TEXTO PAGINA: 31
Pág. 186741 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de mayo de 2000 presentar un Informe a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, sobre la actividad desarrollada. Artículo Tercero.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima para que dicte las medidas jurisdiccionales y administrativas necesa- rias para el Cumplimiento de la presente Resolución, incluyendo la autorización para la asistencia del personal auxiliar y administrativo que laborará en el Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigan- cho. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General y Gerencia Central de la Reforma disponer las acciones administrativas que sean necesarias para el cumpli- miento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolu- ción al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima y a los correspondientes órganos de línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 5533 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1132-CME-PJ Lima, 17 de mayo del 2000 VISTO: El Informe de la Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva y documentos adjuntos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron am- pliadas, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su reorganización y reestructuración integral en lo referente al Despacho Judicial, entre otras materias; pudiendo adoptar acuerdos y medidas necesa- rias para que los órganos jurisdiccionales funcionen con la debida celeridad y eficiencia; Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 018-CME- PJ, esta Comisión está facultada para crear, modificar, reubicar y/o suprimir los órganos jurisdiccionales que se requiera para lograr la eficiencia del servicio de justicia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF, del 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento de Acceso a la Justicia, cuyo Artículo 2º señala que el Poder Judicial es el Organismo Ejecutor del Programa de Mejoramiento de Acceso a la Justicia; Que, conforme al contrato suscrito entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID Nº 1061/OC/PE, es necesario cumplir con las metas y objetivos trazados en el mismo; Que, uno de los principales postulados de la reforma emprendida, es el de acercar la Justicia a la población alejada de las sedes de Corte, mejorar el funcionamiento de los Juzgados de Paz Letrados y Especializados y/o Mixtos, con tecnología y nuevo sistema de trabajo, así como establecer centros de atención que comprendan a Jueces, Fiscales, Abogados, Defensores de Oficio, Consul- torios Jurídicos y otros funcionarios pertenecientes al Sistema Judicial; Que, para el logro de dichos objetivos, se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulo Básico deJusticia", cuya implantación se tiene prevista en diver- sos Distritos Judiciales del país; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE- TP-CME-PJ, se aprobó el Diseño Personalizado de los vein- tidós (22) Módulos Básicos de Justicia correspondientes a la Primera Etapa y con Resolución Administrativa Nº 530-SE- TP-CME-PJ se aprobaron los Manuales de Organización y Funciones en sus componentes de Administración, Centro de Distribución y Poder Judicial de los veintidós (22) y veinticinco (25) Módulos Básicos de Justicia de la Primera y Segunda Etapa, respectivamente; Que, estando por implantarse los primeros doce (12) Módulos Básicos de Justicia en diez (10) Distritos Judiciales, y siendo necesario un conocimiento integral del Proyecto de Mejoramiento de Acceso a la Justicia y del funcionamiento de los mismos por parte de los señores Magistrados que desempeñan sus funciones en dichos Módulos, con el fin de apoyar su implantación y puesta en marcha, a efecto de lograr un eficiente servicio a la población beneficiada; Que de conformidad con las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, Resolucio- nes Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032-CME-PJ, y lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la participación de los siguientes señores Magistrados que se mencionan a continuación pertenecientes a la Corte Superior de Jus- ticia del Callao, en el "Curso de Capacitación sobre la puesta en marcha de los Módulos Básicos de Justicia", a realizarse en la ciudad de Lima, los días 18 al 20 de mayo del año en curso. DRA. ELIZABETH CONSUELO ULFE HERRERA DR. ROMAIN GAMBINI ASCENCIOS Artículo Segundo.- Conceder licencia con goce de haber los días 18 y 19 de mayo del 2000, a los Magistrados mencionados en el artículo anterior, los mismos que deberán presentar un Informe a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, sobre la actividad desarrollada. Artículo Tercero.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao para que dicte las medidas jurisdiccionales y administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución, inclu- yendo la autorización para la asistencia del personal auxiliar y administrativo que laborará en el Módulo Básico de Justicia de Ventanilla. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General y Gerencia Central de la Reforma disponer las acciones administrativas que sean necesarias para el cumpli- miento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolu- ción a la Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao y a los correspondientes órganos de línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 5534 Establecen disposiciones relativas a la expedición de certificados de antece- dentes penales, para peruanos que se encuentren en situación irregular en el Reino de España RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1133-CME-PJ Lima, 17 de mayo del 2000