Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2000 (17/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 17 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES

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ADUANAS
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de la comision de delito de contrabando
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS Nº 000162 Callao, 13 de marzo de 2000 Vistos, el Atestado Nº 04-2000-ADUANAS-PP/UIE del 28.FEB.2000; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion remitida por la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao con Memorandum Nº 111-98-ADUANAS-014-01212, se tomo conocimiento de la presunta comision del ilicito aduanero (Contrabando) realizado por la Agencia de Aduanas MORDAZA MORDAZA Rossi S.A., al haber conseguido retirar, del Deposito Aduanero Depositos de MORDAZA S.A., dos vehiculos automoviles MORDAZA Chevrolet, Corsa Eco, identificados con Numeros de Chasis WOLOOOO78V4025932 y WOLOOOO78V4026240 y Motores Nºs. C12NZ-19792504 y C12NZ-19792499, sin el pago previo de los tributos que gravan su internamiento a nuestro pais; habiendose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Procuraduria Publica, para su indagacion tecnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha Unidad con conocimiento y participacion de la Fiscalia Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el Atestado de Vistos, en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal de MORDAZA MORDAZA ROSSI (ex Gerente General y Representante Legal de la Agencia de Aduanas MORDAZA MORDAZA Rossi S.A.), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Despachadores de la precitada Agencia de Aduanas); y, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Secretaria de Gerencia de Depositos de MORDAZA S.A.), por haber retirado y permitido retirar del Deposito Aduanero Autorizado Depositos de MORDAZA S.A. los vehiculos aludidos precedentemente, amparados en las Declaraciones Unicas de Importacion Nºs. 035553 y 035554 (ambas del 11.ABR.97), sin que ADUANAS MORDAZA autorizado el levante de los mismos, puesto que se omitio verificar en el Sistema de ADUANAS-BANCO-ALMACEN si al momento de solicitarse la salida de dichos bienes del Deposito Aduanero Autorizado, se habian cancelado los tributos que gravan su importacion, cuyo monto total asciende a SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTISEIS DOLARES AMERICANOS CON SESENTA CENTAVOS (USD$ 7.236,60); Que, los hechos MORDAZA descritos, por la forma en que se produjeron, configuran el ilicito de Contrabando, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas Decreto Legislativo Nº 809; En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar contra MORDAZA MORDAZA ROSSI (ex Gerente General y Representante Legal de la Agencia de Aduanas MORDAZA MORDAZA Rossi S.A.), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Despachadores de la precitada Agencia de Aduanas); y, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (ex Secretaria de Gerencia de Depositos de MORDAZA S.A.), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion; debiendo para tal efecto remitirsele la documentacion actuada.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Ejecutivo Superintendencia Nacional de Aduanas 3152

CONSUCODE
Incluyen MORDAZA de concurso publico para contratacion de servicio de seguridad y vigilancia, en el plan anual de adquisiciones y contrataciones del ano 2000
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 059-CONSUCODE/PRE MORDAZA, 2 de marzo de 2000 VISTO: El Memorandum Nº 085-2000 (GAF) de la Gerencia de Administracion y Finanzas, de fecha 2 de marzo de 2000; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º de la Ley Nº 26850 establece que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debera prever el MORDAZA de bienes, servicios y obras que se requerira durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, mediante Resolucion Nº 151-99-CONSUCODE/PRE se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CONSUCODE para el ejercicio presupuestal 2000; Que, el Articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, dispone que las licitaciones publicas y concursos publicos no incluidos en el Plan Anual deberan ser aprobados por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-99-PCM, se aprobo la transferencia en forma directa del inmueble de propiedad de la Empresa Nacional de Comercializacion de Insumos ENCI en Liquidacion, ubicado en la avenida MORDAZA MORDAZA s/n, cuadra 7, Centro Comercial San MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a favor del CONSUCODE a fin que sirva de su local institucional; Que, para resguardar tanto el local que actualmente ocupa el CONSUCODE, ubicado en las esquinas formadas por las avenidas MORDAZA MORDAZA Oeste y Ugarte y MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, como el descrito en el considerando anterior, y mientras dure el MORDAZA de acondicionamiento y rehabilitacion de este ultimo, resulta imprescindible dotar de la seguridad y vigilancia adecuados a ambos locales, con el numero necesario de efectivos y con la finalidad que la Entidad pueda cumplir a cabalidad las atribuciones y responsabilidades que la Ley Nº 26850 le ha conferido; Que, la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia por el periodo comprendido entre el 1.5.2000 y el 30.4.2001, por un valor referencial equivalente a S/. 330,000.00 (Trescientos Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles), amerita la convocatoria a un Concurso Publico, el cual debe ser incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CONSUCODE para el ejercicio presupuestal 2000; De conformidad con la Ley Nº 26850, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, el Reglamento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-98-PCM, y con las visaciones de la Gerencia de Asesoria Especializada y de la Asesoria Juridica de la Presidencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CONSUCODE para el ejercicio presupuestal 2000, aprobado por Resolucion Nº 151-99CONSUCODE/PRE, el MORDAZA del Concurso Publico Nº 001-2000-CONSUCODE para la contratacion del servicio

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