Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2000 (01/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
DECRETOS DE URGENCIA
LEY Nº 27363

http://www.editoraperu.com.pe Pag. 194531

"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, miercoles 1 de noviembre de 2000 ANO XVIII - Nº 7436

CONGRESO DE LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Crean Sistema de Pago de Obligaciones Fiscales aplicable a agentes economicos del agro que realicen venta de arroz
DECRETO DE URGENCIA Nº 102-2000 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 27350 se ha creado el Impuesto Especial a las Ventas que grava con la tasa del 4% la venta en el MORDAZA o la importacion de arroz en todas sus variedades; Que resulta conveniente establecer un Sistema de Pago de Obligaciones Fiscales que permita a los agentes economicos del agro que realicen la venta de arroz, facilitar y simplificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: DEFINICIONES Articulo 1º.- Para efecto de lo dispuesto en la presente MORDAZA se tomara en cuenta las siguientes definiciones: Ley : Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias. Arroz : Arroz en todas sus variedades. SUNAT : Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. IEV : Impuesto Especial a las Ventas. Cuando se haga referencia a un articulo, sin mencionar el dispositivo legal al cual corresponde, se entendera referido a la presente norma. SISTEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES FISCALES POR TRANSFERENCIA DE ARROZ Articulo 2º.- Crease un Sistema de Pago de Obligaciones Fiscales con el Gobierno Central mediante el cual los sujetos que se designen a traves de Resolucion de la SUNAT, deberan detraer por la transferencia de Arroz, gravado con el IEV, un porcentaje equivalente al cuatro por ciento (4%) del valor de venta de dicho producto y depositarlo, en calidad de pago a la SUNAT, en las agencias bancarias autorizadas. En caso que los vendedores reciban el integro del precio de venta, sin haberse acreditado el deposito bancario a que se refiere el parrafo anterior, estos quedan obligados a efectuar dicho deposito. Igual obligacion se

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 6º DE LA LEY DE CONCILIACION
Articulo Unico.- Objeto de la Ley Modificase el Articulo 6º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, por el siguiente texto: "Articulo 6º.- Caracter obligatorio La conciliacion es un requisito de procedibilidad necesariamente previo a los procesos a los que se refiere el Articulo 9º. La conciliacion extrajudicial no es obligatoria cuando la parte emplazada domicilia en el extranjero, asi como en los procesos contencioso-administrativos, en los procesos cautelares, de ejecucion y de garantias constitucionales." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de octubre de dos mil. MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA TREVINO Presidenta del Congreso de la Republica LUZ MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de octubre del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 12572

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