Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2000 (18/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de marzo de 2000

Estando a lo dispuesto por el Articulo 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, se aprobo por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Fijese en S/. 11.60 (Once con 60/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2000. Por cada predio adicional se abonara S/. 4.00 (Cuatro y 00/ 100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Articulo Segundo.- Autorizar la emision mecanizada conjunta de las tasas mensuales de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, Relleno Sanitario y Serenazgo. Articulo Tercero.- Autorizar la distribucion domiciliaria de las Ordenes de Pago conteniendo las tasas mencionadas. Articulo Cuarto.- Fijese en S/. 6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del tributo, incluyendo la distribucion de la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, Relleno Sanitario y Serenazgo, correspondiente al ejercicio 2000, por cada predio. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Oficina de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 3170

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS
Aprueban directiva sobre aceptacion de canje de deuda tributaria por bienes y/o servicios contribuyentes
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 046-2000-MDP/ALC Paracas, 18 de febrero del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 009-99-MDP/ALC, de fecha 18 de noviembre de 1999; y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido por el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; es facultad del despacho de Alcaldia emitir las Resoluciones que MORDAZA necesarias para el buen cumplimiento de su funcion, dicha disposicion es concordante con el Art. 84º del D.S. Nº 02-94JUS; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 009-99-MDP/ ALC; el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Paracas, faculto al despacho de Alcaldia aceptar el Canje de Deudas Tributarias por Bienes y/o Servicios (terrenos) de los Contribuyentes cuyas deudas por Tributos Municipales acumuladas al 31 de diciembre de 1998, MORDAZA superiores a dos (2) UIT, vigentes a enero de 1999, y a los que se generan en el presente ejercicio, previa evaluacion y calificacion de la Comision Tecnica de Funcionarios que se designe; Que, teniendo en cuenta tal disposicion y considerando que las Ordenanzas Municipales de acuerdo a lo normado por el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, tienen fuerza de ley, se estimo conveniente elaborar la Directiva Nº 001-99UR/MDP, que reglamente la Ordenanza Municipal Nº 00999-MDP/ALC, y que servira para hacer efectivo el canje de las Deudas Tributarias; Que, la Directiva Nº 001-2000-UR/MDP; consta de diez (10) puntos y son los siguientes: 1 Objetivos, 2 Finalidad, 3 Alcance, 4 Base Legal, 5 Terminos Generales, 6 De los requisitos, 7 De la Sustentacion, 8 La Comision Tecnica de Servidores, 9 Procedimientos y 10 Control, asimismo consta de 5 anexos; la que debe ser aprobada para el normal funcionamiento y cumplimiento, tanto de la Ordenanza Municipal como la Directiva Nº 001-2000-UR/MDP; la misma que se hace mediante la presente Resolucion; Con las visaciones de la Direccion Municipal, Unidad de Rentas y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 0012000-UR/MDP; que reglamenta la Ordenanza Municipal Nº 009-99-MDP/ALC; sobre aceptacion de Canje de Deuda Tributaria por bienes y/o servicios (terrenos) de aquellos contribuyentes cuyas Deudas por Tributos Municipales acumuladas al 31 de diciembre de 1998 y las que se presenten en el ano de 1999, Directiva que consta de diez (10) puntos y cinco (5) anexos y que son parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- COMUNICAR de la presente Resolucion a la Direccion Municipal, Administracion, Unidad de Rentas y Asesoria Juridica para su conocimiento. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Secretaria General la publicacion de la Directiva aprobada y sus anexos, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad de Paracas 3166

Establecen monto minimo a pagar por concepto del impuesto predial, correspondiente al ejercicio fiscal 2000
ORDENANZA Nº 20-2000-MPL Pueblo Libre, 27 de enero de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria del 27 de enero del 2000; se aprobo establecer monto minimo a pagar por Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2000; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, las Municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente al cero con 60/100 por ciento (0.6%) de la UIT vigente al 1 de enero del ano a que corresponda el impuesto; Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del ejercicio fiscal 2000 ha sido establecida en dos mil novecientos con 00/100 nuevos soles (S/. 2,900.00); En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades, se aprobo por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establecer en la jurisdiccion de Pueblo Libre, que los contribuyentes obligados al pago del Impuesto Predial, en el ejercicio fiscal del 2000, pagaran como importe minimo por dicho concepto la suma de diecisiete con 40/100 nuevos soles (S/. 17.40). Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria y a la Oficina de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 3171

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