Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2000 (07/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de junio de 2000

de colocar la antena, luego de ello los regreso al pabellon, donde no aseguro las rejas de las alas, saliendo a las 18.00 horas con direccion a la exclusa secundaria, recibiendo ordenes del Jefe de Seguridad Interna MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que efectue el encierro de los internos del pabellon de observacion y redacte documentos administrativos, aproximadamente a las 21.00 horas regreso al pabellon para efectuar el encierro final, encontrando al interno MORDAZA Descailleaux MORDAZA en el patio, percatandose al pasar la cuenta de la ausencia del interno MORDAZA Santi Rojas; al respecto dicho interno habria aprovechado el descuido del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para quedarse en el patio del Pabellon Nº 07, para luego trepar al techo a traves de una ventana de ventilacion del pabellon, de donde se deslizo y salto a un espacio libre, burlando las mallas de seguridad, llegando al torreon Nº 02 y con una soguilla preparada de sabanas se descolgo a la parte externa del E.P., logrando fugarse; Que, por lo que estando a lo senalado precedentemente se determinaria responsabilidad en el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico a cargo de la seguridad del Pabellon Nº 07, quien habria autorizado a un grupo de internos para que coloquen una antena en el techo del Pabellon Nº 07, sin adoptar las medidas de precaucion al no asegurar la reja con el candado, asimismo en el momento que regreso a los internos al pabellon, no habria revisado los servicios higienicos del patio ni paso cuenta o revista en las respectivas alas, por otro lado, dicho servidor habria abandonado su puesto de vigilancia del citado pabellon, entre las 18.00 a 21.00 horas, MORDAZA del encierro general, accionar negligente que permitio la fuga del interno MORDAZA Santi Rojas. Asimismo asumiria responsabilidad el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Seguridad Interna Grupo Nº 01, quien no habria supervisado que el personal de seguridad cumpla adecuadamente con su funcion, asimismo habria ordenado que el Tecnico MORDAZA MORDAZA MORDAZA, realice actividades administrativas, motivando abandono del puesto de vigilancia, de igual modo no habria adoptado medidas de seguridad tendientes al cumplimiento de la ronda, teniendo conocimiento que la Policia Nacional no cubria la totalidad de los torreones, accion negligente que contribuyo en la fuga del interno MORDAZA Santi Rojas; Que, se ha evidenciado que los servidores del Establecimiento Penitenciario de Cambio MORDAZA ­ Chimbote, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico a cargo de la seguridad del Pabellon Nº 07 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Seguridad Interna Grupo Nº 01, habrian incumplido lo establecido por los incisos a) y d) del Articulo 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, faltas previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del acotado dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 262-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR, MORDAZA Administrativo Disciplinario a los servidores del Establecimiento Penitenciario de Cambio MORDAZA - Chimbote, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico a cargo de la seguridad del Pabellon Nº 07 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Seguridad Interna Grupo Nº 01; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los servidores procesados pueden presentar sus descargos y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE y/o el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 6451

VISTOS, los textos de los Formularios Registrales para la Inscripcion de las Unidades Inmobiliarias sujetas a los Regimenes de Propiedad Exclusiva y Propiedad Comun y de Independizacion y Copropiedad, asi como el Formulario Registral de Fabrica (Edificaciones), elaborados al MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 014-2000 y remitidos por la Gerencia Registral del Registro Predial MORDAZA para su aprobacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Predial MORDAZA - RPU, es una Institucion Publica Descentralizada con autonomia registral, funcional, tecnica, administrativa, economica y financiera, conforme lo establece el Articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion al Acceso de la Propiedad Formal, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 014-2000 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de marzo del 2000, para la inscripcion de la fabrica (edificaciones), asi como de las Unidades Inmobiliarias sujetas a los Regimenes de Propiedad Exclusiva y Propiedad Comun y de Independizacion y Copropiedad, el Registro Predial MORDAZA aplica lo previsto en su legislacion en todo aquello que contradiga lo dispuesto en la Ley Nº 27157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0082000-MTC; Que, el Articulo 33º del Reglamento del Inscripciones del Registro Predial MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 00190-VC, establece como requisitos para la inscripcion de las Unidades Inmobiliarias sujetas a los Regimenes de Propiedad Exclusiva y Propiedad Comun (Propiedad Horizontal), la MORDAZA del Formulario Registral firmado por los propietarios de cada seccion y por verificador, adjuntando los planos y la memoria descriptiva respectiva; Que, a diferencia del Decreto Ley Nº 22112 y el Decreto Supremo Nº 019-78-VC, derogados por la Ley Nº 27157, actualmente se establece la posibilidad que los propietarios de las unidades inmobiliarias puedan optar entre dos regimenes, el de Propiedad Exclusiva y Propiedad Comun y/o de Independizacion y Copropiedad, opcion que debe ser contemplada en los Formularios Registrales que se aprueben al MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 014-2000; Que, por Resolucion Jefatural Nº 039-2000/RPU-JEF publicada el 25 de marzo del 2000, se aprobo el Formulario Registral Nº 001-2000/RPU para la inscripcion de fabrica (edificaciones), cuyo texto debe ser modificado con el fin de incluir el uso de codigos de edificacion en vez de detallar las caracteristicas de la edificacion, asi como dar la posibilidad a que los usuarios puedan presentar optativamente, adjunto al Formulario Registral, un plano de areas techadas o un plano de distribucion (arquitectura); De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2000, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99/MTC, Estatuto del Registro Predial MORDAZA - RPU, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-97/MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Registro Predial MORDAZA aprobado por Resolucion Jefatural Nº 077-98/RPU-JEF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los textos de los Formularios Registrales, cuyos formatos en anexos forman parte integrante de la presente Resolucion, los mismos que a continuacion se detallan:
§ Formulario Registral Nº 002-2000/RPU - Inscripcion de Fabrica (Edificaciones). § Formulario Registral Nº 003-2000/RPU - Inscripcion de Unidades Inmobiliarias Sujetas al Regimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Comun. § Anexo del Formulario Registral Nº 003-2000/RPU Para Mas de un Regimen de Propiedad Exclusiva y Propiedad Comun. § Formulario Registral Nº 004-2000/RPU - Inscripcion de Unidades Inmobiliarias Sujetas al Regimen de Independizacion y Copropiedad.

REGISTRO PREDIAL MORDAZA
Aprueban formularios para inscripcion de fabrica y unidades inmobiliarias sujetas a regimenes de propiedad exclusiva, propiedad comun e independizacion y copropiedad
RESOLUCION JEFATURAL Nº 061-2000/RPU- JEF MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2000.

Articulo 2º.- Los Formularios a que se refiere el articulo anterior seran utilizados a nivel nacional, por todas las Oficinas Registrales que forman parte del Registro Predial Urbano. Articulo 3º.- Dejese sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 13599/RPU-JEF y la Resolucion Jefatural Nº 039-2000/RPU-JEF que aprueba el Formulario Registral Nº 001-2000/RPU, asi como las demas disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Registral

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