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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2000 (17/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 184814 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de marzo de 2000 OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO Autorizan ejercer cargo de martillero público a nivel nacional RESOLUCION JEFATURAL Nº 198-2000-ORLC/JE Lima, 13 de marzo de 2000 Visto el expediente organizado por don ALDO LUIS PANESI MORENO, sobre obtención del título de Marti- llero Público para actuar a nivel nacional y el Oficio Nº 263-2000-ORLC/GBM del 13 de marzo del 2000, emitido por la Gerencia de Bienes Muebles; y, CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 005-98-JUS, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la SUNARP y de sus órganos desconcentrados, de fecha 27 de junio de 1998 y, en el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948 y el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti- llero Público a nivel nacional, según se desprende de la documentación que acompaña a su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece las modalidades de garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente ha optado por otorgar garantía hipotecaria, equivalente a tres Unidades Impositi- vas Tributarias a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao, la que se encuentra inscrita en el asiento D 00001 y ampliada en el D 00002 de la partida electrónica 45052036 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022-95- SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autoriza a don ALDO LUIS PA- NESI MORENO, a ejercer el cargo de Martillero Público a nivel nacional con sujeción a las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Artículo Segundo.- La presente Resolución constitu- ye el título respectivo al que se refiere el Art. 116º del Código de Comercio modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Gerencia de Bienes Muebles de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese y comuníquese. C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 3082 RESOLUCION JEFATURAL Nº 200-2000-ORLC/JE Lima, 14 de marzo de 2000 Visto el expediente organizado por doña VANESSA CATHERINA RIVAS PLATA ESPEJO, sobre obtención del título de Martillero Público para actuar a nivel nacio- nal y el Oficio Nº 268-2000-ORLC/GBM del 13 de marzo del 2000, emitido por la Gerencia de Bienes Muebles; y, CONSIDERANDO: Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 005-98-JUS, Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos de la SUNARP y de sus órganosdesconcentrados, de fecha 27 de junio de 1998 y, en el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948 y el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti- llero Público a nivel nacional, según se desprende de la documentación que acompaña a su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Reso- lución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece las modalidades de garantía que deben prestar los que de- seen ejercer el cargo de Martillero Público, la recurrente ha optado por otorgar garantía efectiva, a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao, mediante Certificados de Depósitos Nºs. 1999000307850 y 2000009800630; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Regis- tros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución del Superin- tendente Nacional de los Registros Públicos Nº 022-95- SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a doña VANESSA CATHERINA RIVAS PLATA ESPEJO, a ejercer el cargo de Martillero Público a nivel nacional con sujeción a las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Artículo Segundo.- La presente Resolución constitu- ye el título respectivo al que se refiere el Art. 116º del Código de Comercio modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Gerencia de Bienes Muebles de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese y comuníquese. C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 3083 SUNAT Dejan sin efecto resolución que autori- zó viaje de servidores a Argentina, para realizar pasantía sobre internet: siste- mas de RUC, comprobantes de pago y presentación de declaraciones RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 037-2000/SUNAT Lima, 14 de marzo de 2000 Que, la Directiva Nº 001-2000/FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE, esta- blece en su numeral 1.5.1 que los viajes que irroguen gastos con cargo al presupuesto de las entidades deberán ser autorizados mediante Resolución Suprema; Que, con el objeto de servir de sustento a dichas Resolucio- nes, esta Superintendencia -en el caso de viajes de sus funcio- narios o servidores- autoriza previamente los mismos a través de Resoluciones de Superintendencia que, evidentemente, se encuentran sujetas a la posterior emisión de aquellas; Que, precisamente en atención a lo señalado en el consi- derando anterior, el 8 de marzo último se emitió la Resolución de Superintendencia Nº 034-2000/SUNAT autorizando el viaje, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, de los señores José Luis Tang Andujar, Sael Augusto Vicente Vega, Carlos Roberto Drago Llanos y José Alejandro André Medrano; Que, debido a un error, la referida Resolución de Superintendencia se publicó en el Diario Oficial El Perua- no el 11 de marzo pasado; Que, resulta necesario, en consecuencia, dejar sin efecto dicha Resolución; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro- bado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SU- NAT y de conformidad con lo establecido en la Directiva