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Pág. 190450 NORMAS LEGALES Lima, lunes 17 de julio de 2000 pondiente al Ejercicio Fiscal 1996, por la suma de S/. 12 382 575,00 (Doce Millones Trescientos Ochentidós Mil Qui- nientos Setenticinco y 00/100 Nuevos Soles) a favor del Ministerio de la Presidencia, destinada a financiar la consecución de los objetivos a que se refiere el consideran- do precedente; Que, mediante Convenio III-96-PRES - Convenio de Cesión en Uso para la Administración, Operación y Man- tenimiento de Camionetas Pick Up suscrito el 26 de se- tiembre de 1996, el Ministerio de la Presidencia entregó a la Región Ucayali, los vehículos cuyas características se mencionan en el Anexo, que forma parte integrante del referido Convenio, como apoyo a las labores que desarrolla; Que, mediante Ley Nº 26922, Ley Marco de Descen- tralización, se creó, entre otros, el Consejo Transitorio de Administración Regional, CTAR - Ucayali, como organis- mo público descentralizado del Ministerio de la Presi- dencia, habiendo asumido el patrimonio, personal, acervo documentario y los recursos presupuestales y financieros correspondientes a su respectivo departamento; Que, el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES precisa que los Consejos Transitorios de Administración Regional, tienen por finalidad promover e impulsar el desarrollo socioeconómico sostenido y armónico de los departamen- tos del país, revalorando sus patrones culturales, la pres- tación de los servicios públicos y administrativos e impul- sando las obras de infraestructura básica, mejorando la calidad de vida de la población y promoviendo la participa- ción de la inversión privada; Que, para el mejor cumplimiento de las funciones asignadas al CTAR-Ucayali, resulta necesario aprobar y aceptar la donación de cuatro (4) vehículos que han sido requeridos mediante el Oficio de Visto y que fueron entre- gados por el Ministerio de la Presidencia mediante Actas de Recepción Entrega, en mérito al Convenio citado en el cuarto considerando de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar y aceptar la donación de cuatro (4) vehículos que se describen en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de l presente Resolución, valorizados en S/. 194 924,00 (Ciento Noventicuatro Mil Novecientos Veinticuatro y 00/100 Nuevos Soles), a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional, CTAR - Ucayali, los mismos que serán destinados para las labores de gestión y supervisión de las obras de infraestructura que ejecuta. Artículo 2º.- El Ministerio de la Presidencia dará de baja de sus registros patrimoniales y contables los bienes a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los térmi- nos establecidos por Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 8134 Autorizan a procurador iniciar pro- ceso judicial por presuntas irregulari- dades cometidas durante ejecución de obra por contrata del CTAR San Martín RESOLUCION MINISTERIAL Nº 121-2000-PRES Lima, 7 de julio del 2000Vistos, el Oficio Nº 208-99-CTAR-SM-PE del Presiden- te del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR San Martín y el Informe Legal Nº 013-99-CTAR- SM-GRAJ de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del CTAR San Martín; y, CONSIDERANDO: Que, mediante examen especial denominado Hoja Infor- mativa Nº 004-99-CTAR-SM/GRAI, formulado por la Ge- rencia Regional de Auditoría Interna del CTAR San Martín "Obras Ejecutadas por Contrata por el CTAR San Martín año 1996", se ha determinado la existencia de irregularida- des durante la ejecución de la obra "Abastecimiento Agua Potable Habana" por el Contratista, Empresa Constructora San Francisco de Asís S.R.L., con motivo de la ampliación de la construcción del puente sobre el río Indoche; Que, la Conclusión 3.1 y 3.2 de la Hoja Informativa precitada, señala que por la ejecución defectuosa de la obra "Abastecimiento de Agua Potable Habana", no se ha cumplido con los objetivos de suministrar agua potable al distrito Habana de la provincia de Moyobamba, departa- mento de San Martín, hecho que ha originado un perjui- cio financiero al CTAR San Martín ascendente a la suma de S/. 129 499,53 (Ciento veintinueve mil cuatrocientos noventinueve y 53/100 Nuevos Soles); Que, asimismo en la Conclusión 3.3 de la referida Hoja Informativa, se precisa que se han efectuado al Contratis- ta pagos en exceso que corresponden a las valorizaciones parciales de la misma por un monto ascendente a la suma de S/. 25 706,15 (Veinticinco mil setecientos seis y 15/100 Nuevos Soles), lo cual se compensó con el saldo del fondo de garantía retenido que ascendía a la suma de S/. 17 085,88 (diecisiete mil ochenticinco y 88/100 Nuevos Soles), que- dando una diferencia de S/. 8 620,27 (ocho mil seiscientos veinte y 27/100 Nuevos Soles) con cargo al Contratista y que hasta la fecha está pendiente de devolución; Que, en virtud de los hechos expuestos se ha determi- nado la existencia de indicios razonables de responsabili- dad por parte del ex Subgerente de Estudios - Inspector de Obra. Ing. César de la Cruz Huancas y del ex Gerente de Operaciones del CTAR San Martín, Ing. Francisco Su Rodríguez, así como del Contratista, la Empresa Cons- tructora San Francisco de Asís S.R.L.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministe- rio de la Presidencia para que interponga las acciones judiciales correspondientes; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan contra los Ings. Francisco Su Rodríguez y César de la Cruz Huan- cas, la Empresa Constructora San Francisco de Asís S.R.L. y quienes resulten responsables, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fines a que se contrae la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 8061 Autorizan a procurador apersonarse en proceso iniciado contra presuntos responsables de delito de estafa en agravio de la SBN RESOLUCION MINISTERIAL Nº 126-2000-PRES Lima, 7 de julio del 2000