Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2000 (03/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de junio de 2000

MORDAZA de Inmueble y el Registro Predial MORDAZA, ademas no cuenta con planos perimetricos ni de trazado y lotizacion aprobados; Que, el Programa Municipal de Vivienda MORDAZA MORDAZA se encuentra ubicado dentro del area de 80'000,000 m2 que pertenece al Ministerio de la Presidencia y SEDAPAL, no teniendo reconocimiento de la Municipalidad de MORDAZA, ni esta inscrito en el Registro de Propiedad e Inmueble y Registro Predial MORDAZA, y que al 30 de setiembre de 1998 no presenta vivencia, no existe manzaneo por no existir ocupacion y vivienda fisica, siendo un arenal, requisitos indispensables para que se verifique el MORDAZA de saneamiento fisico legal; Que, respecto a los grupos humanos del Programa de Vivienda MORDAZA MORDAZA, Punta Rocas, MORDAZA MORDAZA Alta y Baja, no cuentan con diagnostico asi como informacion alguna en los archivos de COFOPRI; Que, con fecha 2 de enero de 1998 mediante Oficio Nº 003-SRDC/DR(OT) Defensa Civil, notifica al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Presidente del Comite Distrital de Defensa Civil y Alcaldea de Punta Negra, que la Municipalidad debe declarar las zonas aledanas al cauce del rio Seco como zonas intangibles e inhabitables, con la finalidad de evitar su utilizacion con fines de vivienda, requerimiento que no se ha acatado por haberse sobrevenido la existencia del Programa Municipal de Vivienda MORDAZA MORDAZA Alta, hechos que la actual administracion debera tomar medidas inmediatas para salvaguardar la integridad fisica y perdida de vidas humanas ante una posible contingencia natural; Que, los Programas Municipales de Vivienda de nuestra jurisdiccion de Punta Negra: MORDAZA MORDAZA Alta, Costa MORDAZA y otros, se han venido adjudicando un mismo terreno a varias personas, que en la mayoria de los casos los han adquirido de buena fe, en otros casos por enfrentamientos fisicos, acciones judiciales y policiales, proveniente del caos y desorden administrativo en esta Municipalidad, lo que resulta que la actual Administracion MORDAZA acciones correctivas inmediatas; Por las consideraciones expuestas en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, el pleno del Concejo por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DECLARAR nulos por ilegales todo tramite de adjudicacion y posesion de terrenos efectuados durante la administracion del ex MORDAZA senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que no se hayan cenido estrictamente a lo dispuesto por la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades y demas normas legales complementarias y conexas. Articulo Segundo.- DECLARAR nulos y sin efecto legal todos los decretos, Resoluciones de Alcaldia, Acuerdos y Ordenanzas de Concejo expedido por la anterior gestion del ex MORDAZA MORDAZA referido, a los Programas y Agrupaciones humanos senalados en los anteriores considerandos. Articulo Tercero.- DECLARAR nulos por ilegales los Decretos, Resoluciones y otros que se refieran a exoneraciones y/o autorizaciones sobre edificaciones que contravengan el Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo Cuarto.- DECLARAR que las personas que habiendo sido sorprendidas en su buena fe hubieran adquirido lotes bajo alguna de las modalidades ilegales arriba mencionadas y haber efectuado pagos sobre tramite de adjudicaciones, constancias de adjudicacion, posesion y otros a esta Municipalidad, deberan concurrir portando toda la documentacion que hubiera al respecto a fin de estudiarla y resolver segun corresponda de acuerdo a ley; asi como los propietarios deberan de regularizar sus construcciones efectuadas que no se han cenido al Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo Quinto.- DECLARAR las zonas aledanas al cauce del rio Seco como intangibles e inhabitables, de acuerdo a las consideraciones arriba mencionadas, autorizando a la Administracion que MORDAZA las medidas inmediatas y asi como oficiar a Defensa Civil para que MORDAZA las acciones legales del caso.

Articulo Sexto.- DECLARAR ilegales las invasiones que se vienen produciendo en esta jurisdiccion de propiedad del Estado y de esta Municipalidad, oficiandose a la Policia Nacional del Peru y otras Instituciones del Estado, a fin de que proceda de acuerdo a ley la desocupacion y retiro y/o demolicion de las construcciones existentes. Articulo Setimo.- DEROGUESE todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6143

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Amplian plazo para el pago de primera cuota de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2000/MDR MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 300-2000-DAT/MDR, emitido por la Direccion de Administracion Tributaria y el Memorandum Nº 438-2000-MDR/DM emitido por la Direccion Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 005-MDR de fecha 30 de marzo del 2000, en su Art. 12º, se establecio el 15 de MORDAZA el vencimiento para el cumplimiento de la obligacion de pago de la Primera Cuota de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2000; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 009-2000/MDR se dispuso prorrogar hasta el 31 de MORDAZA del 2000, el plazo del vencimiento de la obligacion de pago de la Primera Cuota de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2000; Que, mediante documentos de vistos se establece que es necesario otorgar otra ampliacion a fin de dar oportunidad a los contribuyentes que aun no han cumplido con el pago de dicho tributo; Estando a lo expuesto, y con cargo a dar cuenta al Concejo y de conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza Nº 005-MDR y Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar, hasta el 5 de junio del 2000, el plazo del vencimiento de la obligacion de pago de la Primera Cuota de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2000. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Direccion de Administracion Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 6197

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