Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (10/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 183641 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de febrero de 2000 Que, fluye de autos que la Resolución Gerencial Nº 002-2000-FONCODES/GG, que resolvió el recurso de apelación del postor SUL AMERICA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A., declarándolo fundado en parte y desier- to el concurso, fue notificada a los postores el 11 de enero, al día siguiente del vencimiento del plazo para hacerlo según lo dispuesto por el Art. 124º del Reglamento, por lo que esta Resolución deviene en nula por extemporánea, es decir, por haberse expedido después de haberse gene- rado una denegatoria ficta, de acuerdo con el segundo párrafo de ese numeral; Que, asimismo, resulta que la Resolución Gerencial Nº 004-2000-FONCODES/GG que resolvió el recurso de ape- lación interpuesto por POPULAR y PORVENIR COM- PAÑIA DE SEGUROS declarándolo infundado, también deviene en nula por cuanto dicha impugnación debió ser resuelta y notificada el 19.1.2000 y no el 20.1.2000 como está indicado; Que, resultando nulas las Resoluciones Gerenciales Nºs. 002-2000-FONCODES/GG y 004-2000-FONCO- DES/GG, según lo expuesto precedentemente, el otorga- miento de la buena pro del 22.12.99 quedaría subsisten- te; sin embargo, desprendiéndose de antecedentes que el adjudicatario de ésta no ha cumplido con los requisi- tos puntualizados en el segundo y tercer considerandos de la presente resolución, ese otorgamiento resulta nulo; Que, la descalificación del postor POPULAR y POR- VENIR COMPAÑIA DE SEGUROS, hay que exami- narla a través de la doctrina y la práctica comercial, pues la omisión de indicar exclusiones debe inter- pretarse según lo que exprese el contrato de seguros y considerar cubiertos los riesgos que garantiza. Las exclusiones tienen lugar cuando expresamente están señaladas, de donde se infiere que si no lo están, como sucede en el presente caso, no existen, circunstancia que determina que POPULAR Y PORVENIR COMPA- ÑIA DE SEGUROS no ha omitido requisito alguno, situación idéntica a la del postor SUL AMERICA COM- PAÑIA DE SEGUROS S.A., quien sin, embargo, no fue descalificado; Que, por tanto al quedar hábiles estos dos postores, corresponde a la Entidad continuar el desarrollo del concurso calificando y evaluando sus propuestas, de con- formidad con el D.S. Nº 039.98.PCM; Que, la presente resolución sienta precedente de observancia obligatoria, siendo de aplicación lo dispuesto por el Inc. 6) del Art. 1º del D.S. Nº 018.97.PCM del 18.4.97; Que, con las facultades conferidas por el Título V de la Ley Nº 26850 y los Arts. 8º y 9º del D.S. Nº 047.98.PCM, los antecedentes y luego de agotado el correspondiente deba- te, con la intervención de la Vocal Dra. Martha Vargas Gonzales, por ausencia del Vocal Dr. Guy Figueroa Tac- koen; SE RESUELVE: 1. Declarar Nulas las Resoluciones Gerenciales Nºs. 002-2000-FONCODES/GG y 004.2000-FONCODES/GG; nulo el otorgamiento de la Buena Pro al postor CON- SORCIO MAFRE PERU COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS Y MAFRE PERU VIDA COMPAÑIA DE SEGUROS, por tanto, fundado en parte el recurso de revisión interpuesto por POPULAR y PORVENIR COM- PAÑIA DE SEGUROS, debiendo el Comité Especial re- trotraer el proceso a la etapa de evaluar y calificar las propuestas de los postores SUL AMERICA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. y POPULAR y PORVENIR COMPA- ÑIA DE SEGUROS. 2. Devolver la Carta Fianza con que los postores recaudaron su recurso de apelación, de conformidad con el Art. 128º del D.S. Nº 039.98.PCM. 3. Devolver los antecedentes a la Entidad convocante para los fines legales consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ELIAS PODESTA, SOLARI ANDRADE, VARGAS GONZALES 1555CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION Aprueban Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones para el Año Fis- cal 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 095-99-EF/93.01 Lima, 31 de diciembre de 1999 VISTO, el Informe Nº 001-99-CEPAA de fecha 29 de diciembre de 1999, mediante el cual la Comisión Especial propone el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Contaduría Pública de la Nación para el Año Fiscal 2000. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 035-99-EF/ 93.08 de fecha 17 de diciembre de 1999, la Contaduría Pública de la Nación constituye la Comisión Especial para la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones para el Año Fiscal 2000; Que, la Comisión Especial en mención, ha elaborado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Con- taduría Pública de la Nación para el Año Fiscal 2000, en observancia a los Lineamientos de su Política y Presu- puesto Institucional del indicado ejercicio, y de conformi- dad a lo establecido en el Artículo 7º de la Ley Nº 26850 - De Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conside- rándose el tipo de Bienes y Servicios que se adquirirá durante el ejercicio presupuestario del año señalado; Estando a lo propuesto por la Comisión Especial, con la aprobación de la Alta Dirección y con las visaciones de la Oficina General de Administración, Oficina General de Presupuesto y Planificación, y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo Unico.- APROBAR el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones de la Contaduría Pública de la Nación para el Año Fiscal 2000, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 1552 I N E I Aprueban procedimiento técnico de elaboración de croquis y formación de áreas, para los empadronamientos ur- bano y rural de los Censos Nacionales X de Población y V de Vivienda RESOLUCION JEFATURAL Nº 053-2000-INEI Lima, 7 de febrero del 2000 Vista la propuesta de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, sobre el procedimiento técnico para la elabo- ración de los croquis y la formación de las áreas para el Empadronamiento Urbano y la elaboración de los croquis para el Empadronamiento Rural;