Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2000 (07/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de junio de 2000

MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, por su actuacion en los hechos expuestos en los considerandos de esta resolucion. Segundo.- Disponer la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado a la magistrada destituida a que se contrae el Articulo Primero de la presente resolucion, inscribiendose la medida en el registro personal, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, al senor Fiscal de la Nacion y a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial. Tercero.- Remitir MORDAZA de todo lo actuado a la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, para los efectos de la accion penal a que hubiere lugar, debiendo publicarse la presente resolucion una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

y demas pertinentes de su Ley Organica, en sesion del 17 de MORDAZA del 2000, acordo, por unanimidad, aceptar el pedido de destitucion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ningles, efectuado por la Comision Ejecutiva del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- Destituir al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ningles del cargo de Juez del Tercer Juzgado Penal para Procesos Ordinarios con Reos en Carcel del Distrito Judicial de MORDAZA, por su actuacion en los hechos expuestos en los considerandos de esta resolucion. Segundo.- Disponer la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado al magistrado destituido a que se contrae el Articulo primero de la presente resolucion, inscribiendose la medida en el registro personal, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, al senor Fiscal de la Nacion y a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6395 MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Destituyen magistrado del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal para Procesos Ordinarios con Reos en Carcel del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 007-2000-PCNM P.D. Nº 012-99-CNM San MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2000 VISTO: El MORDAZA disciplinario numero cero doce - noventa y nueve, seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ningles, Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal para Procesos Ordinarios con Reos en Carcel del Distrito Judicial de MORDAZA, y el pedido de destitucion efectuado por la Comision Ejecutiva del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, con fecha 2 de MORDAZA de 1999, la senora MORDAZA MORDAZA Aravena MORDAZA, esposa del interno del establecimiento penal San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulo queja contra el Juez Especializado en lo Penal MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ningles ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, indicando que el citado magistrado habia solicitado a su esposo la suma de mil dolares americanos para ayudarlo en su MORDAZA penal; posteriormente, con fecha 12 de MORDAZA de 1999, la senora Aravena amplio su queja, senalando que el dia 9 de MORDAZA de 1999 el procesado le habia solicitado dos mil dolares americanos para ayudar a su esposo, acordando efectuar la entrega del dinero el sabado 10 de MORDAZA del mismo ano en la Agencia de Transportes TEPSA; sin embargo, debido a que no se llego a realizar la entrega, el quejado la habia citado ese dia -12 de julio- a las seis de la tarde en el mismo lugar; Segundo.- Que, en merito de la queja efectuada, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial organizo un operativo el dia 12 de MORDAZA de 1999, en el cual se intervino al juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ningles, encontrandose en su poder un sobre conteniendo dos mil dolares americanos, lo que al ser cotejados con las fotocopias y el listado previamente elaborados por la OCMA, obrantes de fojas 07 a 20 de autos, resultaron ser coincidentes; ademas, al efectuarse la prueba del reactivo quimico de la presencia de sustancia impregnada al dinero y al sobre que lo contenia en las manos del juez intervenido, esta resulto positiva; Tercero.- Que, en la manifestacion tomada al magistrado quejado una hora despues del operativo, este acepto haberse encontrado con la senora Aravena en la Agencia de Transportes TEPSA los dias 10 y 12 de MORDAZA de 1999; asimismo, acepto haberle recibido un sobre, el cual fue incautado en el operativo de la OCMA; Cuarto.- Que, se encuentra plenamente acreditado que el juez MORDAZA Ningles incurrio en inconducta funcional al haber aceptado dinero de la esposa de un procesado cuyos procesos se ventilaban en el juzgado que el despachaba, conforme es de verse de la MORDAZA de la resolucion que obra a fojas 123; ademas, lo sucedido comprende un hecho que atenta gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y desmereciendolo en el concepto publico; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, considera que hay motivos suficientes para aplicar en este caso la sancion de destitucion, por lo que en uso de sus facultades previstas por el Articulo ciento cincuenta y cuatro inciso tercero de la Constitucion Politica, Articulos primero y MORDAZA de la Ley numero veintiseis mil novecientos setentitres

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6396

Declaran infundada impugnacion contra resolucion que declaro inadmisible denuncia contra el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 019-2000-CNM San MORDAZA, 2 de junio del 2000 VISTO: El recurso de reconsideracion presentado por el Congresista MORDAZA Diez Canseco MORDAZA con fecha 16 de MORDAZA del ano en curso contra la Resolucion Nº 013-2000-CNM del 9 de MORDAZA del 2000, que declaro inadmisible su denuncia contra don MORDAZA Portillo MORDAZA, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, el recurso de reconsideracion se interpuso dentro del termino previsto en el Articulo 45º inciso h) del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura; Segundo.- Que, el Congresista Diez Canseco adjunto a su recurso de reconsideracion como pruebas nuevas las siguientes: 1) La transcripcion del acuerdo de la sesion privada del JNE del 22 de MORDAZA de 1999; 2) El Oficio Nº 1216-99-J/ONPE del 10 de agosto de 1999; 3) El Oficio Nº 1648-99-J/ONPE del 27 de octubre de 1999; 4) La transcripcion del acuerdo de la sesion privada del JNE del 9 de noviembre de 1999; y 5) El Oficio Nº 7100-99-P/JNE del 10 de noviembre de 1999; Tercero.- Que, segun se aprecia, las pruebas aportadas por el recurrente no guardan relacion con la denuncia, respecto a la negativa por parte del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales de ejecutar la eleccion de Consejeros representantes de los Colegios Profesionales y de Abogados del MORDAZA ante el Consejo Nacional de la Magistratura, ni con el extremo referido a la existencia de indicios de parcialidad en el MORDAZA de inscripcion del Frente Independiente Peru 2000, mediante la MORDAZA de planillones con firmas supuestamente suplantadas y falsificadas, motivo por el cual no modifican el criterio de los miembros de este Consejo, por cuanto ellas no desvirtuan lo resuelto, ni aportan nuevos elementos de juicio que MORDAZA variar lo resuelto en la resolucion impugnada; Por estas consideraciones, de conformidad con el Articulo 37º inciso b) de la Ley Nº 26397 - Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, por los propios fundamentos de la resolucion impugnada y estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesion del 31 de MORDAZA del 2000; SE RESUELVE: Declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el Congresista MORDAZA Diez Canseco MORDAZA contra la Resolucion Nº 013-2000-CNM del 9 de MORDAZA del 2000. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 6452

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