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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2000 (05/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 184407 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de marzo de 2000 servicio a la comunidad; razón fundamental que lo llevó a aspirar a ser Alcalde de este distrito; manifestando que él renunciaba a todo aumento; Que, con informe de vistos la Asesoría Legal señala que en el Acuerdo que antecede no se ha señalado un monto fijo dado que se ha tomado como referencia la UIT vigente para el presente año, el mismo que podría variar en el presente ejercicio presu- puestal, situación no contemplada en la Ley Nº 27209 de Gestión Presupuestaria del Estado, motivo por el cual recomienda se fije de manera expresa el monto de la dieta; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, por unanimidad; ACORDO: 1º.- Ratificar en 1.5 UIT el monto correspondiente a la remuneración mensual del señor Alcalde de la Municipa- lidad Distrital de Lurigancho-Chosica, para el ejercicio pre- supuestal del 2000. 2º.- Fijar a OCHOCIENTOS NOVENTA Y 30/100 NUEVOS SOLES (S/. 890.30) el monto de las dietas por sesión de los señores Regidores del Concejo Distrital de Lurigancho-Chosica para el presente ejercicio presupuestal del 2000; y hasta por un máximo de cuatro (4) sesiones mensual pagadas. El acta de la Sesión de fecha 31.1.00 fue aprobada en la Sesión Ordinaria del 4.2.00. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 2650 Encargan alcaldía al teniente alcalde de la municipalidad RESOLUCION DE CONCEJO Nº 01-2000/CDL-CH Chosica, 8 de febrero del 2000 Visto en la Orden de la Sesión Ordinaria de la fecha el documento presentado por el señor Alcalde Luis Bueno Quino solicitando licencia sin goce de haber por el período comprendido entre el 8 de febrero hasta el 9 de abril próximo, al cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurigan- cho-Chosica. CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 114º de la Ley Nº 26859 - Orgánica de Elecciones, "Están impedidos de ser candidatos los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual debe serle concedida sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones; Que, conforme al Artículo 25º de la Ley Nº 23853, Orgá- nica de Municipalidades, "Los cargos de Alcaldes y Regidores tienen el carácter de función pública"; Que, el Artículo 30º de la norma antes invocada señala que "En los casos de licencia o de impedimento temporal, el alcalde es reemplazado por el Teniente Alcalde"; Que, del debate correspondiente conforme consta en actas; Que, sometido a votación en la forma reglamentaria, por unanimidad y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; y, De conformidad con el inciso 10) del Artículo 36º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; RESOLVIO: 1º.- OTORGAR licencia sin goce de haber, a partir de la fecha y por el término de sesenta días, al señor Alcalde de la Municipalidad de Lurigancho-Chosica, don Luis Fernando Bueno Quino, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 114º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones. 2º.- ENCARGAR LA ALCALDIA al TENIENTE ALCAL- DE de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, señor Alejandro CHAVEZ LUNA, de conformidad con el Artículo 30º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalida- des, por el término que dure la licencia que se está otorgando al señor Alcalde, en el numeral precedente. 3º.- Autorizar expresamente al señor ALEJANDRO CHA- VEZ LUNA, para la firma de los documentos de manejoeconómico-financiero en los Bancos de la Nación e Interbanc, por el plazo que dure la presente licencia. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 2651 MUNICIPALIDAD DE LURIN Otorgan beneficio de regularización tributaria a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2000/ML Lurín, 28 de enero del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 26 de enero del 2000, el Informe Nº 001-2000-MDSPL/UGR de la Unidad de Gestión de Rentas, sobre Proyecto de Ordenanza sobre Aprobación de Beneficio de Regularización Tributaria (Con- donación). CONSIDERANDO: Que, con el informe de visto, el Jefe de la Unidad de Gestión de Rentas entre otros aspectos propone la aproba- ción de un Beneficio de Regularización Tributaria; Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la referida autonomía, en la materia de la presente Ordenanza, se encuentra sustentada en el Artículo 41º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, sobre los gobiernos locales, con carácter general, pueden condonar el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853, y con el voto unánime de los miembros del Concejo se aprobó la siguiente: ORDENANZA SOBRE APROBACION DEL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Artículo Primero.- APROBAR la concesión de Beneficio de Regularización Tributaria - Condonación, para los contri- buyentes que estén adeudando sus tributos cualquiera sea el estado en el que se encuentren. Artículo Segundo.- DETERMINAR que el presente Beneficio de Regularización Tributaria - Condonación, tiene vigencia durante el presente año, sólo hasta el 29 de febrero. Artículo Tercero.- DEROGUESE las Disposiciones Municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- FACULTAR al señor Alcalde a apro- bar las acciones complementarias de la presente ordenanza, dando cuenta al Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 2652 Amplían plazo de beneficio tributario otorgado a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2000/ML Lurín, 18 de febrero del 2000