Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2000 (24/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2000

AGRICULTURA
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0081-2000-AG Por Oficio Nº 634-2000-AG-SEGMA, el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 0081-2000-AG, publicada en nuestra edicion del 19 de febrero de 2000, en la pagina 183957. Articulo Unico DICE: "Designar... Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIME, como Coordinador Ejecutivo de la Unidad de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO." DEBE DECIR: "Designar... Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIME, como Coordinador Ejecutivo de la Unidad de Promocion de Apoyo Financiero al Agro - PROMINAGRO." 2185

INTERIOR
Conceden nacionalidad peruana a ciudadano MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 0167-2000-IN-1606 MORDAZA, 23 de febrero del 2000 Vistos, la solicitud y documentos presentados por don: Ming Men LAY CHAU de nacionalidad china, sobre otorgamiento de Nacionalidad Peruana por Naturalizacion, que obran en el Expediente Nº 034332 del 29.OCT.99. CONSIDERANDO: Que, se cumplen los requisitos exigidos por el Art. 52º de la Constitucion Politica del Peru, Ley Nº 26574 - Ley de Nacionalidad y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-IN del 23.MAY.97, Ley Nº 25035 - Ley de Simplificacion Administrativa y Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Organica del Ministerio del Interior; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

EDUCACION
Establecen disposiciones sobre matricula, asistencia y pago de cuota anual por concepto de APAFA en centros educativos publicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 140-2000-ED MORDAZA, 23 de febrero de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 17º de la Constitucion Politica del Estado, establece la obligatoriedad de la educacion inicial, primaria y secundaria y la gratuidad de la educacion en las instituciones del Estado; Que, es atribucion del Ministerio de Educacion formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educacion; Que, el Reglamento sobre la participacion de los Padres de Familia en el MORDAZA Educativo desarrollado en los Centros Educativos Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-98ED, establece que el monto de la cuota anual ordinaria no puede exceder del 1.5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED y 020-98-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- PRECISAR, que la matricula en los Centros Educativos Publicos no se encuentra condicionada a ningun MORDAZA de pago, bajo responsabilidad de sus respectivos Directores. Articulo 2º.- Se encuentra terminantemente prohibido, condicionar la asistencia de los alumnos de los Centros Educativos Publicos, a la compra de uniformes, utiles escolares, u otros, bajo responsabilidad del Director del Centro Educativo. Articulo 3º.- El pago de la cuota anual ordinaria, por concepto de Asociacion de Padres de Familia - APAFA, cuyo monto no excedera de S/. 42.00 Nuevos Soles (Cuarenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), se realizara a partir de los 30 dias de iniciado el ano escolar, y se pagara en seis partes, debiendo cancelarse cada una de ellas el ultimo dia habil de cada mes. En los casos de insolvencia economica comprobada, la cuota anual ordinaria por concepto de Asociacion de Padres de Familia - APAFA, sera pagada con faenas o trabajos de los padres de familia, en la mejora de los Centros Educativos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 2271

Articulo 1º.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Naturalizacion a don Ming Men LAY CHAU e inscribirlo en el Registro respectivo. Articulo 2º.- Extender al interesado el Titulo de Nacionalidad correspondiente, previa MORDAZA de la Escritura Publica en la que conste la renuncia a su nacionalidad de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 2284

Autorizan a la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion implementar y aplicar Sistema Mecanizado de Revalidacion de Pasaportes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0201-2000-IN-1601 MORDAZA, 19 de febrero de 2000 Visto el Informe Nº 010-2000-IN-1601 del 10.FEB.2000 remitido por la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º Inc. 1 y 21 de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene el derecho a su identidad asi como obtener o renovar su pasaporte dentro o fuera del territorio de la Republica; Que, mediante R.M. Nº 0788-98-IN-1601 del 14.SET.98 se autoriza a la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion la implementacion y aplicacion del Sistema Mecanizado de Expedicion de Pasaportes; asi como la implementacion y aplicacion del Sistema Mecanizado de lectura optica de Pasaportes; Que, el numeral 3 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, aprobado por D.S. Nº 006-99-IN del 25.JUN.99 establece el procedimiento administrativo de Revalidacion de Pasaportes, siendo objetivo de este procedimiento la revalidacion de los Pasaportes que se encuentran con fecha de vigencia vencida o por caducar, correspondiendo todos ellos, a los que fueron expedidos o revalidados mediante el sistema manual, por consiguiente carecen de las ventajas y caracteristicas de seguridad derivadas de la transferencia y lectura mecanizada de datos; Que, de acuerdo a lo senalado en el Decreto Supremo Nº 037-98-PCM del 27.JUL.98, es interes del Gobierno llevar a cabo un MORDAZA de modernizacion integral en la Organiza-

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