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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (07/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 187685 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de octubre de 1998 se firmó el Acta de Brasilia suscrita por los Presidentes de las Repúblicas del Perú y Ecuador, mediante la cual se dio solución a los problemas limítro- fes entre ambos países; Que, mediante Ley Nº 27194 se establece la obligatoriedad de imprimir la reseña histórica del Protocolo de Paz, Amistad y Límites suscrito en Río de Janeiro y del Acta de Brasilia con un fondo que exhiba el contorno del Mapa del Perú, así como la Bandera, el Escudo y el coro del Himno Nacional, en todos los libros de texto, cuadernos y otros impresos de uso escolar que se editen, fabriquen, impriman o distribuyan en el país; Que, es necesario regular lo dispuesto en el Artículo 4º y en la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27194, por cuanto ésta dispone la aplicación de multas a los editores, fabricantes, impresores, distribuidores o importadores de textos, cuadernos y otros impresos de uso escolar que no cumplan con lo dispuesto en la mencionada norma; En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27194; DECRETA: Artículo 1º.- APRUEBASE la Escala de Aplicación de Multas a la que se refiere el Artículo 4º de la Ley Nº 27194, cuyo texto forma parte del presente Decreto Supremo y consta de cinco (5) artículos. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo entrará en vigen- cia el seis (6) de noviembre del presente año y será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación ESCALA DE APLICACION DE MULTAS A LA QUE SE REFIERE EL ARTICULO 4º DE LA LEY Nº 27194 Artículo 1º.- La presente norma establece la escala para la aplicación de las multas por el incumplimiento de lo establecido por la Ley Nº 27194, que dispone la obligatoriedad de imprimir la reseña histórica del Protocolo de Paz, Amistad y Límites suscrito en Río de Janeiro y del Acta de Brasilia con el fondo del contorno del Mapa del Perú, así como la Bandera, el Escudo y el coro del Himno Nacional, en todos los libros de texto, cuader- nos y otros impresos de uso escolar, que se imponen a los editores, fabricantes, impresores, distribuidores o importado- res de los mismos. Artículo 2º.- La Dirección Nacional de Educación Inicial y Primaria, la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Supe- rior Tecnológica y la Dirección Nacional de Educación de Adultos del Ministerio de Educación son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 27194, en lo que corresponda a cada una de ellas, considerando el nivel del Sistema Educativo a que estén dirigidos los textos, cuadernos y otros impresos de uso escolar. Artículo 3º.- Las Direcciones Nacionales mencionadas en el artículo precedente, son las encargadas de aplicar las multas, mediante Resolución Directoral. Los recursos impug- nativos que se interpongan contra estas Resoluciones Direc- torales se sujetan a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 002-94-JUS.Artículo 4º.- De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 4º y en la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27194, los editores, fabricantes, impresores, distri- buidores o importadores de libros de texto, cuadernos y otros impresos de uso escolar que no cumplan con lo estipulado en dicha Ley, son objeto de las siguientes sanciones, según correspondan los elementos nacionales señalados por la Ley infringidos. ELEMENTOS NACIONALES (Art. 1º): - Bandera Nacional - Escudo Nacional - Contorno del Mapa del Perú - Coro del Himno Nacional - Reseña Histórica del Protocolo Peruano-Ecuatoriano de Paz, Amistad y Límites suscrito en Río de Janeiro y del Acta de Brasilia. DISTORSION O ALTERACION DE: Un Elemento Nacional :Multa no menor de 10 ni mayor de 11 UIT. Dos Elementos Nacionales :Multa no menor de 12 ni mayor de 13 UIT. Tres Elementos Nacionales :Multa no menor de 14 ni mayor de 15 UIT. Cuatro Elementos Nacionales :Multa no menor de 16 ni mayor de 17 UIT. Cinco Elementos Nacionales :Multa no menor de 18 ni mayor de 19 UIT. OMISION DE: Un Elemento Nacional :Multa no menor de 20 ni mayor de 21 UIT. Dos Elementos Nacionales :Multa no menor de 22 ni mayor de 23 UIT. Tres Elementos Nacionales :Multa no menor de 24 ni mayor de 25 UIT. Cuatro Elementos Nacionales :Multa no menor de 26 ni mayor de 27 UIT. Cinco Elementos Nacionales :Multa no menor de 28 ni mayor de 30 UIT. Cuando ocurran dos infracciones, debe aplicarse la sanción de mayor monto. El monto de la multa que corresponda se duplica en caso de reincidencia. Artículo 5º.- La aplicación y grado de las multas son determi- nadas por las autoridades competentes mencionadas en el Artícu- lo 2º de la presente norma, las cuales deben considerar, además de la escala establecida en el Artículo 4º, las circunstancias, la concurrencia de varias infracciones, la reincidencia y los efectos de la infracción cometida. 6493 Designan Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 15 RESOLUCION SUPREMA Nº 073-2000-ED Lima, 6 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 170-99-ED, de fecha 13 de diciembre de 1999, se designó a don Henry León CASAS ASCORNAO, como Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 15, cargo considerado de confianza; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo, siendo necesario proceder a la designación correspondien- te; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; y, Formulación de Metas Presupuestarias. Relación líneas de acción Vs. Resultados. Formulación de Gastos. Previsión de Gastos y Metas Presupuestarias. El diseño de las cadenas de gastos y las categorías presupuestarías a que corresponden. MODULO - IV : “La Sustentación del Presupuesto Institucional” El “Informe sustentatorio de la Propuesta del Presupuesto Institucional 2001”. Determina- ción de Unidades Ejecutoras. Responsabilidades en la Programación y Formulación Presu- puestal. Las Reuniones de Formulación Presupuestal (a nivel de Pliegos y con el Ministerio de Economía y Finanzas). EXPOSITOR : DR. JULIO CESAR PUNTRIANO SUAREZ; Especialista en Finanzas Públi- cas. Past. Funci. MEF Fecha : 20, 21, 22 y 23 de Junio del 2000; de las 5:45 p.m. a 9:30 p.m. Lugar : HOTEL CARRERA LAS AMERICAS, Jr. León Velarde Nº 123; Lima 14. (Asistencia, Separata, Coffe Break, Certificado) INFORMES E INSCRIPCIONES Telefax : 470-4000, agradecemos confirmar su asis- tencia. Jr. Montero Rosas Nº 1189 4to/P Of. 9 Santa Beatriz - Lima 1 LA PROGRAMACION Y FORMULACION DE LOS PRESUPU ESTOS INSTITUCIONALES DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2001 ESTRUCTURA TEMATICA MODULO - I : “La Etapa Pre - Presupuestaria” La Gestión Institucional. El Planeamiento Estratégico y Operativo. Importancia de conside- ración en la Programación y Formulación Presupuestal. Determinación del Perfil Presu- puestario. Concepción y Diseño. MODULO - II : “La Programación Presupuestal” Concepto. Determinación de los Objetivos Institucionales. Clases. Técnicas para su deter- minación. Priorización. La Escala de Prioridades. Selección y proposición de Metas Presu- puestarias. Concepto técnico de las Metas Presupuestarias. Dificultades para su determi- nación. La Previsión de Gastos. Los Gastos Ineludibles. La Estimación de Ingresos. ¿Qué métodos utilizar?. Particularidades en la determinación de los recursos a captar, recaudar y obtener. Determinación de la Asignación Presupuestaria Total. MODULO - III : “La Formulación Presupuestal” Concepto. El diseño de la Estructura Funcional Programático. Lineamiento para la determi- nación de la estructura funcional, financiera, operacional y física del Presupuesto Institu- cional. Particularidades técnicas de las Categorías Presupuestarias. Utilidad y criterios para su selección. Los Centros de Gestión Presupuestarios. Nociones Básicas. Criterios para su determinación.Seminario N acional : 20, 21, 22 y 23 de Junio del 2000