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Pág. 188198 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de junio de 2000 Aprueb an el Reglamento del Regis- tro de Organizaciones Sociales del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2000-MDLO/ALC Los Olivos, 2 de junio del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 011-2000/CDLO, aproba- da en Sesión Ordinaria del 5 de mayo del 2000 y modificada el Sesión Ordinaria de la fecha, se crea el Registro de Organizaciones Sociales (R.O.S.) de la Municipalidad Dis- trital de Los Olivos; presentándose asimismo un proyecto de Reglamento, el mismo que, tras las modificaciones y ampliaciones efectuadas, cuenta con el voto unánime de los miembros del Concejo; Que, conforme lo establece el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los Decretos estable- cen normas de ejecución de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios a la administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferi- das en el Artículo 47º, inciso 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Unico.- APROBAR el Reglamento del Registro de Organizaciones Sociales (R.O.S.) del distrito de Los Olivos, el cual consta de 8 títulos y 25 artículos, los cuales forman parte integrante del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 6921 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Amplían zonas de parqueo vehicular en el distrito ORDENANZA Nº 071-MDSL San Luis, 15 de junio del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Luis mediante los Acuerdos de Concejo Nºs. 0066-2000-CDSL y 073-2000-CDSL aprobó por unanimidad ampliar las zonas de parqueo vehicu- lar en la jurisdicción del distrito de San Luis; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 021-MDSL de fecha 20.4.99 y sus modificatorias Ordenanza Nº 027-MDSL de fecha 17.6.99, Ordenanza Nº 040-MDSL de fecha 16.9.99 y Ordenanza Nº 046-MDSL de fecha 7.10.99, se estableció en la jurisdicción del distrito de San Luis la tasa de Estacionamiento Vehicular, las mismas que fueron ratificadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 032-2000-MML emitido por la Municipalidad Metropolita- na de Lima; Que, la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales, distritales y las delegadas con- forme a Ley, son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el marco de dicha autonomía, el mismo texto constitucional reconoce expresamente en su Artículo 192º inciso 3) la facultad y competencia de los Gobiernos Locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi- trios, licencias y derechos;Que, los Concejos Municipales cumplen su función norma- tiva entre otros mecanismos a través de las Ordenanzas, las cuales de conformidad con el inciso 4) del Artículo 200º de la Constitución Política tienen rango de ley; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10.5.2000 se adoptó el Acuerdo Nº 0066-2000-CDSL por el cual se aprobó ampliar las zonas de parqueo vehicular en las avenidas Canadá, Del Aire, Rosa Toro, San Luis y en el Jr. Beingolea, previo estudio e informe técnico de la Geren- cia de Desarrollo Urbano con cargo a dar cuenta al Concejo, asimismo se acordó otorgar un bono al año a los propieta- rios de las viviendas ubicadas en las zonas donde se cobrará el parqueo vehicular, con la finalidad de no cobrar- les dicha tasa de estacionamiento; Que, en cumplimiento al Acuerdo de Concejo menciona- do en el considerando precedente, la Gerencia de Desarro- llo Urbano mediante Memorándum Nº 117-MDSL-GDU, emite su Informe Técnico sobre la ampliación de las zonas de parqueo vehicular planteadas por el Concejo, detallan- do las cuadras y los lados de las calles y avenidas propues- tas; Que, el Concejo en Sesión Ordinaria de fecha 8.6.2000 ratificó el Acuerdo Nº 0066-2000-CDSL sobre la ampliación de zonas de parqueo vehicular de conformidad al Informe Técnico proporcionado por la Gerencia de Desarrollo Urbano, exclu- yendo de dicha ampliación a la Av. Del Aire desde la Av. Aviación hasta la Av. Circunvalación por estar considerada como zona rígida mediante Resolución Directoral Nº 260-99- MML/DMTU-DGTO de la Dirección Metropolitana de Trans- porte Urbano de Lima de fecha 9.12.99, y, ampliando los alcances del Acuerdo mencionado considerando dentro de dicha ampliación a la Av. Aviación desde la Av. Canadá hasta la Av. Del Aire; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el Art. 192º Inc. 3) de la Constitución Política del Estado, Artículo 10) Inc. 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artículo 68º Inc. D) del Decreto Legislativo Nº 776, la Norma IV del Decreto Legislativo Nº 816, el Edicto Nº 184- 93 de la Municipalidad de Lima Metropolitana y los Acuer- dos de Concejo Nºs. 0066-2000-CDSL y 0073-2000-CDSL expidió la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AMPLIAR las zonas de Parqueo Vehicular en la jurisdicción del distrito de San Luis estableci- das en la Ordenanza Nº 021-MDSL de fecha 7.10.99 y sus modificatorias Ordenanza Nº 027-MDSL de fecha 17.6.99, Ordenanza Nº 040-MDSL de fecha 16.9.99 y Ordenanza Nº 046-MDSL de fecha 7.10.99, las mismas que fueron ratificadas mediante Acuerdo de Concejo Nº 032-2000-MML emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en las siguientes calles y avenidas: Av. San Luis recorrido de Este a Oeste Desde la cuadra 7 hasta la cuadra 15 ambos lados Av. Agustín de la Rosa Toro recorrido de Este a Oeste Cuadra 1 sólo lado derecho Cuadras 2, 3, 4 y 5 ambos lados Cuadras 8 y 9 sólo lado izquierdo Jr. Manuel Beingolea recorrido de Norte a Sur Cuadras 1, 2, 3 y 4 sólo lado derecho Av. Canadá recorrido de Norte a Sur Cuadras 35, 36, 37, 38, 39 ambos lados Entre la Av. San Luis y la Av. Aviación sólo lado derecho Av. Aviación desde la Av. Canadá hasta la Av. Del Aire Artículo Segundo.- OTORGAR un bono al año a los propietarios de las viviendas ubicadas en las zonas donde se cobrará el parqueo vehicular, con la finalidad de no cobrarles dichas Tasa de Estacionamiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas y Gerencia de Administración en cuanto que les correspondan. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 6924