Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2000 (19/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de junio de 2000

Teniendo en cuenta el Oficio Nº 271-2000-CR-R-UNFV, del Presidente de la Comision Reorganizadora y Rector de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, de 23 de MORDAZA del ano 200, mediante el cual solicita la oficializacion del MORDAZA Internacional "Universidad Ambiente y Desarrollo Sostenible", organizado por la Facultad de Ingenieria Geografica y Ambiental, evento a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, el 5 de junio del ano 2000; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 1607, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 31 de MORDAZA del ano 2000; De conformidad con los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- En via de regularizacion, oficializar el MORDAZA Internacional "Universidad Ambiente y Desarrollo Sostenible", organizado por la Facultad de Ingenieria Geografica y Ambiental de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, evento que se realizo en la MORDAZA de MORDAZA, el 5 de junio del ano 2000. 2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 6964

CONSUCODE
Sancionan con multa a la empresa DEBRE S.A. y disponen denunciar penalmente a su representante legal
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION DE GERENCIA Nº 1032-2000-RNC-CONSUCODE San MORDAZA, 14 de junio de 2000 Vista la RENOVACION DE INSCRIPCION otorgada a la empresa DEBRE S.A., con Registro Nº 6705 mediante Resolucion Directoral Nº 2214/98-DE del 9.11.98, relacionado con el MORDAZA de Fiscalizacion Posterior; CONSIDERANDO: Que, el 30.9.98, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Legal de la empresa DEBRE S.A., solicito el AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION de su Representada ante el Registro Nacional de Contratistas de Obras Publicas del ex CONSULCOP, solicitud que vario posteriormente por una de Renovacion de Inscripcion, siendo aprobada dicha solicitud mediante Resolucion Directoral Nº 2214/98-DE del 9.11.98, otorgandosele una Capacidad MORDAZA de Contratacion de UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTIDOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 1'242,000.00), con vigencia hasta el 8.11.99, expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 12674 de fecha 9.11.98, en razon de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrante de su plantel tecnico al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA FLORES; Que, mediante carta del 18.2.2000 el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 08756028, comunica a CONSUCODE que desconoce la existencia de la empresa CONSTRUCTORA DEBRE S.A., por lo cual declara no haber laborado ni menos firmado para la misma, tramite alguno; Que, ante esta comunicacion, se dispuso iniciar la fiscalizacion posterior a la empresa DEBRE S.A., por lo que se solicito al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informacion complementaria, recibiendose la misma, mediante comunicacion de fecha 16.5.2000, manifestando dicho profesional; que desconoce totalmente la existencia de la empresa DEBRE S.A.; que declara bajo juramento no haber laborado ni menos firmado para la misma, tramite alguno; senala asimismo que,

la firma que aparece en el Formulario Oficial denominado Declaracion Jurada (Constancia de los Ingenieros y/o Arquitectos) y la firma que aparece en el Contrato de Trabajo de fecha 26.10.98 no le pertenecen, lo cual puede ser corroborado con los archivos del Colegio de Ingenieros y en los archivos del ex CONASUCO que posee esta Institucion, donde esta registrada su firma y sello; manifiesta asimismo que, la MORDAZA del Curriculum Vitae si le pertenece, pero desconoce como ha podido llegar a manos de la citada empresa, que lo mas seguro es que dicha empresa MORDAZA puesto un aviso en el diario y el, MORDAZA enviado fotocopia de sus documentos; Que, la Administracion Publica, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad acepta declaraciones y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la veracidad y autenticidad de los mismos; Que, revisados los actuados administrativos de la RENOVACION DE INSCRIPCION de la empresa DEBRE S.A., aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 2214-98-DE del 9.11.98, se aprecia que el Representante Legal de la misma, suscribio el Formulario Oficial de Declaracion Jurada de veracidad de documentos y de informacion, el mismo que corre a fojas 01, en el cual manifesto que toda la informacion que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran autenticos, que conocia las sanciones contenidas en la Ley de Simplificacion Administrativa y su Reglamento, que en caso se comprobase que lo expresado en dicha Declaracion Jurada no se ajustaba a la verdad, aceptaba que se le invalide el referido tramite, las acciones derivadas del mismo, asi como facultaba a la Entidad iniciar las acciones legales a que hubiere lugar, asumiendo la responsabilidad respectiva; Que, al haberse determinado que el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no mantenia relacion laboral con la empresa DEBRE S.A. cuando esta inicia su solicitud de RENOVACION DE INSCRIPCION, y no obstante ello, dicha empresa con el fin de lograr que la mencionada solicitud fuese aprobada, acredito como "integrante de su plantel tecnico" al referido profesional, conforme es de verse a fojas 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17, sin que dicha situacion sea cierta; que, estos hechos evidencian transgresion al MORDAZA de veracidad en la que incurre la empresa DEBRE S.A., para acreditar la Capacidad Tecnica que le exigia el inciso a) del Articulo 7º de la Resolucion Nº 012-94P, Articulo 3.1.2 del derogado RULCOP y el D.S. Nº 26-94-MTC, Capacidad Tecnica de la cual carecia, por lo que se infiere presuncion de comision de los delitos contra la funcion jurisdiccional (Falsa Declaracion en Procedimiento Administrativo) y contra la fe publica en agravio del ex CONSULCOP (hoy CONSUCODE), que dan lugar a formular la denuncia penal contra el Representante Legal de la empresa DEBRE S.A., y contra todos los que resulten responsables de estos hechos ante el Ministerio Publico, la imposicion de la multa respectiva, asi como poner el hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que la citada empresa, por este hecho, se encontraria incursa en la causal contemplada en el inciso h) del Articulo 177º del D.S. Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA vigente al momento de la aprobacion de dicha RENOVACION DE INSCRIPCION; debiendo precisarse que no se dispone la anulacion del referido tramite, por no tener la citada empresa actualmente inscripcion vigente en el Registro Nacional de Contratistas; Que, estando a la facultad conferida por la Directiva Nº 004-99(PRE) aprobada por Resolucion Nº 053-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 25035, Articulos 16º y 17º del Decreto Supremo Nº 070-89-PCM; a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas y con la visacion de la Gerencia de Asesoria Especializada; SE RESUELVE: 1.- Formular denuncia penal contra el Representante Legal de la empresa DEBRE S.A. y contra todos los que resulten responsables de estos hechos, ante el Ministerio Publico por la presuncion de la comision de los delitos contra la funcion jurisdiccional (Falsa Declaracion en Procedimiento Administrativo) y contra la fe publica en agravio del ex CONSULCOP, (hoy CONSUCODE). 2.- Imponer a la empresa DEBRE S.A., la multa de una (1) UIT vigente a la fecha de pago, la misma que debera ser abonada en la cuenta de ahorros del CONSUCODE Nº 0715025805 del Banco Wiese Sudameris, caso contrario se MORDAZA efectiva en la via coactiva. 3.- Poner el hecho en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitiendosele MORDAZA autenticada de la presente resolucion para los fines legales correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE ZELA Gerente de Registros 6899

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