Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2000 (10/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 10 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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ONPE
Aceptan inscripcion de candidatos para elecciones de representantes de Colegios de Abogados y Colegios Profesionales ante el Consejo Nacional de la Magistratura
RESOLUCION JEFATURAL Nº 077-2000-J/ONPE MORDAZA, 9 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 007-2000-J/ONPE, de fecha 12 de enero, y Resolucion Jefatural Nº 015-2000J/ONPE, de fecha 19 de enero del presente, se designo la Comision Electoral Nacional que estara a cargo del MORDAZA de eleccion de Consejeros de los Colegios Profesionales y los Colegios de Abogados del MORDAZA, a realizarse el 12 de marzo del 2000; Que, de acuerdo al Articulo 19º de la Ley Nº 26397, Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y el Articulo 6º del reglamento para la eleccion de consejeros representantes de los Colegios Profesionales y Colegios de Abogados del MORDAZA, para ser candidato se requiere contar con la adhesion de no menos del 5% de los miembros activos de su respectivo colegio profesional, que en ningun caso puede ser menor a cien (100) adherentes; Que, de acuerdo a la disposicion final unica de la Resolucion Nº 026-99-CNM del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 19 de noviembre de 1999, mediante la que se aprueba el reglamento para la eleccion de consejeros representantes de los Colegios Profesionales y Colegios de Abogados del MORDAZA, se faculta a la Oficina Nacional de Procesos Electorales a dictar las disposiciones necesarias para la organizacion y desarrollo del MORDAZA electoral; Que, hasta el 4 de febrero del presente ano, la Oficina Nacional de Procesos Electorales recibio las solicitudes de inscripcion de candidatos en cumplimiento del cronograma establecido mediante la Resolucion Jefatural Nº 00100-J/ONPE; Que, de acuerdo a la verificacion de firmas realizada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, alcanzaron las firmas requeridas y lograron su inscripcion como candidatos para el MORDAZA de eleccion de los representantes de los Colegios de Abogados del MORDAZA, el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Colegio de Abogados de Ica; el senor doctor MORDAZA MORDAZA Nunez, del Colegio de Abogados de Arequipa; el senor doctor MORDAZA MORDAZA Munoz Tipian, del Colegio de Abogados de Ica; y el senor doctor MORDAZA Paz de la MORDAZA, del Colegio de Abogados de Lima. Asimismo, lograron su inscripcion como candidatos para el MORDAZA de eleccion de los representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA, el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Colegio Medico del Peru; la senora ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA Biondi MORDAZA, del Colegio de Ingenieros del Peru; y el senor sociologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Paz, del Colegio de Sociologos del Peru; Que, de acuerdo a la Resolucion Jefatural Nº 003-2000J/ONPE, del 12 de enero del 2000, se establecio un periodo de tachas que es necesario modificar; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 19º de la Ley Nº 26397, Organica del Consejo Nacional de la Magistratura y por la disposicion final unica del Reglamento de Elecciones, aprobado por Resolucion Nº 026-99-CNM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la inscripcion como candidatos para el MORDAZA de eleccion de los representantes de los Colegios de Abogados del MORDAZA, al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Colegio de Abogados de Ica; al senor doctor MORDAZA MORDAZA Nunez, del Colegio de Abogados de Arequipa; el senor doctor MORDAZA MORDAZA Munoz Tipian, del Colegio de Abogados de Ica; y al senor doctor MORDAZA Paz de la MORDAZA, del Colegio de Abogados de Lima. Asimismo, aceptar la inscripcion como candidatos para el proce-

so de eleccion de los representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA, al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Colegio Medico del Peru; a la senora ingeniera MORDAZA MORDAZA MORDAZA Biondi MORDAZA, del Colegio de Ingenieros del Peru; y al senor sociologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Paz, del Colegio de Sociologos del Peru. Articulo 2º.- Modificase el periodo de tachas establecido mediante Resolucion Jefatural Nº 003-2000-J/ONPE, siendo en consecuencia el periodo de tachas del 10 de febrero al 14 de febrero. Las tachas e impugnaciones seran resueltas entre el 15 y el 18 de febrero del 2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 1632

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Dan por concluido nombramiento de magistrado de la Fiscalia Provincial Mixta de Gran Chimu, Distrito Judicial de La MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 112-2000-MP-CEMP MORDAZA, 9 de febrero del 2000 VISTO: El Oficio Nº 099-2000-MP-F.SUPR.C.I. remitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, que eleva el Informe Nº 006-2000-CC-MP-F-SUPR suscrito por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular de la Fiscalia Suprema de Control Interno, remitido via fax, en relacion con el operativo efectuado contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Gran Chimu; y, CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 006-2000-CC-MP-F.SUPR de fecha 8 de febrero del 2000, emitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular de la Fiscalia Suprema de Control Interno, en relacion con el operativo efectuado contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Gran Chimu; concluye senalando que en los documentos referidos al operativo efectuado existen suficientes indicios razonables de la comision del delito de corrupcion de funcionarios, por parte del Fiscal intervenido y por tratarse de delito flagrante la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular de la Primera Fiscalia Superior Penal de La MORDAZA, quien se encontraba de Turno, formulo la denuncia correspondiente, conforme el inciso f) de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26623, modificada por Ley Nº 27147 y atendiendo a que los hechos comprometen la dignidad del cargo y lo desmerecen gravemente ante la opinion publica, y estando a la provisionalidad de su cargo recomienda se de por concluido su nombramiento de conformidad con la Unica Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27009; Que, la Fiscalia Suprema de Control Interno, hace MORDAZA en todos sus extremos el mencionado Informe Nº 006-2000-CC-MP-F.SUPR.C.I. segun consta en el Oficio Nº 099-2000-MP-F.SUPR.C.I., opinion que la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico comparte; Que de acuerdo a lo expuesto es necesario dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA

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