Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2000 (17/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de marzo de 2000

de seguridad y vigilancia de los locales de la Entidad, con un valor referencial de S/. 330,000.00 (Trescientos Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles) y por un plazo de doce (12) meses, computados desde el 1.5.2000 hasta el 30.4.2001. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. PIN MORDAZA Presidente 3088

Resolucion de Gerencia Nº 0275-99/RNC-CONSUCODE del 15.2.99; procediendose en consecuencia a emitir de oficio un MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa PROMOTORES Y EJECUTORES S.A. CONTRATISTAS GENERALES, con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior; Que, estando a la facultad conferida por Resolucion Nº 069-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por el Articulo 13º, 20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98PCM Articulo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE:

Modifican resolucion en lo referido a capacidad MORDAZA de contratacion otorgada a empresa
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0487-2000-RNC-CONSUCODE San MORDAZA, 9 de marzo de 2000 Vista la RENOVACION DE INSCRIPCION otorgada a la empresa PROMOTORES Y EJECUTORES S.A. CONTRATISTAS GENERALES con Registro Nº 1698 mediante Resolucion de Gerencia Nº 0275-99-RNC-CONSUCODE de 15.2.99; relacionado con el MORDAZA de Fiscalizacion Posterior; CONSIDERANDO: Que, el 8.2.99 la empresa PROMOTORES Y EJECUTORES S.A. CONTRATISTAS GENERALES, solicito RENOVACION DE INSCRIPCION ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 0275-99/RNC-CONSUCODE del 15.2.99, con una Capacidad MORDAZA de Contratacion de DIEZ MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/. 10'000.000.00), expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 271 de fecha 17.2.99, con vigencia hasta el 14.2.2001, en razon de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrantes de su plantel tecnico, a los ingenieros MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vaca; Que, de la fiscalizacion posterior efectuada a la documentacion recaudada por la empresa PROMOTORES Y EJECUTORES S.A. CONTRATISTAS GENERALES, en su referida solicitud, se verifico que uno de los profesionales integrante de su plantel tecnico, el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vaca ha dejado de pertenecer a la misma, desde el 31.10.99 conforme es de verse a fojas 23, para pasar a integrar el plantel tecnico de la empresa GARDI CONTRATISTAS GENERALES S.A. (Reg. 8061); Que, el inciso b) del Articulo 13º y Articulo 20º de la Resolucion Ministerial Nº 043-99-PCM, establecen como requisito para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, acreditar Capacidad Tecnica; la cual esta dada por la conformacion del plantel tecnico; que para el presente caso es de dos ingenieros o arquitectos, en razon que la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa es de DIEZ MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/. 10'000,000.00); Que, el Articulo 25º de la acotada MORDAZA legal, estipula que los Ejecutores de Obras, estan obligados a comunicar al CONSUCODE dentro de los diez dias siguientes al termino de cada mes, las variaciones de su plantel tecnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, este de oficio le disminuira la Capacidad de Contratacion o le cancelara la Inscripcion, segun corresponda, publicando la resolucion correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la revision efectuada, se tiene que la empresa en mencion ha incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico, por lo que siendo asi, en aplicacion de la acotada MORDAZA legal, resulta pertinente disminuir la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa PROMOTORES Y EJECUTORES S.A. CONTRATISTAS GENERALES, ante el Registro Nacional de Contratistas, de DIEZ MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/. 10'000,000.00) a la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 5'800,000.00), por ende, modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la

1.- Modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 0275-99/RNC-CONSUCODE del 15.2.99, unicamente en el extremo que otorga la Capacidad MORDAZA de Contratacion a la empresa PROMOTORES Y EJECUTORES S.A. CONTRATISTAS GENERALES, la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 5'800,000.00), por contar esta con solo un (1) profesional como integrante de su plantel tecnico y no con dos (2) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION Nº 271 del 17.2.99 otorgado a la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa PROMOTORES Y EJECUTORES S.A. CONTRATISTAS GENERALES, con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior, previa devolucion del original del Certificado de Inscripcion Nº 271 del 17.2.99. 4.- Declarar que la empresa PROMOTORES Y EJECUTORES S.A. CONTRATISTAS GENERALES, tiene MORDAZA su derecho a solicitar el AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION, regularizando la falta de integrante de Plantel Tecnico en dicha solicitud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE ZELA Gerente de Registros 3084

Anulan inscripcion de empresa en el Registro Nacional de Contratistas
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0508-2000-RNC-CONSUCODE San MORDAZA, 10 de marzo de 2000 Vista la INSCRIPCION otorgada a la empresa CONSTRUCTORA EL MORDAZA S.R.L. con Registro Nº 7524 mediante Resolucion de Gerencia Nº 0544-99/RNC-CONSUCODE del 22.3.99 relacionado con el MORDAZA de Fiscalizacion Posterior; CONSIDERANDO: Que, el 15.1.99 la empresa CONSTRUCTORA EL MORDAZA S.R.L., solicito INSCRIPCION ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 0544-99/RNC-CONSUCODE del 22.3.99 en razon de haberse declarado fundado su Recurso de Reconsideracion, con una Capacidad MORDAZA de Contratacion de UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 1'242,000.00), expediendosele el Certificado de Inscripcion Nº 561 de fecha 26.3.99, con vigencia hasta el 21.3.2001, el razon de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrante de su plantel tecnico, al ingeniero MORDAZA Edgard MORDAZA Ramirez; Que, de la fiscalizacion posterior efectuada a la documentacion recaudada por la empresa CONSTRUCTORA EL MORDAZA S.R.L., en su referida solicitud, se verifico que el unico profesional integrante de su plantel tecnico, el ingeniero MORDAZA Edgard MORDAZA MORDAZA, ha dejado de pertenecer a la misma, conforme es de verse de su carta de renuncia presentada ante la referida empresa con

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