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Pág. 185147 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de marzo de 2000 3584 DECLARACION JURADA DE PESCA Y PAGO DE DERECHOS DE EXPLOTACION CODIGO E/P (1) DE RECURSOS HIDROBIOLOGICOS ENERO - 31 AGOSTO 2000 (Resolución Ministerial Nº087-2000-PE) (2)EMBARCACION PESQUERA (3) Nº MATRICULA (4) CAPAC. DE BODEGA (m3) Para consignar correctamente la información en el presente formulario, sírvase leer la cartilla de instrucciones que se encuentra en el reverso. A)LIQUIDACION SEGUN PAGO DE DERECHOS MENSUAL POR EXTRACCION (Esta modalidad sólo se utilizará para hacer el pago correspondiente a un mes) MES A PAGAR VALOR POR TONELADA CAPTURA DEL MES DERECHO DE EXTRACCION METRICA EXTRAIDA (Toneladas) SEGÚN CAPTURA. Casillas (6) x (7) (5) (6) (7) (8) USD$ 0.44/TM a) Sistema de Seguimiento Satelital (9) b) Crédito del ejercicio 1999 (10) c) Total de deducciones. (11) Sumar las casillas (9) + (10) IMPORTE TOTAL A PAGAR CORRESPONDIENTE DEL MES (12) DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL RAZON SOCIAL : (De la persona Jurídica que representa) APELLIDOS Y NOMBRES : (Representante legal) DOCUMENTO DE IDENTIDAD : (Representante legal) FIRMA :F O R M U L A R I O 1 USD 163.00 D E D U C C I O N E S Leer cuidadosamente las instrucciones antes de llenar la Declaración Jurada. (1)Consignar el código de pago asignado a la embarcación pesquera (ver publicación que se efectuará en El Diario Oficial EL PERUANO). (2)Indicar el Nombre de la Embarcación Pesquera. (3)Indicar el Número de Matrícula de la Embarcación Pesquera. (4)Consignar la capacidad de bodega establecida en la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE. Para aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca con fecha posterior a la publicación de la R.M.Nº 500-98-PE, se considerará la capacidad de bodega expresada en metros cúbicos (m3) de su respectiva Resolución autoritativa, igualmente para aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca al amparo de la Ley Nº 26920 y el Decreto Supremo Nº 003-98-PE. (5)Indicar el mes que usted va a cancelar, por concepto de pago de derechos por extracción. En caso de efectuar pagos correspondientes a los meses de enero y febrero 2000, deberá presentarse Declaración Jurada por separado. (6)Indica el valor en US$ Dólares Américanos por Tonelada extraída, conforme con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 087-2000-PE. (7)Indicar el tonelaje extraído por la embarcación pesquera, correspondiente al mes que usted va a pagar. (8)Consignar el resultado de multiplicar las casillas (6) x (7). (9)Indicar el pago efectuado por SISESAT del mes correspondiente. (Sin IGV). (10)Indicar el monto de crédito a favor del armador que resultara del ejercicio 1999. (Si lo hubiere). (11)Consignar el resultado de la suma de las casillas (9) + (10). (12)Consignar el resultado de la resta de las casillas (8) - (11). Si el importe resultara negativo (-), será considerado como crédito deducible para el siguiente mes. Consultar : Teléfonos 224-3254 - 224-3229 Fax 224-3338CARTILLA DE INSTRUCCIONES