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Pág. 184815 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de marzo de 2000 Nº 001-2000/FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directo- rio Nº 017-2000/003 FONAFE; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Dejar sin efecto la Resolución de Super- intendencia Nº 034-2000/SUNAT, del 8 de marzo de 2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME R. IBERICO Superintendente 3097 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Modifican cuadro de costos de orde- nanza que regula Régimen de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi- nes, y Serenazgo ORDENANZA Nº 007-2000-MDCH Chorrillos, 16 de marzo de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordina- ria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión ordinaria del 15 de febrero del 2000 fue aprobada por Mayoría la Ordenanza Nº 002-2000-MDCH, que regula el REGIMEN DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO para el período 2000; Que, conforme se señala en el Informe Nº 105-00-OR- MDCH de la Oficina de Rentas se ha detectado error material en los montos establecidos en el Cuadro de Costos detallado en el considerando cuarto de la Ordenanza Nº 002-2000- MDCH, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de febrero del presente año, y redactada de la siguiente manera: COSTO S/. SERVICIO MENSUAL ANUAL Limpieza Pública 286,979.30 3,443,751.77 Parques y Jardines 132,257.61 1,587,091.47 Serenazgo 152,756.69 1,833,080.38 ---------------- ------------------- 573,726.94 6,863,923.62 Estando a lo antes expuesto y de conformidad con el Artículo 109º y numeral 4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, se aprobó por Mayoría la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- MODIFICAR el cuadro de costos establecido en el cuarto considerando de la Ordenanza Nº 002-2000- MDCH, la cual queda redactada de la siguiente manera: COSTOS EN S/. SERVICIO MENSUAL ANUAL Limpieza Pública 287,219.31 3,446,631.77 Parques y Jardines 134,500.96 1,614,011.55 Serenazgo 152,756.69 1,833,080.38 ---------------- ------------------- 574,476.96 6,893,723.70 Artículo 2º.- Remítase la presente Ordenanza com- plementaria de la Ordenanza Nº 002-2000-MDCH al Ser- vicio Administración Tributaria - SAT, para proseguir con el correspondiente procedimiento de ratificación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 3163MUNICIPALIDAD DE LINCE Declaran en situación de urgencia el servicio de limpieza pública ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-00-MDL Lince, 14 de marzo del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el pedido formulado por la Administración, sustentado en el Informe Nº 042-00-MDL/DSC de fecha 3 de marzo del 2000; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe del visto, el Director de Servicios Comunales solicita, en tanto se concluya el proceso de selección y contratación de la empresa que se hará cargo del Servicio Integral de Limpieza Pública, se adopten las medidas necesarias, a efectos que no perjudi- que la falta de dicho servicio a la comunidad linceña; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 71º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, en su inciso 4) señala que las municipalidades distritales son competentes para sostener o supervigilar, los servicios públicos esenciales para la comunidad; Que, es necesario asegurar el funcionamiento del Servicio de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Recolección de Poda, Maleza y Desmonte); en tanto se concluya los procesos de selec- ción y contratación que dispone la Ley Nº 26850 - De Contrataciones y Adquisiciones del Estado; incluyéndose cualquier impugnación presentada ante CONSUCODE; Que, la citada Ley, en su Artículo 21º, faculta a los gobiernos locales a declarar la situación de urgencia cuando la ausencia de un servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio público esencial o de operaciones productivas; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 36º, 47º, 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; con las dispen- sas del trámite de Comisiones y de lectura y aprobación del Acta; POR MAYORIA: SE ACORDO: Artículo 1º.- DECLARAR en SITUACION DE UR- GENCIA, el Servicio de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Recolección de Poda, Maleza y Desmonte); a fin de garantizar la conti- nuidad del mismo, en tanto se concluya los procesos de selección y contratación que dispone la Ley Nº 26850 - De Contrataciones y Adquisiciones del Estado; incluyéndose cualquier impugnación presentada ante CONSUCODE. Artículo 2º.- FACULTASE al señor Alcalde de la Municipalidad de Lince, para que adopte las medidas necesarias, a fin de superar la Situación de Urgencia del servicio mencionado en el artículo precedente. Artículo 3º.- La Secretaría General pondrá en cono- cimiento el presente Acuerdo, a las Comisiones de Presu- puesto y Cuenta General del Congreso de la República; al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo de Ley. Regístrase, comuníquese y cúmplase. WALDO OLIVOS VILLARREAL Alcalde 3129 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0661 Mediante Oficio Nº 045-2000-MDL/SG la Municipali- dad Distrital de Lince solicita se publique Fe de Erratas