Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2000 (17/11/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2000

mente caer gradualmente hasta desaparecer en 1996. El 30.6% de las desapariciones ocurrieron durante la MORDAZA administracion del Presidente Belaunde MORDAZA, el 41.8% durante el gobierno del Presidente MORDAZA MORDAZA y el 27.6% durante los seis primeros anos de gobierno del Presidente Fujimori. De acuerdo a la informacion disponible fue el Ejercito Peruano a quien los familiares de los desaparecidos atribuyeron con mayor frecuencia la responsabilidad de la detencion de sus seres queridos. En efecto, en el 61.4% de los casos sobre los que existe informacion del presunto agente responsable fue el Ejercito el responsable de la detencion. En el 10.7% de casos, unidades combinadas de las Fuerzas Armadas y de los Comites de Autodefensa intervinieron en la detencion. En 7.4% de casos fueron las rondas y los Comites de Autodefensa los responsables de la misma. Es preciso advertir que estos procedian a poner al detenido a disposicion de la autoridad militar inmediatamente despues de la detencion. En un 5.6% de casos, la detencion fue responsabilidad de la MORDAZA de Guerra. Segun la misma informacion, la Policia Nacional del Peru fue responsable del 12.4% de las detenciones de presuntos desaparecidos. Finalmente, las denuncias estudiadas refieren la existencia de 50 secuestros, con posterior asesinato, atribuidos a las organizaciones subversivas, 45 de ellos a Sendero Luminoso y 5 al MRTA, lo que en conjunto representa el 1.4% del universo de analisis. A modo de conclusion, es preciso llamar la atencion sobre la vulnerabilidad de las presuntas victimas, en su mayoria jovenes campesinos andinos y quechua hablantes, asentados en las zonas rurales mas pobres del pais. Ello es indicador de que la desaparicion forzada se aplico con una cierta selectividad derivada del sector social de las presuntas victimas. El desarrollo territorial de la practica distingue la experiencia peruana de otras en el MORDAZA sur en el que los escenarios de las desapariciones son fundamentalmente urbanos, pero la acerca a la experiencia de Colombia y de los paises centroamericanos. La informacion disponible permite inferir una relacion directa entre la actividad militar de los grupos subversivos, el desarrollo de escenarios de confrontacion armada, la declaratoria de estados de emergencia, la instalacion de comandos politicomilitares a cargo de las Fuerzas Armadas y la practica de la desaparicion forzada de personas. En efecto, no existe un solo departamento en que ocurriera la desaparicion forzada fuera de este MORDAZA normativo especial. Los presuntos agentes directos o indirectos de la detencion fueron, de acuerdo a la informacion disponible, miembros de las fuerzas del orden. De confirmarse esto y considerando la estructura jerarquica de estas fuerzas y la magnitud del fenomeno, seria posible concluir que las desapariciones forzadas respondieron a las estrategias disenadas por las instancias de mando, como ocurrio en otros paises de la region. Cuarto.- Otras MORDAZA para la investigacion de la desaparicion forzada de personas en el Peru.- La informacion proporcionada a la Defensoria del Pueblo por instituciones nacionales e internacionales de derechos humanos ha permitido determinar que estas instituciones tienen registradas como presuntas victimas de desaparicion forzada a personas no incluidas en la documentacion transferida por el Ministerio Publico a la Defensoria del Pueblo. En efecto, se trata de un numero significativo de personas que asciende a 2342, cuyos nombres se incluyen en los anexos del informe y que deberan ser verificados con sus familiares y por las autoridades en una fase posterior de la investigacion, a efectos de determinar su actual situacion juridica. Quinto.- La labor del Ministerio Publico a la luz de la investigacion defensorial.- Con el objeto de analizar el alcance de las investigaciones llevadas a cabo por el Ministerio Publico, la Defensoria del Pueblo ­con la colaboracion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru- diseno una muestra de 724 denuncias por desaparicion forzada para evaluar el tramite que se les dio a las mismas. Esta muestra representa alrededor del 18% del total de las denuncias de desaparicion forzada recibidas por el Ministerio Publico, a quien por mandato de la ley correspondia averiguar el paradero de la persona supuestamente detenida e identificar a los responsables de su privacion de libertad. Existen tres actuaciones principales en la tramitacion de este MORDAZA de denuncias: la verificacion in situ de la detencion, el requerimiento escrito de informacion y la toma de manifestacion a los posibles testigos o a los supuestos responsables. Del analisis de la muestra se concluye que en el 33% de las denuncias el Ministerio Publico no llevo a cabo ningun MORDAZA de actuacion. En el 66% de casos restantes, el promedio fue de dos actuaciones por denuncia. Mas del 75% de estas fueron requerimientos escritos de informacion, lo que constituye una actuacion fundamentalmente administrativa. Considerando que las investigaciones duraban en promedio entre uno y dos anos, la actividad de investigacion fue realmente muy escasa, tanto cuantitativa como cualitativamente. La actuacion mas importante en la investigacion de denuncias por desaparicion forzada es la verificacion que los representantes del Ministerio Publico realizan in situ, las que deben ser personales y directas con el objeto de constatar la detencion de la victima, las condiciones de su detencion y, eventualmente, obtener su libertad. Dada la gravedad de una denuncia de este

MORDAZA y la importancia de intervenir lo mas pronto posible ante la autoridad responsable, para que cese la violacion de los derechos vulnerados por esta practica, la verificacion debe realizarse inmediatamente despues de recibida la denuncia. En el 82% de las denuncias el Ministerio Publico no llevo a cabo una verificacion de la detencion. En aquellos pocos casos en las que si lo hizo, solo una cuarta parte de las verificaciones tuvieron lugar el mismo dia en que se interpuso la denuncia, en el 42% dentro de los 15 dias siguientes y en el 23% restante despues de los 15 primeros dias. La verificacion promedio se llevo a cabo 34 dias despues de haber sido interpuesta la denuncia por desaparicion forzada. Redundo negativamente en el ejercicio de esta facultad fiscal la negativa de las autoridades, principalmente militares, de facilitar el acceso a los centros de detencion. De otra manera no se puede entender la promulgacion en septiembre de 1991 del Decreto Legislativo Nº 665 que autorizo a los fiscales a ingresar a los centros de detencion ubicados en las zonas de emergencia. Esta MORDAZA solo tiene sentido si el acceso fiscal a dichos establecimientos no existia, o dependia de la voluntad de las autoridades. Es igualmente MORDAZA de mencionar, la presion a la que se vieron sometidos los miembros del Ministerio Publico y del Poder Judicial que, como es de conocimiento publico, fueron objeto de amedrentamiento y lamentables atentados por parte de los grupos terroristas. Los resultados de la verificacion no fueron mas alentadores, pues en el 54% de los casos MORDAZA no permitio determinar la ubicacion de la presunta victima ni su lugar de detencion; en el 25% la autoridad solo pudo confirmar la detencion; en el 11% tomar conocimiento del lugar de detencion y de los agentes responsables, sin ver personalmente al afectado; y, en el 6% presumir la muerte de la presunta victima. En dos de cada tres casos estudiados el Ministerio Publico requirio informacion por escrito a diversas instituciones para establecer si la persona habia sido detenida y para ubicar su paradero. En uno de cada tres casos el Ministerio Publico ni siquiera cumplio con llevar a cabo esta, la mas sencilla y rutinaria de todas las actuaciones fiscales. En poco mas de la mitad de los casos en que lo hizo, recibio respuestas normalmente escuetas denegando la detencion. La toma de manifestaciones a los testigos, a la victima y eventualmente a la autoridad responsable constituye otra actuacion importante del Ministerio Publico en la investigacion de las desapariciones forzadas. No obstante, solo en el 18% de los casos el fiscal tomo por lo menos una manifestacion, generalmente al propio denunciante. En sintesis, la labor del Ministerio Publico se limito en gran medida a registrar las denuncias de desaparicion forzada, pero no se tradujo en diligentes actuaciones destinadas realmente a ubicar a los supuestos desaparecidos. Las actuaciones realizadas fueron predominantemente documentales y esencialmente formales y administrativas, lo que revelaria no solo un distanciamiento y una falta de sensibilidad con los hechos investigados sino una cierta paralisis institucional, derivada de la precariedad de recursos y de un contexto de militarizacion en el que las instituciones del Estado de derecho solo podian operar muy limitadamente y con MORDAZA restricciones. No obstante lo anterior, es preciso reconocer que existieron fiscales probos y valientes que en ese dificil contexto cumplieron cabalmente con sus funciones, como el caso de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pineda. Sexto.- Las secuelas de la desaparicion forzada y los familiares de las victimas.- La desaparicion forzada en el Peru no solo afecto a sus victimas directas, sino muy especialmente a sus familiares. En base a las entrevistas con 23 de ellos se ha podido reconstruir el devastador efecto que la desaparicion forzada tuvo en ellos. El caracter extremadamente violento de la detencion del ser querido constituyo el primer impacto al que los familiares fueron expuestos. Muchos de ellos la presenciaron personalmente y pudieron ser testigos de los maltratos y humillaciones de los captores contra la victima y en la mayoria de los casos fueron ellos mismos objeto de tales maltratos y humillaciones, de amenazas contra su MORDAZA si denunciaban el hecho e incluso de robos contra la propiedad familiar. MORDAZA de haber podido reponerse al impacto de la detencion, los atemorizados y adoloridos familiares debieron de iniciar el largo, doloroso y en la mayoria de los casos infructuoso MORDAZA de la busqueda del ser querido. Se enfrentaron asi con la paradoja de que las instituciones encargadas de velar por su seguridad, eran las responsables de vulnerar sus derechos. Tal circunstancia, asi como el estigma de ser familiar de un "subversivo", contribuyo a agudizar en las familias de las victimas, mayoritariamente de origen campesino, quechua hablantes y muy pobres, su tradicional sensacion de indefension y desamparo. Ante la ausencia de interlocutores publicos dispuestos a brindar apoyo y proteccion, la busqueda se convirtio en un MORDAZA escenario de maltratos y crueldades, caracterizado por la negativa de las autoridades a brindar cualquier informacion sobre el paradero de la victima y mucho menos a colaborar en su ubicacion. La busqueda en muchos casos incluyo la visita a los paramos y quebradas en los que se arrojaban los cadaveres de los desaparecidos. Para los familiares la arbitrariedad e injusticia de la desaparicion no se configuro solamente porque la detencion fuera ilegal y violenta, sino por la MORDAZA de la victima.

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