Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2000 (17/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Visto el Oficio Nº 0036/2000-FMP, presentado por la Federacion Medica Peruana; CONSIDERANDO: Que con el mencionado oficio se comunica la paralizacion de labores durante 24 horas, para el dia 19 de MORDAZA del 2000; Que el indicado oficio ha ingresado al Despacho Ministerial el 10 de MORDAZA del 2000; Que no se acredita con la citada comunicacion que la MORDAZA paralizacion de labores ha sido ratificada por las Bases, y asimismo no se ha cumplido con adjuntar MORDAZA del Acta de la Asamblea debidamente refrendada; y, De conformidad con lo previsto en el Articulo 73º, inciso b) del Decreto Ley Nº 25593, Articulos 65º, 69º y 71º del Decreto Supremo Nº 011-92-TR, Articulo 46º de la Ley Nº 27209 y Articulo 28º, literal k) del Decreto Legislativo Nº 276; SE RESUELVE: 1º Declarar improcedente la paralizacion de labores decretada por la Federacion Medica Peruana, para el dia 19 de MORDAZA del 2000. 2º Los Directores de Personal o quienes MORDAZA sus veces procederan a lo siguiente: a) A registrar a los trabajadores que acaten el Paro y no asistan a laborar durante el dia indicado, informandose al Despacho Viceministerial. b) A descontar por la inasistencia senalada, de conformidad con lo previsto en el Articulo 46º de la Ley Nº 27209. c) A organizar los correspondientes expedientes de Procesos Administrativos Disciplinarios, computandose las ausencias injustificadas por mas de tres (3) dias consecutivos o por mas de cinco (5) dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario o mas de quince dias no consecutivos en un periodo de 180 dias calendario, de acuerdo al Articulo 28º literal k) del Decreto Legislativo Nº 276. d) A gestionar acciones civiles, penales y administrativas que correspondan a las inconductas que presenten por accion u omision en el servicio publico, en concordancia con lo previsto en los Articulos 26º y 28º literales c), e) e i) del Decreto Legislativo Nº 276. 3º La presente resolucion sera debidamente ejecutada por los Jefes de los Organismos Publicos Descentralizados, los Directores Generales de los Institutos Especializados, los Directores Generales de las Direcciones de Salud, y la primera autoridad de los otros establecimientos de salud en coordinacion con los Directores de Personal o quienes MORDAZA sus veces. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 8065

Que, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, se llevara a cabo el PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO EN CIRUGIA CARDIACA DE ADULTOS, organizado por el Instituto MORDAZA Pazzanesse de Cardiologia, del 15 de MORDAZA al 12 de setiembre del 2000; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD) ha determinado la conveniencia que las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Enfermera del Servicio de Cirugia Cardiovascular y MORDAZA MORDAZA MORDAZA FALEN, Enfermera del Servicio de Cardiologia del Instituto Nacional del Corazon, participen en el mencionado evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD y la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para el ano 2000, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Enfermera del Servicio de Cirugia Cardiovascular y MORDAZA MORDAZA MORDAZA FALEN, Enfermera del Servicio de Cardiologia del Instituto Nacional del Corazon del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, del 15 de MORDAZA al 12 de setiembre del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, debiendo a su retorno presentar el informe correspondiente. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos Pasajes Tarifa CORPAC : : : US$ 2,030.00 US$ 575.00 US$ 25.00

MORDAZA MORDAZA MORDAZA FALEN Viaticos Pasajes Tarifa CORPAC : : : US$ 2,030.00 US$ 575.00 US$ 25.00

Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 8136

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL

Autorizan viaje de profesionales de MTC ESSALUD a Brasil para participar en programa de entrenamiento en cirugia Autorizan viaje de funcionarios del SINMAC y del Programa de Rehabilicardiaca de adultos MORDAZA de Transportes del PERT a RESOLUCION SUPREMA Nº 090-2000-TR Uruguay y MORDAZA, en comision de servicios MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2000
VISTO: El Oficio Nº 187-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, RESOLUCION SUPREMA Nº 102-2000-MTC MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2000

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