Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2000 (07/07/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de MORDAZA de 2000

De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del recurso atun y especies afines aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE y modificatorias, la Resolucion Ministerial Nº 222-99-PE, el procedimiento Nº 14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolucion Ministerial Nº 50098-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA NUNTON DE MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA a denominarse "VICTOR III" de 90 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con espinel o palangre, para la extraccion de los recursos perico o MORDAZA, mero, pez volador y tiburon con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota en el extremo referido a los recursos MORDAZA y bagre, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La autorizacion otorgada por la presente Resolucion tendra vigencia por un unico plazo improrrogable de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de su expedicion. Asimismo sera causal de caducidad construir la embarcacion pesquera excediendo la capacidad de bodega autorizada. Articulo 4º.- Los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA NUNTON DE MORDAZA deberan cumplir con solicitar el permiso de pesca dentro el plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo de la autorizacion de incremento de flota, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la citada autorizacion. Articulo 5º.- Incorporar la presente autorizacion de incremento de flota al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 7689 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 190-2000-PE/DNE MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2000 Visto el expediente de Registro Nº CE-00058002 con escritos del 10 de febrero y 31 de marzo del 2000, presentados por la senora MORDAZA MORDAZA DE IPANAQUE; CONSIDERANDO: Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita autorizacion de incremento de flota, para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA a denominarse "GALILEO Nº 2" de 90 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 3 pulgadas (76 mm.) de longitud minima de abertura de malla, y espinel o palangre, segun corresponda, para la extraccion de los recursos MORDAZA, bagre, perico, mero, pez volador y tiburon con destino al consumo humano directo; Que lo solicitado guarda conformidad con la normativa vigente, excepto en el extremo referido a los recursos MORDAZA y bagre, al estar restringido por MORDAZA expresa el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota para estos recursos, sustentado en la opinion tecnica del Instituto MORDAZA del Peru a traves del Oficio Nº DE-100-065-2000-IMP/ PE del 20 de marzo del 2000, en los que se manifiesta que la disponibilidad de estos recursos asociados a la actividad pesquera artesanal no muestran niveles significativos como para soportar un esfuerzo pesquero sostenido ejercido por embarcaciones de mayor escala;

Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero mediante Informe Nº 111-2000PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal segun las facultades delegadas por Resolucion Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del recurso atun y especies afines aprobado por Resolucion Ministerial Nº 550-97-PE y modificatorias, la Resolucion Ministerial Nº 222-99-PE, el procedimiento Nº 14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolucion Ministerial Nº 50098-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA a denominarse "GALILEO Nº 2" de 90 m3 de volumen de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con espinel o palangre, para la extraccion de los recursos perico o MORDAZA, mero, pez volador y tiburon con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota en el extremo referido a los recursos MORDAZA y bagre, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La autorizacion otorgada por la presente Resolucion tendra vigencia por un unico plazo improrrogable de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de su expedicion. Asimismo sera causal de caducidad construir la embarcacion pesquera excediendo la capacidad de bodega autorizada. Articulo 4º.- La senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA debera cumplir con solicitar el permiso de pesca dentro el plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo de la autorizacion de incremento de flota, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la citada autorizacion. Articulo 5º.- Incorporar la presente autorizacion de incremento de flota al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 7692

Otorgan permiso de pesca a favor de armadores para operar embarcacion de bandera nacional en la extraccion de recursos anchoveta y sardina
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 183-2000-PE/DNE MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 149-2000-PE del 16 de MORDAZA del 2000, se declaro fundado en parte el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 01799-PE/DNE, en el extremo referido al permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "ALMIRANTE GRAU Nº 2" en la extraccion de las especies anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, segun el regimen de la Ley General de Pesca, e infundado en el extremo referido a los recursos jurel y caballa en razon a que la solicitud de permiso de pesca para la extraccion de estos recursos consigna el uso de red de cerco de 1½ pulgadas de longitud minima de abertura de malla, no siendo este arte de pesca el adecuado para la extraccion de estos recursos, toda vez que investigaciones recientes basadas en informes

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