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Pág. 189905 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de julio de 2000 de buques arrastreros de media agua han determinado que tal modalidad de arrastre es la más apropiada para la captura efectiva y sostenida de tales recursos; Que asimismo la indicada Resolución Ministerial resuel- ve remitir el expediente a la Dirección Nacional de Extrac- ción para la inclusión de la embarcación pesquera "ALMI- RANTE GRAU Nº 2" de matrícula Nº PL-11759-CM, de 57.99 m3 de volumen de bodega, en el Anexo B) del Decreto Supremo Nº 06-97-PE y se formalice el otorgamiento del permiso de pesca para la extracción de los recursos anchove- ta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración y Control Pesquero mediante Informe Nº 181- 2000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal según las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 010- 2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 06-97-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500-98-PE, 501-98-PE y 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorporar a la embarcación pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 2" de matrícula Nº PL-11759-CM al Anexo B) del Decreto Supremo Nº 06-97-PE. Artículo 2º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determi- nado a los armadores ESTEBAN PALMA LLENQUE y cónyuge ELVIRA BERNAL URCIA, para operar la embar- cación pesquera de bandera nacional denominada "ALMI- RANTE GRAU Nº 2" de matrícula Nº PL-11759-CM, de 57.99 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, según corresponda, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa. Artículo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolución está supeditada a la operatividad de la embarcación pesquera y al pago por concepto de derechos de pesca que acrediten los armadores con la respec- tiva constancia. Este pago será abonado por los armadores pesqueros conforme a lo establecido por la Resolución Minis- terial Nº 087-2000-PE o las normas que la modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento será causal de suspen- sión o caducidad del derecho otorgado según corresponda. Artículo 4º.- Incorporar la presente Resolución y a la embarcación pesquera "ALMIRANTE GRAU Nº 2"al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 7685 Aprueban cambio de titular de permi- so de pesca para operar embarcación de bandera nacional a favor de Pes- quera Asturias S.A. RESOLUCION DIRECTORAL Nº 184-2000-PE/DNE Lima, 4 de julio del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00114003 con escrito del 1 de junio del 2000, presentado por PESQUERA ASTURIAS S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 280-95-PE del 24 de mayo de 1995 complementada por Resolución Directoral Nº178-98-PE/DNE del 9 de junio de 1998, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a SERVICIOS INTERNACIONALES DE COMERCIALIZACION S.A. SICSA para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada "ZORRITOS 2" con Matrícula Nº CE- 4083-PM, de 260 TM de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de recursos hidro- biológicos con destino al consumo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita el cambio del titular del permiso de pesca al haberle sido transferida la embarcación pesquera citada, conforme cons- ta en el certificado compendioso de dominio; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 210- 2000-PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal según las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 010- 2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Artículo 47º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minis- terio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500-98-PE, 501-98-PE y 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 280-95-PE del 24 de mayo de 1995 complementada por Resolución Directoral Nº 178-98-PE/DNE del 9 de junio de 1998, para operar la embarcación pesquera "ZORRITOS 2" con Matrí- cula Nº CE-4083-PM, de 278.56 m3 de volumen de bodega, en los mismos términos y condiciones, a favor de PESQUE- RA ASTURIAS S.A. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 280-95-PE complementada por Resolución Directoral Nº 178-98-PE/ DNE, a SERVICIOS INTERNACIONALES DE COMER- CIALIZACION S.A. SICSA con respecto a la embarcación "ZORRITOS 2". Artículo 3º.- Incorporar a PESQUERA ASTURIAS S.A. como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera "ZORRITOS 2", así como la presente Resolución, al literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE y al Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 501-98-PE, excluyendo a SERVICIOS INTERNACIONALES DE COMERCIALI- ZACION S.A. SICSA y a la Resolución Directoral Nº 178-98-PE/DNE de los indicados anexos con respecto a la citada embarcación. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 7686 Declaran improcedente solicitud pre- sentada por Luciana S.A.C. sobre autorización de incremento de flota para la construcción de embarcación pesquera RESOLUCION DIRECTORAL Nº 185-2000-PE/DNE Lima, 4 de julio del 2000 Vistos los escritos con Registros Nº CE-00134003 del 26 de agosto y 13 de octubre de 1999, presentados por LUCIA- NA S.A.C.