Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2000 (10/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

Pag. 183647

Articulo 2º.- Ordenar a SEDALIB S.A. que modifique los consumos facturados a la recurrente a partir del mes de junio de 1999, de acuerdo al promedio de las seis (6) ultimas diferencias de lecturas validas anteriores si existiesen o en su defecto en razon de la Asignacion de Consumos correspondiente, sistema de facturacion que debera mantenerse en tanto no se instale un medidor operativo, momento a partir del cual se facturara por diferencia de lecturas. Articulo 3º.- Ordenar a SEDALIB S.A. proceda a instalar un medidor operativo en el predio que conducen los reclamantes en un plazo no mayor de seis (6) meses, contados a partir del 30.12.99, fecha en que se verifico la inoperatividad del medidor instalado en la conexion domiciliaria. Articulo 4º.- Ordenar a SEDALIB S.A. que en el plazo MORDAZA e improrrogable de diez (10) dias utiles computados desde la notificacion de la presente Resolucion, remita tanto a la recurrente como a esta Superintendencia, el calculo analitico de la refacturacion ordenada en el Articulo MORDAZA de la presente Resolucion, de modo tal que frente a los montos y volumenes originalmente facturados, se adviertan los refacturados. Articulo 5º.- Sancionar a SEDALIB S.A. con Amonestacion Escrita por las omisiones en que incurrio durante la tramitacion del presente MORDAZA, y que han sido detalladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Encargar al Departamento de Administracion Documentaria y Archivo la notificacion de la presente Resolucion a las partes interesadas asi como a la Comision de Proteccion al Consumidor del INDECOPI y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, notifiquese, cumplase, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MAU Superintendente 1551

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 1564

Dejan sin efecto resolucion que aprobo proyectos de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de Carabayllo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1609 MORDAZA, 4 de febrero de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA VISTOS; el Oficio Nº 470-99-A/MDC, recepcionado mediante Documento Codificado Nº 50919-99, del 28 de diciembre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 470-99-A/MDC, la Municipalidad Distrital de Carabayllo remite MORDAZA de la Resolucion de Alcaldia Nº 371-99-MDC, recepcionada el 28 de diciembre de 1999, que en aplicacion de la Ley Nº 26878, aprueba los Proyectos de Habilitacion MORDAZA, de acuerdo al plano signado con el Nº 003-99-MDC/CDHU, del terreno de 19,806.00 m2 (DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SEIS METROS CUADRADOS), constituido por el lote Nº 77 de la ex hacienda Chacra Cerro, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, de propiedad de la COMPANIA INMOBILIARIA CONSTRUCTORA "NUEVO AMANECER S.A.". Que, de la revision de la Resolucion de Alcaldia Distrital y de la documentacion parcial remitida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo se aprecia que esta ha sido emitida incumpliendo dispositivos previstos en la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997, que regula los Procedimientos de Habilitacion MORDAZA para la provincia de MORDAZA, asi como de la Ley de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, su Reglamento D.S. Nº 022-97-MTC, el Texto Unico Ordenado D.S. Nº 11-98-MTC y la Ley Nº 27135. Que, por Ordenanza Nº 156 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, del 17 de agosto de 1998 se aprueba el Reajuste de la Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana al 2002, determinando que la Zonificacion vigente para la Habilitacion MORDAZA que viene en revision, es la UNIFAMILIAR SEMIRRUSTICO ESPECIAL - R1Se, presupuesto que no ha sido cumplido, estando a que se ha considerado para la emision de la Resolucion de Alcaldia Distrital una "Constancia de opinion favorable de cambio de Zonificacion 011-A-DDU-MDC del 10 de agosto de 1998", calificando al terreno como de Uso Residencial de Densidad Media R-4, MORDAZA que ha sido declarada nula de pleno derecho mediante Resolucion de Concejo Nº 120-99-MML del 7 de junio de 1999, careciendo de toda validez y eficacia en todo procedimiento administrativo o judicial; por tanto no adecuandose lo presentado a los Planes de Desarrollo Urbano. Que, por Acuerdo Nº 08 de la Comision Metropolitana de Habilitaciones Urbanas, de fecha 13 de enero de 2000 en la Sesion Nº 001-2000, se recomendo que "se declare la no ratificacion de la Resolucion de Alcaldia Nº 371-99MDC, de fecha 20 de agosto de 1999, mediante el cual el distrito aprobo los Proyectos de Habilitacion MORDAZA del terreno de 19,806.00 m2 constituidos por el lote Nº 27 de la ex hacienda Chacra Cerro ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, por cuanto en su aprobacion le consignan al terreno Zonificacion R4 (propuesta del distrito) siendo la vigente R1Se. Asi mismo, se ha aprobado en el Plano de Trazado y Lotizacion la Av. "Perimetrica" con una Seccion A-A de 32 ml.; cuando dicha via de acuerdo a lo informado por el Institu-

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Dejan sin efecto la Ordenanza Nº 200, mediante la cual se aprobo dictamen de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto
ORDENANZA Nº 242 (Por Oficio Nº 174-2000-SGC/MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique nuevamente la Ordenanza Nº 242, publicada en nuestra edicion del dia 3 de febrero de 2000, en la pagina 183416). MORDAZA, 8 de noviembre de 1999 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA, en Sesion Ordinaria del ocho de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Dejase sin efecto la Ordenanza Nº 200 que aprobo el Dictamen Nº 053-98-MML/CEPP de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto.

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