Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2000 (19/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de junio de 2000

Aprueban el Reglamento del Registro de Organizaciones Sociales del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2000-MDLO/ALC Los MORDAZA, 2 de junio del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 011-2000/CDLO, aprobada en Sesion Ordinaria del 5 de MORDAZA del 2000 y modificada el Sesion Ordinaria de la fecha, se crea el Registro de Organizaciones Sociales (R.O.S.) de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; presentandose asimismo un proyecto de Reglamento, el mismo que, tras las modificaciones y ampliaciones efectuadas, cuenta con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo; Que, conforme lo establece el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los Decretos establecen normas de ejecucion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios a la administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 47º, inciso 6), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Unico.- APROBAR el Reglamento del Registro de Organizaciones Sociales (R.O.S.) del distrito de Los MORDAZA, el cual consta de 8 titulos y 25 articulos, los cuales forman parte integrante del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6921

Que, los Concejos Municipales cumplen su funcion normativa entre otros mecanismos a traves de las Ordenanzas, las cuales de conformidad con el inciso 4) del Articulo 200º de la Constitucion Politica tienen rango de ley; Que, en merito a lo senalado en los considerandos precedentes en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10.5.2000 se adopto el Acuerdo Nº 0066-2000-CDSL por el cual se aprobo ampliar las zonas de parqueo vehicular en las avenidas Canada, Del Aire, MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA y en el Jr. Beingolea, previo estudio e informe tecnico de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA con cargo a dar cuenta al Concejo, asimismo se acordo otorgar un MORDAZA al ano a los propietarios de las viviendas ubicadas en las zonas donde se cobrara el parqueo vehicular, con la finalidad de no cobrarles dicha tasa de estacionamiento; Que, en cumplimiento al Acuerdo de Concejo mencionado en el considerando precedente, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA mediante Memorandum Nº 117-MDSL-GDU, emite su Informe Tecnico sobre la ampliacion de las zonas de parqueo vehicular planteadas por el Concejo, detallando las cuadras y los lados de las calles y avenidas propuestas; Que, el Concejo en Sesion Ordinaria de fecha 8.6.2000 ratifico el Acuerdo Nº 0066-2000-CDSL sobre la ampliacion de zonas de parqueo vehicular de conformidad al Informe Tecnico proporcionado por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, excluyendo de dicha ampliacion a la Av. Del Aire desde la Av. Aviacion hasta la Av. Circunvalacion por estar considerada como MORDAZA rigida mediante Resolucion Directoral Nº 260-99MML/DMTU-DGTO de la Direccion Metropolitana de Transporte MORDAZA de MORDAZA de fecha 9.12.99, y, ampliando los alcances del Acuerdo mencionado considerando dentro de dicha ampliacion a la Av. Aviacion desde la Av. Canada hasta la Av. Del Aire; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el Art. 192º Inc. 3) de la Constitucion Politica del Estado, Articulo 10) Inc. 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Articulo 68º Inc. D) del Decreto Legislativo Nº 776, la MORDAZA IV del Decreto Legislativo Nº 816, el Edicto Nº 18493 de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana y los Acuerdos de Concejo Nºs. 0066-2000-CDSL y 0073-2000-CDSL expidio la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- AMPLIAR las zonas de Parqueo Vehicular en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA establecidas en la Ordenanza Nº 021-MDSL de fecha 7.10.99 y sus modificatorias Ordenanza Nº 027-MDSL de fecha 17.6.99, Ordenanza Nº 040-MDSL de fecha 16.9.99 y Ordenanza Nº 046-MDSL de fecha 7.10.99, las mismas que fueron ratificadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 032-2000-MML emitido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en las siguientes calles y avenidas: Av. San MORDAZA recorrido de Este a Oeste Desde la cuadra 7 hasta la cuadra 15 ambos lados Av. MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA recorrido de Este a Oeste Cuadra 1 solo lado derecho Cuadras 2, 3, 4 y 5 ambos lados Cuadras 8 y 9 solo lado MORDAZA Jr. MORDAZA Beingolea recorrido de Norte a Sur Cuadras 1, 2, 3 y 4 solo lado derecho Av. Canada recorrido de Norte a Sur Cuadras 35, 36, 37, 38, 39 ambos lados Entre la Av. San MORDAZA y la Av. Aviacion solo lado derecho Av. Aviacion desde la Av. Canada hasta la Av. Del Aire Articulo Segundo.- OTORGAR un MORDAZA al ano a los propietarios de las viviendas ubicadas en las zonas donde se cobrara el parqueo vehicular, con la finalidad de no cobrarles dichas Tasa de Estacionamiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas y Gerencia de Administracion en cuanto que les correspondan. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6924

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian zonas de parqueo vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 071-MDSL San MORDAZA, 15 de junio del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San MORDAZA mediante los Acuerdos de Concejo Nºs. 0066-2000-CDSL y 073-2000-CDSL aprobo por unanimidad ampliar las zonas de parqueo vehicular en la jurisdiccion del distrito de San Luis; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 021-MDSL de fecha 20.4.99 y sus modificatorias Ordenanza Nº 027-MDSL de fecha 17.6.99, Ordenanza Nº 040-MDSL de fecha 16.9.99 y Ordenanza Nº 046-MDSL de fecha 7.10.99, se establecio en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA la tasa de Estacionamiento Vehicular, las mismas que fueron ratificadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 032-2000-MML emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales, distritales y las delegadas conforme a Ley, son organos de Gobierno Local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el MORDAZA de dicha autonomia, el mismo texto constitucional reconoce expresamente en su Articulo 192º inciso 3) la facultad y competencia de los Gobiernos Locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos;

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