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Pág. 184406 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de marzo de 2000 Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por los Arts. 47º y 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSTITUIR una Comisión Espe- cial de Evaluación y Conciliación que se encargará de presen- tar alternativas de solución a la problemática en la Zona denominada "Pampa Arenal", la que estará integrada por: Tres representantes de la Municipalidad de La Molina: - Teniente Alcalde, señor Carlos Villacorta Díaz, quien la presidirá. - Regidor, Dr. Jaime Guido Arteaga, Vicepresidente. - Regidora, señora Juanita Calvo de Díaz, miembro. Tres representantes de la Zona "Pampa El Arenal": - Señor Pablo Coaguilla Infantes, miembro. - Señor Hector Raymondi Costa, miembro. - Doctor Víctor S. Carrillo Cárdenas, miembro. Tres representantes de la empresa Inmobiliaria Los Portales S.A. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría Gene- ral de la Municipalidad Distrital de La Molina para que solicite a la empresa Inmobiliaria "Los Portales" S.A. la designación de sus representantes. Artículo Tercero.- Además de lo señalado en el artículo precitado, las partes podrán designar a uno o dos asesores legales, los mismos que formarán parte de la Comisión Especial. Artículo Cuarto.- La Comisión Especial en el plazo de (60) días útiles, emitirá informe del encargo recibido. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 2664 Prorrogan plazo para efectuar pago del impuesto predial y diversos arbitrios DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-MDLM/2000 La Molina, 3 de marzo de 2000 EL ALCALDE DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2000 del 26 de enero del 2000 se estableció que el Impuesto Predial podrá ser cancelado al contado o pagarse la primera cuota hasta el 3 de marzo del presente año, así como la primera cuota de los Arbitrios Municipales; Que, resulta necesario ampliar el plazo antes previsto, a efectos de brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones; Con la visación de la Oficina de Rentas, Oficina de Asesoría Jurídica y Dirección Municipal y a la facultad prevista por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar hasta el día 31 de marzo del año 2000, el vencimiento del plazo para la cancelación o pago de la primera cuota del Impuesto Predial, así como para el pago de la primera cuota de los Arbitrios Municipales corres- pondientes al ejercicio 2000. Artículo Segundo.- Vencido el plazo establecido en el artículo anterior, los factores de variación acumulada del IPM, se determinarán considerando el índice correspondiente al mes precedente al pago de los mencionados tributos, sin exceder los plazos establecidos en el inciso b) del Artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 2656MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 041-MDLV Por Oficio Nº 051-00-SG/MDLV, la Municipalidad de La Victoria solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 041-MDLV, publicada en nuestra edición del viernes 3 de marzo de 2000, en la página 184345. DICE: Artículo Sexto.- ... De verificarse la comisión de estos hechos, se procederá a sancionar al(los) infractor(es) de acuerdo a lo señalado en el Artículo 8º. DEBE DECIR: Artículo Sexto.- ... De verificarse la comisión de estos hechos, se procederá a sancionar al(los) infractor(es) de acuerdo a lo señalado en el Artículo 7º. 2646 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO- CHOSICA Ratifican remuneración de alcalde y dieta de regidores por asistencia a se- siones de concejo ACUERDO DE CONCEJO Nº 05-2000/CDL-CH Chosica, 4 de febrero del 2000 Visto en la Sesión Ordinaria de fecha 31.1.00 el Informe Nº 15-00-AL/MDLCH de la Asesoría Legal por el cual se formula observaciones al Acuerdo de Concejo Nº 02-2000/ CDL-CH; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 02-2000/CDL-CH de fecha 21.1.2000 en su primer punto se acordó ratificar el monto correspondiente a la remuneración mensual del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosi- ca, para el ejercicio presupuestal del 2000, así mismo en su segundo numeral se acordó incrementar a 0.307 UIT el monto de las dietas por sesión de los señores Regidores del Concejo Distrital de Lurigancho-Chosica para el presente ejercicio presupuestal del 2000; y hasta por un máximo de cuatro (4) sesiones mensual pagadas; Que, dicho acuerdo se sustentó en la Moción de Orden del Día presentada por los señores Regidores Isidro Córdova Gallegos, Ramiro Robertson Martínez, Rubén León Rodríguez, Ana Béjar de Ligarda, Julio Barreto Tapia, Alberto Ramos Flores, Alfredo Mujica Díaz, John Ampuero Joyo y Modesto Joaquín Huavil en la cual se propuso: "1.- Incrementar a 2.035 UIT para el presente ejercicio presupuestal, la remuneración mensual del señor Alcal- de de la Municipalidad de Lurigancho-Chosica, para el ejercicio 2000; y 2.- Incrementar a 0.328 UIT vigente para el presente ejercicio, el monto de la dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Lurigancho-Chosica, por sesión durante el presente ejercicio presupuestal, por su asistencia efectiva a cada sesión", así como en el Dictamen de Comisión Nº 001-00/CEPPI en el que se dictaminó por unanimidad: "1.- Aprobar en parte el punto 2 de la Moción de Orden del Día presentada por los señores regidores (...); con la salvedad que esta Comisión propone incre- mentar el monto de cada dieta a 0.307 UIT vigente para el presente ejercicio; Que, igualmente en la intervención del señor Alcalde Luis Bueno Quino expresó que luego de evaluar la situación presupuestal de la municipalidad, así como su convicción de