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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2000 (18/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 186735 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de mayo de 2000 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a WINSTAR DEL PERU S.R.L. concesión para la explotación del servicio público porta- dor local por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende la provincia de Lima, del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con WINSTAR DEL PERU S.R.L. para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente Resolu- ción Ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de concesión, WINSTAR DEL PERU S.R.L. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el con- trato de concesión no es suscrito por la empresa solicitan- te en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5493 Establecen restricciones en el otorga- miento de concesiones y autorizacio- nes para establecer estaciones radioeléctricas en áreas próximas a Estaciones de Comprobación Técnica RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2000-MTC/15.03 Lima, 16 de mayo de 2000 CONSIDERANDO: Que, son funciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción en materia de telecomunicaciones, entre otras, el otorgar y revocar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias y con- trolar su correcta utilización, así como organizar el sistema de control, monitoreo e investigación del espec- tro radioeléctrico, de conformidad con lo establecido en el Artículo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción efectúa comprobaciones técnicas de las emisiones radioeléctricas, a fin de velar por el correcto funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones que utilizan el espectro radioeléc- trico y garantizar la racional utilización de dicho espectro, habiendo adquirido con tal propósito un Sistema de Gestión y Control del Espectro Radioeléc- trico a Nivel Nacional, lo cual va a requerir de la implementación de Estaciones de Comprobación Téc- nica en diferentes ciudades del país; Que, a fin de que el indicado Sistema pueda cumplir eficazmente sus funciones, es necesario establecer res- tricciones en el otorgamiento de concesiones, autori- zaciones y permisos para la instalación de estaciones radioeléctricas, en un radio de 500 metros respecto a las Estaciones de Comprobación Técnica; Que, tratándose de estaciones radioeléctricas que se encuentran en la fecha en la referida zona de guardaradioeléctrica es preciso señalar un procedimiento a efectos que sus titulares, procedan a efectuar los cambios de emplazamiento de las estaciones, sólo en caso necesa- rio; Que, estando a las consideraciones antes expuestas, resulta necesario expedir la norma pertinente; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificatorias y el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción no otorgará concesio- nes, autorizaciones, permisos ni licencias para estable- cer estaciones radioeléctricas de los diferentes servicios de telecomunicaciones, en las proximidades de las Estacio- nes de Comprobación Técnica que forman parte del Sistema de Gestión y Control del Espectro Radioeléctri- co, en un radio de 500 metros, cuyas ubicaciones se detallan a continuación: LIMA: 1. Estación Central: Av. Arnaldo Márquez Nº 1515 (Esquina Jr. Mello Franco Nº 300 y Av. Arnaldo Márquez Cdra. 15), distrito de Jesús María Coordenadas: L.S. 12° 04' 21" L.O. 77° 02' 56" 2. Estación San Cristóbal: Cota 375 Cerro Pendiente SO, San Cristóbal, distrito del Rímac Coordenadas: L.S. 12° 01' 55" L.O. 77° 00' 57" 3. Estación Camacho: Cota 343 Cerros de Camacho, distrito de Santiago de Surco Coordenadas: L.S. 12° 05' 18" L.O. 76° 57' 36" PROVINCIAL CONSTITUCIONAL DEL CALLAO : 4. Estación Hospital Carrión: Azotea del Hospital Daniel A. Carrión, Av. Guardia Chalaca Nº 2140, distrito de Bellavista. Coordenadas: L.S. 12° 03' 33" L.O. 77° 07' 18" AREQUIPA: 5. Estación Regional AREQUIPA: Calle Los Pinos Nº 100 (Esquina Av. Kennedy Cdra. 16 y calle Los Pinos), distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. Coordenadas: L.S. 16° 25' 18.5" L.O. 71° 30' 28.6" CUSCO: 6. Estación Regional CUSCO: Av. Micaela Bastidas Nº 480, distrito de Huanchac, provincia y departamento del Cusco. Coordenadas: L.S. 13° 31' 26.8" L.O. 71° 57' 45.6" TRUJILLO: 7. Estación Regional TRUJILLO: Av. Moche Nº 452 (Esquina Av. Moche y Jr. Costa Rica), distrito, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Coordenadas: L.S. 08° 07' 03.3" L.O. 79° 01' 29.4"