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Pág. 188189 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de junio de 2000 incorporación correspondiente en el Presupuesto Institucio- nal del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000", autoriza a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios a incorporar en sus respectivos Presupuestos, mediante la Resolución correspon- diente, la mayor disponibilidad financiera de los recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de "Recursos Ordinarios" y "Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno", que se produzcan durante el Año Fiscal, entre otras; Estando a lo informado por el Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, la Oficina de Asuntos Financieros del Pliego, y con las visaciones de los Directores Generales de Administración y de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado"; la Ley Nº 27210 "Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el Año Fiscal 2000", la Ley Nº 27212 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000", y la Directiva Nº 001-2000-EF/76.01 "Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Sector Público - Año Fiscal 2000"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Con- sejo de Ministros para el Año Fiscal 2000, correspondiente a la Unidad Ejecutora 001 Despacho Presidencial, hasta por la suma de Trescientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 325.00), correspondiente al Año Fiscal 2000, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) 13.Donaciones y Transferencias 3.0.0 TRANSFERENCIAS 325.00 3.1.0 Transferencias 3.1.3 Externas 3.1.3.029 Donaciones - Personas Naturales 325.00 TOTAL INGRESOS 325.00 EGRESOS SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS UNIDAD EJECUTORA : 001 Despacho Presidencial FUNCION : 05Asistencia y Previsión Social PROGRAMA : 014 Promoción y Asistencia Social y Comunitaria SUBPROGRAMA :0050 Promoción y Asistencia Comunitaria ACTIVIDAD :1.00047 Apoyo Comunal 5.GASTOS CORRIENTES 325.00 3. BIENES Y SERVICIOS 325.00 TOTAL EGRESOS 325.00 Artículo 2º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego 001 Presidencia el Consejo de Ministros, instruirá a la Unidad Ejecutora 001 Despacho Presidencial, para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, dentro de los cinco (5) días siguientes de aprobada. Regístrese y comuníquese. JOSE ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 6910 AGRICULTURA Lista de Productos Farmacéuticos y Biológicos de uso Veterinario, regis- trados en el mes de mayo del año 2000 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 030-2000-AG-SENASA-DGSA Lima, 14 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nº 013-98-AG y Nº 015- 98-AG, se oficializan la inscripción y comercialización de productos de uso veterinario, los mismos que estarán sujetos únicamente a lo dispuesto por las citadas disposiciones lega- les, disponiéndose la publicación periódica de los productos registrados; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Reglamento de Organi- zación y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, la Dirección General de Sanidad Animal, tiene entre otras funciones la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalización respecto de insumos de uso animal, así como biológicos y fármacos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insu- mos; Que, con Memorándum Nº 059-2000-AG-SENASA- DGSA-DIP, de fecha 12 de junio del 2000, la Dirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENA- SA, ha remitido el listado de Productos Veterinarios regis- trados durante el mes mayo del 2000, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; Estando a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Animal, mediante Resolución Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de conformidad con lo dis- puesto por el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG, y el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visación del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la Lista de Productos Farmacéuticos y Biológicos de uso Veterinario, registrados en el mes de mayo del 2000, en la Dirección de Insumos Pecuarios de la Dirección General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo a lo siguiente: SEMINARIO CEPREACCSA