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Pág. 185155 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de marzo de 2000 por los cuales fue calificado por el Comité de Adjudicación quien le adjudicó la buena pro indebidamente; en agravio de la Muni- cipalidad. - Corrupción de Funcionarios y Abuso de Autoridad previs- tos y penados en los Arts. 397º y 376º del mismo Código respec- tivamente; en relación a la adquisición irregular de dos (2) transmisores de televisión por la suma de US$ 15,000.16; consistentes en actos arbitrarios y festinación de trámites, favoreciéndose indebidamente al postor a quien se le compró directamente un (1) día antes de formularse el cuadro compara- tivo de cotizaciones, donde aparece como ganador de la supuesta buena pro. - Corrupción de Funcionarios y Abuso de Autoridad previs- tos y penados en los Arts. 397º y 376º del citado Código respec- tivamente; en relación a la adquisición irregular de una (1) camioneta Pick Up 4 x 4 - Hi Lux Toyota por el precio de US$ 33,000.00 consistentes en actos arbitrarios y festinación de trámites, favoreciéndose indebidamente al postor a quien se le compró directamente dos (2) días antes de la elaboración del cuadro comparativo de cotizaciones, donde aparece como gana- dor de la supuesta buena pro. Todo ello soslayándose los principios elementales que deben observarse en los procesos de adquisiciones tales como la eficien- cia y eficacia, la equidad y la moralidad. Que, en tal sentido, se hace necesario autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General, para que formule la denuncia respectiva ante el Ministerio Público, e inicie las acciones judiciales contra los presuntos responsables; Que, de conformidad con el Artículo 19º, inciso f) del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones legales contra los presuntos autores comprendidos en el Informe Especial Nº 125-99-CG/SCU, así como por los hechos subsecuentes revelados en el mismo infor- me, remitiéndosele para tal efecto los antecedentes corres- pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 3556 J N E Declaran que regidor del Concejo Distrital de Sillapata, departamento de Huánuco, continúa en ejercicio del cargo RESOLUCION Nº 395-2000-JNE Lima, 27 de marzo de 2000 VISTO: El Oficio Nº 020-ACMD-S-2000, de fecha 14 de marzo del 2000 del señor Gonzalo Lorgio Mendoza Nación, alcalde del concejo distrital de Sillapata, provincia de Dos de Mayo, depar- tamento de Huánuco, sobre declaratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Oriol Quiróz Huánuco; asimismo la solicitud a efecto que se convoque al candidato correspondiente para que reemplace del regidor vacado; CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de febrero del 2000, mediante Oficio Nº 012- A-MDS, el concejo distrital de Sillapata, informó que en sesión ordinaria de 12 de enero del presente año, se ha declarado la vacancia del cargo de regidor del señor Oriol Quiróz Huánuco, sustentada en las causales previstas en los incisos 2) y 4) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades, que esta- blecen que vaca el cargo de alcalde o regidor por ausencia de la localidad por más de 30 días consecutivos, sin la autorización respectiva y por cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad; Que, con fecha 16 de febrero del 2000, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, acordó requerir a dicho concejo, para que informe y remita, los instrumentos respectivos que acredi-ten la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Oriol Quiróz Huánuco; Que, con fecha 14 de marzo del 2000 el señor Gonzalo Lorgio Mendoza Nación, alcalde del referido concejo distrital, mediante oficio de vistos, remite copia de la solicitud de licencia del regidor vacado: asimismo copias certificadas de las actas de sesión de concejo de fechas 1 de octubre y 24 de noviembre de 1999 y 12 de enero del 2000; Que, el concejo distrital de Sillapata, a fin de acreditar las causales invocadas, debió cumplir con remitir: a) Documento idóneo que acredite la ausencia del regidor vacado de la locali- dad sin la autorización respectiva, por más de 30 días consecu- tivos; b) certificación expedida por autoridad competente, en el sentido que el regidor vacado, ha cambiado de domicilio fuera de la jurisdicción de la municipalidad; c) constancia de notificación al interesado del acuerdo de concejo que declara la vacancia de su cargo, por cualquier medio idóneo permitido por el Código Procesal Civil, a fin de no vulnerar el derecho de defensa que le asiste; d) certificación expedida por el concejo distrital de Silla- pata, en la que conste que el acuerdo que declaró la vacancia del cargo de regidor Oriol Quiróz Huánuco, ha quedado firme; Que, en este contexto, la declaratoria de vacancia dictada es nula, e infundada la solicitud de convocatoria a regidor reempla- zante; Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribucio- nes conferidas por la ley, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo e insubsistente, el acuer- do de sesión de concejo de fecha 12 de enero del 2000, sobre declaratoria de vacancia del cargo de regidor del señor Oriol Quiróz Huánuco, en el concejo distrital Sillapata, provincia de Dos de Mayo; e infundada la solicitud del señor Gonzalo Lorgio Mendoza Nación, alcalde del concejo distrital mencionado, sobre convocatoria de reemplazante al cargo del regidor vacado. Artículo Segundo.- Declarar que el señor Oriol Quiróz Huánuco, continúa en el ejercicio del cargo de regidor del concejo distrital de Sillapata, en el período municipal 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 3568 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Encargan a magistrada el despacho de la Décimo Cuarta Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima y la designan fiscal ad hoc RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 216-2000-MP-CEMP Lima, 27 de marzo del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público Nº 2276 de fecha 22 de marzo del 2000. En consecuencia, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Pú- blico adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 2355 en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso g) de la Tercera de las Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623, y de las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar del 29 al 31 de marzo del 2000, el Despacho de la Décimo Cuarta Fiscalía Provincial