Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2000 (03/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, sabado 3 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Declarar improcedente la exclusion del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la lista del partido Frente Popular MORDAZA FIA del Peru. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de los actuados al Ministerio Publico para que actue conforme a las atribuciones que le otorga el Articulo 159º de la Constitucion Politica, frente a las afirmaciones sobre supuesta comision de delito en la MORDAZA de lista de candidatos al Congreso del partido Frente Popular MORDAZA FIA del Peru (FREPAP). Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO TRUJILLANO, Secretario General 6299

Proclaman Congresistas de la Republica para el periodo 2000-2005
RESOLUCION Nº 863-2000-JNE MORDAZA, 2 de junio de 2000 VISTOS: Las actas generales de computo remitidas por los Jurados Electorales Especiales y las actas de sufragio de los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, correspondiente a las elecciones parlamentarias del 9 de MORDAZA del ano 2000; Los Oficios Nºs. 923, 995 y 1296-2000-J/ONPE, recibidos el 12 y 30 de MORDAZA y 2 de junio del 2000, respectivamente, del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, mediante los cuales remite el computo nacional y los resultados de la auditoria realizados por dicho organismo electoral correspondiente a las elecciones generales del 9 de MORDAZA del 2000, respecto de las elecciones parlamentarias; CONSIDERANDO: Que realizada la calificacion de todas las actas generales de computo levantadas por los cuarenta y siete Jurados Electorales Especiales de la Republica y de las actas de sufragio de los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero, de conformidad con lo establecido en el Articulo 322° de la Ley Organica de Elecciones N° 26859; realizado el computo nacional del sufragio correspondiente a la eleccion parlamentaria de las elecciones generales del 9 de MORDAZA del 2000, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Articulo 320° de la acotada ley, y resueltos los recursos presentados ante este tribunal electoral, se ha obtenido los siguientes resultados:
ORGANIZACION POLITICA Alianza Electoral Peru 2000 Partido Peru Posible Agrupacion Independiente Frente Independiente Moralizador Movimiento Independiente Somos Peru Partido Aprista Peruano Partido Solidaridad Nacional Agrupacion Independiente Avancemos Agrupacion Independiente Union por el Peru Partido Accion Popular Partido Frente Popular MORDAZA FIA del Peru Blancos Nulos VOTOS 4 189 329 2 308 771 751 340 715 421 547 013 400 023 307 189 254 590 245 127 216 963 703 379 1 304 394 % 42,16 23,24 7,56 7,20 5,51 4,03 3,09 2,56 2,47 2,18

Movimiento Independiente Somos Peru, 8 representantes; Partido Aprista Peruano, 6 representantes; partido politico Solidaridad Nacional, 5 representantes; agrupacion independiente Avancemos, 3 representantes; agrupacion independiente Union por el Peru, 3 representantes; partido Accion Popular, 3 representantes; y, partido Frente Popular MORDAZA FIA del Peru, 2 representantes; Que en cuanto a los representantes elegidos Congresistas de la Republica por la agrupacion independiente Movimiento Independiente Somos Peru, no se debe tomar en cuenta al candidato que aparece con el numero 7, senor MORDAZA Mohme Llona por haber fallecido el 23 de MORDAZA del 2000; Que con relacion a los candidatos que han resultado elegidos Congresistas de la Republica por el Partido Frente Popular MORDAZA FIA del Peru, no se debe tomar en cuenta al candidato numero 27, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber sido separado de la lista de candidatos de dicha organizacion politica mediante la Resolucion N° 862-2000-JNE, por tener sentencia con pena privativa de la MORDAZA e inhabilitacion; asimismo, con relacion al candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, numero 28 de la misma lista, los actuados seguidos ante este colegiado, respecto de la presunta falsificacion de firmas en la solicitud de inscripcion de dicha lista, han sido remitidos al Ministerio Publico, para que actue de acuerdo a sus atribuciones; Que no obstante haberse denunciado la presunta adulteracion de datos en el ingreso de la informacion al sistema de computo sobre los resultados de la votacion preferencial, hecho que viene siendo investigado y en el cual estarian implicados, a la fecha, los candidatos electos MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA del Partido Aprista Peruano; MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Partido Peru Posible; y, MORDAZA Seijas MORDAZA y MORDAZA Becerril MORDAZA de la alianza electoral Peru 2000, se debe cumplir con efectuar la proclamacion de los mencionados candidatos; debiendo ponerse en conocimiento del Congreso de la Republica sobre tal situacion, para que MORDAZA las medidas correspondientes; Que respecto a los recursos impugnatorios presentados por algunos candidatos sobre los resultados de la votacion congresal y MORDAZA preferencial, que pasaron a verificacion e informe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, dicha entidad ha remitido en la fecha, el Oficio Nº 1296-2000-J/ONPE mediante el cual informa haber realizado una revision integra de todos los casos en cuestion, cuyos resultados se tiene a la vista, los mismos que son tomados en cuenta para la proclamacion a que se contrae la presente resolucion; Que, asimismo, las impugnaciones sobre resultados de votacion por listas de congresistas presentadas ante este organo electoral seran atendidas luego de efectuada la publicacion de la presente resolucion, conjuntamente con aquellos que pudiera presentarse conforme al Articulo 367º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones y en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 178°, inciso 5), de la Constitucion Politica del Estado e inciso i) del Articulo 5° de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones N° 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Proclamar Congresistas de la Republica para el periodo 2000 ­ 2005, a los siguientes ciudadanos, conforme a la votacion preferencial obtenida, que a continuacion se detalla:
Alianza Electoral Peru 2000: CANDIDATOS 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA TUDELA VAN BREUGEL­DOUGLAS 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA COSSIO 5. MORDAZA MORDAZA JOY WAY MORDAZA 6. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7. MORDAZA MORDAZA VARA MORDAZA 8. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10. MORDAZA LUZ HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO 11. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA 12. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VOTOS 840 943 735 978 156 176 106 015 103 449 96 897 71 887 63 681 58 859 57 344 48 426 48 096

Que, aplicado el metodo de la cifra repartidora, de conformidad con lo establecido en el Articulo 21° de la Ley Organica de Elecciones N° 26859 se ha obtenido el siguiente resultado: alianza electoral Peru 2000, 52 representantes; partido Peru Posible, 29 representantes; agrupacion independiente Frente Independiente Moralizador, 9 representantes; agrupacion independiente

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