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Pág. 188188 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de junio de 2000 para la Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPY- ME, a la ciudad de Nairobi - Kenya, del 11 al 15 de junio del presente año, para los fines expuestos en la parte considerati- va de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 005 PROMPYME del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos :US$ 1,200.00 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema, no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o clase. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 6962 Autorizan crédito suplementario en el presupuesto institucional del plie- go por transferencia de recursos a PROMPYME RESOLUCION MINISTERIAL Nº 085-2000-PCM Lima, 15 de junio del 2000 VISTO: El Oficio Nº 417-2000-PROMPYME/DE, remitido por el Director Ejecutivo de PROMPYME; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 127-99-PCM, de fecha 20 de diciembre de 1999, se aprobó el Presupuesto Institucio- nal de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presiden- cia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, de conformidad con la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000"; Que, con Oficio Nº 417-2000-PROMPYME/DE El Director Ejecutivo de PROMPYME, solicita la incorporación en el presupuesto del Ejercicio Fiscal 2000, la estimación de ingre- sos por concepto de Auspicios, Eventos y Ferias programadas para el desarrollo de actividades de la institución para el período de enero a diciembre, por el importe de CUATRO- CIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400,000.00), por la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27212 "Ley de Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000", autoriza a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios a incorporar en sus respectivos Presupuestos, mediante la Resolución correspondiente, la mayor disponibilidad financiera de los recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento dis- tintas a las de "Recursos Ordinarios" y "Recursos por Ope- raciones Oficiales de Crédito Interno", que se produzcan durante el Año Fiscal; Estando a lo informado por el Director Ejecutivo de PROMPYME, la Oficina de Asuntos Financieros del Plie- go, y con las visaciones de los Directores Generales de Administración y de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado"; la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000"; la Ley Nº 27210 "Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal 2000", la Directiva Nº 001-2000-EF/76.01 "Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Sector Público - Año Fiscal 2000"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Con- sejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, correspondiente a la Unidad Ejecutora 005 PROMPYME, hasta por la suma de CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400,000.00), de acuerdo al siguiente detalle:(En Nuevos Soles) INGRESOS 09. RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 1.0.0 INGRESOS CORRIENTES 400,000.00 1.5.0 PRESTACION DE SERVICIOS 100,000.00 1.5.4 DE EDUCACION, RECREACION Y CULTURA 1.5.4.009 Servicios de Capacitación 100,000.00 1.8.0 OTROS INGRESOS CORRIENTES 300,000.00 1.8.1 INGRESOS DIVERSOS 1.8.1.017 PARTICIPACION EN EVENTOS 200,000.00 1.8.1.009 OTROS 100,000.00 TOTAL INGRESOS 400,000.00 EGRESOS SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 001 Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA : 005 PROMPYME FUNCION : 03Administración y Planeamiento PROGRAMA : 006 Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA :0005 Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD :1.00110 Conducción y Orientación Superior 5. GASTOS CORRIENTES 400,000.00 3. BIENES Y SERVICIOS 400,000.00 TOTAL EGRESOS 400,000.00 Artículo 2º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego 001 Presidencia el Consejo de Ministros, instruirá a la Unidad Ejecutora 005 PROMPYME, para que elabore las correspon- dientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada. Regístrese y comuníquese. JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 6909 Autorizan crédito suplementario en el presupuesto institucional del pliego por incorporación de donación reali- zada por ciudadana japonesa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 086-2000-PCM Lima, 15 de junio del 2000 VISTO: El Oficio Nº 127-2000-CMPR/Adm, remitido por el Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 127-99-PCM, de fecha 20 de diciembre de 1999, se aprobó el Presupuesto Institucio- nal de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presiden- cia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, de conformidad con la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000"; Que, por la Resolución Ministerial Nº 073-2000-PCM del 22 de mayo del 2000, se acepta y aprueba la donación por US$ 93.55 (Noventa y Tres y 55/100 Dólares Americanos), efectua- da por la ciudadana japonesa Yuko HAGIWARA en favor de la Unidad Ejecutora 001 Despacho Presidencial; Que, mediante Oficio Nº 127-2000-CMPR/DGAdm, el Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, hace de conocimiento que la donación efectuada por la ciudadana japonesa, ha sido depositada en una cuenta corriente, según liquidación bancaria por la suma de Trescientos Veinticuatro y 62/100 Nuevos Soles (S/. 324.62), solicitando se proceda a la