Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2000 (24/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2000

Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 007-2000-MTC/ 15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de TARMA VISION S.R.L.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a TARMA VISION S.R.L. concesion para la explotacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende la MORDAZA de Tarma, provincia de Tarma, del departamento de Junin. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con TARMA VISION S.R.L. para la prestacion del servicio publico al que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion, que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, TARMA VISION S.R.L. debera cumplir con el pago del derecho de concesion y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2157

De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98MTC, 020-98-MTC, 021-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CORIX PERU S.A. concesion para la explotacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional por el plazo de veinte (20) anos en la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con CORIX PERU S.A. para la prestacion de los servicios publicos a los que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veintiseis (26) clausulas y un anexo que forman parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, CORIX PERU S.A. debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente resolucion ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2156

Otorgan permiso de operacion a empresa para prestar servicio de transporte aereo internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 096-99-MTC/15.16 MORDAZA, 9 de junio de 1999 Vista la solicitud de ASERCA AIRLINES C.A., sobre Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0835-98MTC/15.16.02 y Memorandum Nº 0126-99-MTC/15.16.02, emitidos por la Direccion de Asesoria Legal; Memorandum Nº 214-99-MTC/15.16.05.2 emitido por la Subdireccion de Material Aeronautico; y, Memorandum Nº 0100-99-MTC/ 15.16.05.03, emitido por la Subdireccion de Operaciones, corroborados en el Formato Nº 008-99-I-MTC/15.16.05.1 del 27 de MORDAZA de 1999; la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085 y demas disposiciones legales vigentes; Que, los Convenios Internacionales son de obligatorio cumplimiento para los Estados que los suscriben y ratifican; y, especialmente, en el caso de la Aeronautica Civil Peruana es de aplicacion las Decisiones 297 y 320 y sus modificatorias, de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones, conforme con el Articulo 1º de la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil; Que, la Direccion General Sectorial de Transporte Aereo del Ministerio de Transporte y Comunicaciones de la Republica de Venezuela ha autorizado a ASERCA AIRLINES C.A., para realizar servicios de transporte aereo internacional regular de pasajeros, carga y correo; Que, la Administracion Publica en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos; conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757;

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico portador de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 091-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de febrero de 2000 Vista la solicitud presentada por CORIX PERU S.A., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 01393-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de estos, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 331-99-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de CORIX PERU S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion;

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