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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2000 (28/03/2000)

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Pág. 185145 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de marzo de 2000 ENERGIA Y MINAS Autorizan donación de inmuebles que efectuará la empresa Minera del Cen- tro del Perú S.A. a favor de diversas entidades públicas RESOLUCION SUPREMA Nº 030-2000-EM Lima, 27 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., es propietaria de bienes inmue- bles los cuales han dejado de ser necesarios para sus activi- dades; Que, la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, la Beneficencia Pública de La Oroya, el Ministerio de Educa- ción, el Arzobispado de la ciudad de Huancayo, la Corte Superior de Justicia de Junín y el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI han solici- tado a CENTROMIN PERU S.A. la donación de los inmue- bles precitados; Que, el CEPRI mediante Acuerdo Nº 39-99, Sesión 18-99, de fecha 8 de junio de 1999 y el Directorio de la empresa CENTRO- MIN PERU S.A. mediante Acuerdo Nº 47-99, Sesión 11-99, de fecha 10 de junio de 1999, modificado en parte por el Acuerdo Nº 65-99, Sesión 17-99, de fecha 16 de setiembre de 1999, aproba- ron la donación de los bienes inmuebles a favor de la Municipa- lidad Provincial de Yauli - La Oroya, la Beneficencia Pública de La Oroya, el Ministerio de Educación, el Arzobispado de la ciudad de Huancayo, la Corte Superior de Justicia de Junín y el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la donación que efectuará la empre- sa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., a favor de: a) La Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, de un terreno urbano denominado "Parque Cristo Rey" ubicado en la calle Horacio Zevallos, Zona Club Peruano, con área de 668.57 m2. b) La Beneficencia Pública de La Oroya, del Sector Cemen- terio Lote B, ubicado en Marcavalle Alto - Santa Rosa de Sacco, con un área de 9,475.00 m2. Asimismo, del predio "Cementerio Americano", ubicado en el A.H. Juan Pablo II, Santa Rosa de Sacco, carretera a Cerro de Pasco, con un área de 2,255.14 m2. c) El Ministerio de Educación, del lote de terreno del C.E. Manuel Gonzales Prada, ubicado en el Jr. Darío León, primera cuadra, lado izquierdo del puente "Cascabel", con un área de 694.90 m2. d) El Arzobispado de la ciudad de Huancayo, del lote de terreno del Templo San Vicente de Paul, ubicado en la parte posterior de los Campamentos Buenos Aires, km. 219-863 F. Central, con un área de 319.20 m2. e) La Corte Superior de Justicia de Junín, del predio "Centro Cívico", ubicado en la urbanización Curipata, Zona B, con un área de 1,396.90 m2. f) El Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Indus- trial - SENATI, de los Locales ex Centros Educativos CEP Túpac Amaru 31788 y CEI 3007 - Victoria Barcia Bonifatti, con un área de 6,031.21 m2. Artículo 2º.- La aceptación de la donación del bien a que se refiere el Artículo 1º para las entidades del Sector Públi- co, será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sec- tor al cual pertenece la entidad beneficiaria de la donación. Tratándose de la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya y del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, la aceptación de la donación de bienes será aprobada por los máximos órganos resolutivos de los mismos, quienes comunicarán su aceptación a CENTRO- MIN PERU S.A. en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 3595 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra resolución emitida por el Tribunal de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 106-2000-EM/SG Lima, 24 de marzo de 2000 Visto el Memorándum Nº 0157-00-EM/DEP, de fecha 22.3.00, de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 9.12.94, el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos - DEP/MEM, previa Licitación Pública Nº 053-94-EM/DEP, suscribió con el contratista M.B. CONTRATISTAS GENE- RALES S.A., el Contrato Nº 145-94-EM/DEP, para la eje- cución de la Obra: Líneas y Redes Primarias en 22.9/13.2 kV del Pequeño Sistema Eléctrico Ayacucho - Circuito II, en las provincias de Huamanga y Angaraes, departamen- tos de Ayacucho y Huancavelica, por un monto total de S/ . 2'874,220.74, incluido IGV, y un plazo de ejecución de 150 días calendario; Que, el Tribunal de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas mediante Resolución Nº 064/96.TL de fecha 15.6.96, recaída en el Expediente Nº 024.96.TL, resolviendo el Recurso de Revisión interpuesto por el Contratista, relacionado a su reclamo sobre reconocimiento y pago de mayores metrados de la Partida Nº 07: transporte de poste desde carretera a punto de izaje, lo declaró fundado en parte, disponiendo que la Entidad Contratante apruebe la magnitud de los metrados adicionales de la Partida Nº 07, así como el Presupuesto Adicional correspon- diente; Que, estando a lo resuelto por el Tribunal de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas mediante Resolución Nº 064/ 96.TL, por Resolución Directoral Nº 357-97-EM/DEP de fecha 18.7.97, la DEP/MEM, entre otros, aprobó, en vía de regularización, el Presupuesto Adicional Nº 02 por mayores metrados y obra complementaria, referido a la Partida Nº 07 y a la obra complementaria transporte de postes desde carretera a punto de izaje en forma manual, sin caminos de acceso, según metrado verificado mediante inspección reali- zada en obra y conforme al costo determinado mediante un análisis de costos unitarios incurridos en obras con simila- res características y el Presupuesto Adicional Nº 03 por mayores metrados que corresponden a la Línea Primaria 22.9/134.2 kV, y aprobó la Liquidación Final del Contrato de Obra Nº 145-94-EM/DEP, estableciendo un monto total de ejecución de S/. 2'931,030.52, incluido IGV, y un saldo a cargo del Contratista de S/. 117,933.83, por concepto de mayores pagos efectuados y multa por atraso en el término de la Obra; Que, la Resolución Directoral Nº 357-97-EM/DEP del 18.7.97 fue notificada notarialmente al Contratista en la misma fecha, mediante Oficio Nº 245-97-EM/DEP/OAL del 18.7.97, no ha- biendo sido ésta impugnada; Que, el Tribunal de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas, mediante Resolución Nº 187/97.TL de fecha 30.12.97, recaída en el Expediente Nº 146.97.TL, resolvien- do el Recurso de Revisión interpuesto por el Contratista, relativo a su reclamo sobre Licitación Final del Contrato de Obra Nº 145-94-EM/DEP, declaro válida la Resolución Di- rectoral Nº 357-97-EM/DEP que aprueba la Liquidación Final del Contrato y, pese a que había sido notificada al Contratista el 18.7.97, dispuso que le sea notificada nueva- mente, a lo que se dio cumplimiento mediante Oficio Nº 070- 98-EM/DEP-OAL del 24.2.98, recibido por el Contratista en la misma fecha; Que, el Contratista, mediante Carta Nº MB-061-98 de fecha 4.3.98, formuló Recurso de Apelación contra la Resolución Di- rectoral Nº 357-97-EM/DEP, observándola en diversos aspectos y solicitando se efectúen las correcciones respectivas, el mismo