/02/2000)

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Pág. 183649 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2000 ción, las obras de habilitación urbana que corresponden a las obras cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetar- se dichos trabajos a los planos firmados y sellados por las entidades encargadas, teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño: El Cuadro de Areas que se aprueba es el siguiente: AREA TOTAL BRUTA 15,183.00 m2 AREA UTIL 12,682.34 m2 AREA DE VIAS PUBLICAS 2,500.66 m2 Pavimentos .- Las características de las obras de pavi- mentación serán las siguientes: Subrasante .- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natu- ral eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi- cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m. mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Den- sidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base .- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor compactado, proveniente de cantera seleccionada que contenga pro- porciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 1/2") finos y ligantes en proporciones adecua- das. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Pro- ctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de los buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura .- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras .- Serán de concreto de calidad de fc=140 Kg/ cm2, de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m., y el acabado será con mezcla cemento-arena fina, en proporción 1.2 de un centímetro de espesor. Sardineles .- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardi- nel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construirán sardineles de con- creto de calidad de fc=210 Kg./cm. y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales .- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística Para Limitados Físicos aprobados por Resolución Ministerial Nº 1378-78-VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Los interesados someterán las obras a los controles establecidos. Obras Sanitarias .- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad .- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesiona- ria EDELNOR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones Telefónicas .- Para las instalaciones tele- fónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A. dicha Compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, a SUSANA DE LA PUENTE WIESE y OTROS, la Inscripción ProvisionalIndividualizada de los lotes que constituyen la Habilita- ción Urbana de su propiedad. El área Bruta Total es de 15,183.00 m2 de los cuales 12,682.34 m2 corresponden a área útil y 2,500.66 m2 a vías públicas. El área útil se distribuye en 7 lotes como sigue: Nº LOTE AREA Lote 1 con 2,739.31 m2 Lote 2 con 2,512.75 m2 Lote 3 con 1,477.94 m2 Lote 4 con 1,412.00 m2 Lote 5 con 1,412.66 m2 Lote 6 con 1,789.37 m2 Lote 7 con 1,338.31 m2 Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, con Construcción Simultánea el proceso de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Baja Densidad semirrústico R1-S el terreno de 15,183.00 m2 denominado lote "G" de la sección 6 de la urbanización Valle de Ate Alto, que formó parte del Fundo Rústico La Rinconada de Ate, ubicado en el distrito de La Molina, provincia y departa- mento de Lima, debiendo gestionarse ante la Municipali- dad Distrital de La Molina la respectiva Licencia de Construcción. Artículo Quinto.- AUTORIZAR, a la Municipalidad Distrital de La Molina, de conformidad con el Reglamento Nacional de Construcciones, otorgue a los propietarios la respectiva Licencia de Construcción sobre el área útil de vivienda. Artículo Sexto.- DISPONER, que las edificaciones que en virtud de esta autorización se construyan no podrán ser ocupadas, sin contar con el Certificado de Conformidad de Obra respectivo, en concordancia con el Artículo II-X-4 del Reglamento Nacional de Construccio- nes. Artículo Sétimo.- DISPONER, que el aporte regla- mentario para Recreación Pública de 607.32 m2, deberá ser redimido en dinero, quedando en garantía de su pago el lote 7. El aporte se hará efectivo cuando el organismo de control lo determine o en su defecto como condición previa a la Recepción de Obras de la presente Habilitación Urbana. Artículo Octavo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo no mayor de 30 días calendario contados a partir de su notificación. Artículo Noveno.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Oficina Registral de Lima y Callao, a la Municipalidad de La Molina y al Servicio de Parques - SERPAR LIMA, para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 1437 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Modifican Reglamento Interno de Concejo EDICTO Nº 01-2000/MJM Jesús María, 21 de enero del 2000 EL CONCEJO DISTRITAL DE JESUS MARIA Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo, celebrada el día 21 de enero del 2000, la propuesta de Modificación del Reglamento Interno de Concejo;