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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (12/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 183704 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de febrero de 2000 dades Provinciales a través de sus Concejos, aprobar sus Planes Urbanos, que en el caso de la provincia de Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, mediante Ordenanza Nº 156-MML, del 17 de junio de 1998, dictada de conformidad con lo previsto en el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 134 de Normas Reglamentarias de Actua- lización y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de agosto de 1998, se aprobó el Reajuste del Plano de Zonifica- ción General de los Usos del Suelo a Mediano Plazo correspon- diente al distrito de Carabayllo; Que, el Oficio Nº 056-99-DDU-MDC, que adjunta Cons- tancia de Opinión Favorable de Cambio de Zonificación Nº 014-98-A-DDU-MDC emitida por la Municipalidad Distri- tal de Carabayllo (Fs. 16-20); el Oficio Nº 1075-99-MML/ IMP que contiene el Informe Técnico de Zonificación emiti- do por el Instituto Metropolitano de Planificación (Fs. 13, 14, 15) y el Informe Nº 069-98-OCPU-DDU-DDU emitido por el Jefe de Catastro y Planificación Urbana de la Munici- palidad Distrital de Carabayllo. (Fs. 21, 22); contienen opinión favorable al cambio de zonificación; Que, mediante Informe Nº 034-99-MML/IMP/DPT de 24 de noviembre de 1999, el Instituto Metropolitano de Plani- ficación emite información complementaria, ratificándose en los sustentos expresados y señalando en el punto 4) que no se han considerado otros aportes para equipamiento que no sean los requeridos por la habilitación urbana, lo que genera un déficit de y a su dinámica de ocupación equipa- miento a nivel de sector de planeamiento que debe ser considerado y subsanado; y en el punto 5) que de acuerdo a la tendencia del área y a su dinámica de ocupación es procedente el cambio, pero en la habilitación del terreno de aproximadamente 30 ha., se deberá considerar adicional- mente a los requerimientos propios de la habilitación urba- na, los que en dicho informe enumera; Aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Unico.- Adicionar a la Ordenanza Nº 234- MML lo siguiente: 4.- Concertar el aporte correspondiente a educación y reservar un terreno de una (1) ha. Para la ubicación de un colegio (Corresponde a Equipamiento de Sector) 5.- Además de los aportes correspondientes a recreación, reservar un terreno de dos (2) ha. para equipamiento recreacional y cultural como Parque de Sector, Campo deportivo, así como para Equipamiento Cívico - Cultural (Correspondiente a Equipamiento de Sector) 6.- Garantizar la continuidad vial, principalmente de las vías Colectoras y Locales Principales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los siete días del mes de febrero de dos mil. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 1663 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Modifican el Reglamento Interno del Concejo EDICTO Nº 002-2000 La Molina, 24 de enero de 2000 POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Molina en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, por Edicto Nº 001-98 de fecha 19 de enero de 1998 se aprobó el Reglamento Interno del Concejo - RIC, de la Municipalidad Distrital de La Molina;Que, mediante Edicto Nº 001-99 de fecha 27 de enero de 1999 se modificó el Artículo 85º precisándose que las Comi- siones Permanentes de Regidores serán ocho (8), las mis- mas que corresponderán a los órganos fundamentales de la gestión municipal; Que, la Comisión de Administración, Rentas y Presu- puesto, viene realizando estudios, formulando propuestas y proyectos y emitiendo Dictámenes en el área de Informáti- ca, por lo que resulta pertinente modificar su denomina- ción, ampliando el ámbito de su competencia; Que, las Municipalidades, de acuerdo a lo prescrito por el Artículo 10º, Inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, son competentes para acordar su régimen de organización interior, correspondiendo al Concejo Muni- cipal su aprobación; Estando a lo expuesto y de conformidad con las faculta- des conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; POR MAYORIA y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó el siguiente: EDICTO Artículo Unico.- Modificar el texto del Numeral 2 del Artículo 85º del Reglamento Interno del Concejo - RIC, de la Municipalidad Distrital de La Molina, el que queda redac- tado de la siguiente manera: "... 2. Comisión de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática". Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 1671 Establecen disposiciones sobre actua- lización de valores de predios corres- pondientes al ejercicio fiscal 2000 DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2000 La Molina, 25 de enero del 2000 EL ALCALDE DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 776, que regula la aplica- ción del Impuesto Predial, señala en el último párrafo de su Artículo 14º que la actualización de los valores de los predios por las Municipalidades sustituye la obligación de presen- tar la declaración jurada anual; Que, la Municipalidad de la Molina actualizará el valor de los predios con la información de las declaraciones juradas de autovaluo y los datos contenidos en las fichas catastrales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 491-99 MTC/ 15.04 del 27 de diciembre de 1999 se aprueba los Planos Básicos Arancelarios que contiene valores de Áreas Urba- nas de la provincias de Lima y Callao y mediante Resolución Ministerial Nº 495-99 MTC/15.04 del 27 de diciembre de 1999 se aprueban los valores unitarios oficiales de edifica- ciones para la costa respectivamente; Que, conforme a lo previsto en el Art. 13º del Decreto Legislativo Nº 776 es necesario establecer un monto mínimo para el pago del Impuesto Predial aplicando la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de S/. 2,900 aprobado por Decreto Supremo Nº 191-99 EF, vigente para el ejercicio fiscal 2000; Con la visación de la Oficina de Rentas, Oficina de Asesoría Jurídica y Dirección Municipal; DECRETA: Artículo Primero .- La actualización en el valor de los predios correspondientes al ejercicio fiscal del 2000 se efectuará con los datos y valores siguientes: a) Los datos de las declaraciones juradas, fichas catastrales y anexos de las Resoluciones de Determinación (consentidas) que surten los mismos efectos de la declaración jurada. b) El cuadro de valores unitarios oficiales de edificacio- nes para la Región de la Costa, aprobado por R.M. Nº 495 MTC/15.04 del 27 de diciembre de 1999.