Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2000 (05/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de MORDAZA de 2000

les; asimismo con fecha 24-1-97, se expidio la Licencia de demolicion Nº 4452; Que, mediante Informe Nº 006-97-OAI/MDSMP, del 6-397, la Oficina de Auditoria Interna realizo observaciones al procedimiento de aprobacion de la Licencia de Construccion, Licencia de Demolicion y Conformidad de Obra; por haberse llevado a cabo omitiendo requisitos tecnicos exigidos por Ley, dictaminando dicha Oficina que mediante Resolucion de Alcaldia se proceda anular la Licencia de Construccion Nº 4436 por existir duplicidad y haberse obtenido en forma irregular al incurrir en vicios administrativos por falta de documentacion a ley; Que, mediante Informe Nº 572-99-OAT/MDSMP, del 55-99 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la anulacion de la Licencia de Construccion en aplicacion del Art. 22º del D.S. Nº 25-94-MTC, que aprueba el Reglamento para el otorgamiento de la Licencia de Construccion, Control y Conformidad de Obra; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 704-99-AL/MDSMP, del 4-6-99 se dispuso anular la Licencia de Construccion Nº 4436, del 13-1-97, otorgada a favor de la Promotora Los Nogales Nº 444; Que, los hechos descritos fueron observados por el Organo de Control Interno, fueron calificados por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, las que llegaron a la conclusion que los ex funcionarios Arq. MORDAZA MORDAZA Cartulin y Arq. MORDAZA Ravello MORDAZA han incurrido en falta grave de caracter disciplinario infringiendo el Art. 28º inciso a) del D.Ley Nº 276. Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios dentro del plazo senalado en su Reglamento, ha cumplido con hacer el estudio y analisis del expediente administrativo, pronunciandose por la Instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios MORDAZA referidos, para que dentro de un debido MORDAZA y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su responsabilidad; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 47º de la Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios Arq. MORDAZA MORDAZA Cartulin, ex Jefe de la Division de Licencias de Construccion y al Arq. MORDAZA Ravello MORDAZA, ex Director de Servicios Administrativos por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Notificar a los ex funcionarios procesados en forma personal y/o a traves de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de la presente Resolucion para que dentro del termino de 5 (cinco) dias utiles presente su descargo y las pruebas que considere necesarios para su defensa, ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo Tercero.- Remitir los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para que proceda de acuerdo a sus atribuciones en el termino de Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 4580

solicitud verbal de ampliacion en el pleno del Concejo de fecha 31.3.2000, en lo referido a la clausura del Modulo de Servicios Higienicos ubicado en la Av. Zarumilla, MORDAZA Pocitos, por lo que deviene procedente la clausura del referido Modulo de Servicios Higienicos por cuanto su construccion es irregular y contravienen las formalidades y mecanismos establecidos por Ley para su funcionamiento, normas de caracter imperativo y de orden publico, en consecuencia, son de estricto cumplimiento; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 36º numeral 8 y 109º de la Ley Nº 23853; El Concejo Municipal, por unanimidad; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la clausura definitiva del Modulo de Servicios Higienicos ubicado en la Av. Zarumilla, MORDAZA Pocitos. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Servicios Comunales, Desarrollo MORDAZA y Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 4443

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 29-MSS Por Carta Nº 218-2000-SG-MSS, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA solicita publicar fe de erratas de la Ordenanza Nº 29-MSS, publicada en nuestra edicion del 30 de MORDAZA de 2000, en la pagina 186119. DICE: "Articulo Cuarto.- Pueden incluirse en la presente Ordenanza todo MORDAZA de deudas tributarias y no tributarias, en el estado que se encuentren, inclusive las deudas en cobranza coactiva, quedando exoneradas estas ultimas del pago de costas y gastos procesales. Los deudores de multas administrativas que se acojan a lo dispuesto en la presente Ordenanza, se beneficiaran con un descuento del 50% del valor nominal de su multa pendiente de pago. No sera requisito para acogerse al presente Fraccionamiento Especial el pago de Derecho Administrativo establecido en el item 2.04 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por la Ordenanza Nº 06-99-MSS". DEBE DECIR: "Articulo Cuarto.- Pueden incluirse en la presente Ordenanza todo MORDAZA de deudas tributarias y no tributarias, en el estado que se encuentren, inclusive las deudas en cobranza coactiva, quedando exoneradas estas ultimas del pago de costas procesales y gastos administrativos. Los deudores de multas administrativas que se acojan a lo dispuesto en la presente Ordenanza, se beneficiaran con un descuento del 50% del valor nominal de su multa pendiente de pago." 4993 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 594-2000-RASS Por Carta Nº 218-2000-SG-MSS, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA solicita publicar fe de erratas de la Resolucion de Alcaldia Nº 594-2000-RASS, publicada en nuestra edicion del 28 de MORDAZA de 2000, en la pagina 186050. En la Resolucion, donde corresponda DICE: "La empresa M y S S.A." DEBE DECIR: "La empresa Inversiones M y S S.A." 4992

Clausuran modulo de servicios higienicos ubicado en el distrito
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 018-2000 San MORDAZA de Porres, 31 de marzo de 2000 Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo del ano 2000, el Dictamen Ampliatorio referido al Dictamen Nº 001-2000-CAL; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Concejo Nº 002-2000/ MDSMP del 24.2.2000, se dispuso declarar infundada la nulidad deducida por la Empresa JUJARU E.I.R.L., contra la R.A. Nº 1715-99; en consecuencia disponer la demolicion del area construida en la Av. Zarumilla, MORDAZA Pocitos por contravenir dispositivos legales pertinentes; Que, se hace necesario ampliar la Resolucion de Concejo acotada en el considerando precedente teniendo en cuenta la

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