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Pág. 187683 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de junio de 2000 Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, esta- blece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por el Centro de Datos Mundiales de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Kyoto, Japón, a favor del Instituto Geofísico del Perú, consistente en 4 cajas conteniendo 400 unidades de papel fotográfico de 42.0 x 59.4 cm. (A2), marca Fuji, con un valor aproximado de US$ 640,00 (Seiscientos Cuarenta y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 14 de febrero de 2000 y un peso aproximado de 13 kgs. según Comprobante Nº 3272-4858-704 de United Parcel Service. Dicha donación será destinada al Observatorio de Huancayo para los trabajos que realiza con fines científicos en el campo magnético terrestre. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refren- dada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 6499 RESOLUCION SUPREMA Nº 161-2000-EF Lima, 6 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones de Presidencia Nºs. 028 y 029- IGP/2000 de fecha 22 de febrero del año 2000, el Instituto Geofí- sico del Perú, aceptó la donación efectuada por Air Force Research Laboratory (AFMC) - Department of The Air Force de Estados Unidos de América, consistente en diversos bienes que están destinados al Radio Observatorio de Jicamarca para los experimen- tos meteorológicos que realiza con fines científicos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, esta- blece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público;De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar en vía de regularización, la donación efectuada por Air Force Research Laboratory (AFMC) - Depart- ment of The Air Force de Estados Unidos de América, a favor del Instituto Geofísico del Perú, consistente en equipos para experi- mentos meteorológicos y sondas meteorológicas, detallados en las Resoluciones de Presidencia Nºs. 028 y 029-IGP/2000 de fecha 22 de febrero del año 2000 y la Carta de Donación de fecha 24 de noviembre de 1999. Dicha donación está destinada al Radio Observatorio de Jicamarca para los experimentos meteorológicos que realiza con fines científicos. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refren- dada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 6500 Autorizan viaje de representante de ADUANAS a Ecuador, para participar en reunión de trabajo sobre el proyec- to de Reglamento de Tránsito Fluvial Transfronterizo RESOLUCION SUPREMA Nº 162-2000-EF Lima, 6 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 549-2000-ADUANAS, la Superin- tendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, solicita se auto- rice el viaje en Comisión de Servicios del señor economista NICASIO ARRIOLA NUÑEZ, Gerente de Nomenclatura, Nor- mas de Origen y Valoración, de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera del 4 al 8 de junio del año 2000, a la ciudad de Rocafuerte, Ecuador, para participar en la reunión de traba- jo sobre el proyecto de "Reglamento de Tránsito Fluvial Trans- fronterizo"; NOTARIA ZAMBRANODR. ALFREDO ZAMBRANO RODRIGUEZ EN SU PRIMER ANIVERSARIO AGRADECE LA PREFERENCIA Y CONFIANZA DEPOSITADA POR SU DISTINGUIDA CLIENTELA COMPROMETIENDOSE A SEGUIR TRABAJANDO POR USTEDES Y POR EL PROGRESO DE NUESTRO PAIS. LIMA, 07-06-1999 * 07-06-2000 LAS ALONDRAS Nº 127 - SANTA ANITA (OVALO DE SANTA ANITA) TELF. 362-4545 FAX: 363-0782