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Pág. 184810 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de marzo de 2000 por los Artículos 88º y siguientes de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, teniendo como fin participar en los procesos electorales; Que, mediante Resoluciones Nºs. 1961-99-JNE y 1987- 99-JNE de fechas 9 y 15 de diciembre de 1999, se inscribió en forma provisional y definitiva, respectivamente, a la agrupación independiente Frente Nacional Independien- te Perú 2000 en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, la vigencia de la inscripción de una organización política está supeditada a su participación en los comicios; consecuentemente, al haber manifestado la agrupación independiente Frente Nacional Independiente Perú 2000, su intención de apartarse de la campaña electoral del proceso en marcha, ésta debe entenderse como el aparta- miento definitivo del mencionado proceso electoral; por lo que se debe ordenar la cancelación de la inscripción de la citada agrupación en el Registro de Organizaciones Polí- ticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, corresponde a este supremo tribunal electoral fiscalizar la realización de los procesos electorales, y mantener y custodiar el registro de organizaciones políti- cas, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 178º, numerales 1) y 2) de la Constitución Política del Perú, concordados con el Artículo 5º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Apártese a la agrupación inde- pendiente Frente Nacional Independiente Perú 2000 del proceso electoral del 9 de abril de 2000; y cancélese la inscrip- ción de la citada agrupación independiente en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Segundo.- Declarar que la alianza electoral Perú 2000, a partir de la fecha, queda conformada por el partido Cambio 90, agrupación independiente Nueva Mayoría y agrupación independiente Movimiento Inde- pendiente Vamos Vecino. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Ofi- cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE el conteni- do de la presente resolución, para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE HERNANDEZ CANELO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 3155 S B S Prorrogan plazo otorgado a Norbank para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS Nº 0147-2000 Lima, 3 de marzo del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Norbank, para que se le otorgue prórroga para la enajenación de los bienes recibidos y adjudicados en cobro de acreencias conforme a lo previsto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa deque se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el referido artículo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provisión hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2017-98 establece que las solici- tudes para la prórroga del plazo establecido en el Artículo 215º de la Ley General, deberán ser presentadas con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento caso contrario la solicitud será rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodología a seguir en el cálculo de las provisiones a constituir por los bienes en referencia; De acuerdo con el Informe Nº ASIF "C" 041-OT/2000, y con la opinión favorable de la Superintendente Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y, en virtud de la facultad delegada median- te Resolución SBS Nº 0807-99 de fecha 99.8.26; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; para que Norbank proceda con la enajenación de los bienes muebles e inmuebles que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga otorgado a Norbank, sin que haya efectuado su enajena- ción, dicha empresa deberá proceder conforme a lo esta- blecido en la Circular Nº B-2017-98 de fecha 98.9.23. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 0147-2000 Relación de bienes recibidos y adjudicados por obliga- ciones de deudores, sobre los cuales se autoriza a Nor- bank, prórroga de seis (6) meses para su enajenación (venta), conforme a lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702. Fecha de Descripción / Ubicación Valor en Libros Prórroga de Adjudi- (en nuevos soles) Tenencia cación 28.2.99 Máquina Fileteadora de Pescado, Marca: Daeg Wang 69,224.63 28.8.2000 28.2.99 Planta procesadora de Cabeza de Langostino, Piura 149,152.46 28.8.2000 28.2.99 Inmueble ubicado en Lote Nº 9, Mz. O, 2da. Planta, Urb. Santa Ana, Piura 120,016.31 28.8.2000 28.2.99 Inmueble ubicado en Lote Nº 16, Mz. B, II Etapa, Urb. Bancaria, Piura 10,057.11 28.8.2000 19.3.99 Inmueble ubicado en Urb. Aproviser, Mz. E2, Lote Nº 7, Piura 17,618.14 19.9.2000 31.3.99 Inmueble ubicado en la calle Unión Nº 510, distrito de La Unión, Piura 17,864.79 30.9.2000 31.3.99 Inmueble ubicado en Av. Circunvalación, Mz. D4, Lote Nº 2, AA.HH. Santa Julia, Piura 21,763.59 30.9.2000 26.3.99 Terreno ubicado en Block K, Nº 4, Conjunto Habitacional Claroye, Piura 50,638.50 26.9.2000 14.4.99 Inmueble ubicado en Lote Nº 24, Mz. H-5, AA.HH. Santa Rosa, Piura 38,366.77 14.10.2000 30.4.99 Inmueble ubicado en Lote Nº 3, Mz. A-2 (Ricardo Palma 288-292) Urb. Piura, Piura 25,843.10 30.10.2000 30.4.99 Inmueble ubicado en calle Democracia Nº 137, distrito de Leonardo Ortiz, Chiclayo 13,221.26 30.10.2000 3105