Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2000 (17/11/2000)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2000

Articulo 1º.- Constituyase la Comision responsable de elaborar y proponer a la Alta Direccion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el Anteproyecto del Reglamento de Transporte de Residuos Peligrosos, la cual debera entregar su informe final en un plazo de treinta (30) dias calendario. Articulo 2º.- La Comision a que se contrae el articulo anterior estara integrada por: - La Directora General de Medio Ambiente del Viceministerio de Vivienda y Construccion, quien la presidira; - Un representante del Viceministerio de Transportes - Un representante de la Direccion General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud (DIGESA) - Un representante de la Direccion de Asuntos Ambientales del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales (MITINCI) - Un representante de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energia y Minas (MEM) - Un representante del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) Articulo 3º.- La Comision procurara que el Reglamento responda a los objetivos compartidos y roles diferenciados de cada uno de los organismos involucrados en el tema y la aplicacion de la norma. Para ello, sus integrantes proporcionaran la informacion tecnica y estadistica relacionada con materiales y residuos peligrosos que posea cada uno de los sectores a los que representan. De igual manera, propondran los requerimientos tecnicos y condiciones de seguridad que consideren apropiados, asi como los planes de contingencia, documentacion, sistemas de control, capacitacion y participacion intersectorial necesarios para el transporte de residuos peligrosos. Articulo 4º.- Para el cabal cumplimiento de su labor, la Comision podra recoger la opinion, aportes y sugerencias de organismos e instituciones tanto publicos como privados, asi como de profesionales expertos en la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 13115

otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", expidiendo en el presente procedimiento la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley N° 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente de acuerdo a lo senalado en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la referida Ley; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a SERVICIOS AEREOS TARAPOTO E.I.R.L., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial ­ Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MORDAZA MORDAZA II. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: AREQUIPA. - Atico. Ayo, MORDAZA, MORDAZA Union, Campamento MORDAZA Majes, Chala, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vitor/San MORDAZA, Caraveli, MORDAZA Acari. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Huarmey/Culebras (Privado). DEPARTAMENTOS: ICA, MORDAZA Y HUANCAVELICA - Nasca, Ocucaje, Palmapampa, MORDAZA, San MORDAZA de Marcona (Privado). DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Cartavio (Privado), MORDAZA Grande (Privado), Chagual (Privado), MORDAZA, Pacasmayo. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, TACNA Y MORDAZA - Ilo, MORDAZA, Tacna. DEPARTAMENTOS: TUMBES Y MORDAZA - Bayobar (Privado), Colan (Privado), Tumbes, Talara, MORDAZA, Huancabamba. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y PASCO - Codo del Pozuzo, MORDAZA MORDAZA, Llulla Pichis, Tingo MORDAZA, MORDAZA del Pozuzo, MORDAZA MORDAZA, Alto Pichinaqui, Anapati (Privado), Aoti, Ashaninga, Coriri, Cutivireni, Chichireni, Mazamari/Manuel MORDAZA, Potsateni, Poyeni, Puerto Ocopa, Quempiri, San MORDAZA, Santaro, Tsomaveni, Uchubamba, Iscozacin, Oxapampa. MORDAZA Constitucion, Shiringamasu, MORDAZA MORDAZA, Esperanza/Amuesha, Pueblo Libre del Codo, Anacayali (Privado), Cahuapanas, Puerto Chuchurras (Privado), Tournavista (Privado). DEPARTAMENTO: MORDAZA - Abejaico (Privado), Anatico (Privado), Andoas (Privado), Angamos, Bellavista/Jeberos, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, Corrientes (Privado), El Estrecho, Intuto, Iquitos/Coronel MORDAZA Secada V., Iquitos/ Antigua, Lagunas (Privado), Lisboa (Privado), MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Paranapura, MORDAZA, San MORDAZA, Sillay, Yurimaguas. DEPARTAMENTOS : MORDAZA, MORDAZA Y MORDAZA DE MORDAZA - Camisea, MORDAZA ( Privado), Huaypetue (Privado), Iberia, Inapari, Kiteni (Privado), Kompiro-shiato, Mantaro, MORDAZA (Privado), Mazuko, Miaria, Miparia, Montecarmelo, MORDAZA MORDAZA ( Privado), Oviri Pacria/ Nueva Luz, Patria, Picha, Puerto MORDAZA, Quincemil, MORDAZA / San Francisco.

Otorgan permiso de operacion a Servicios Aereos Tarapoto E.I.R.L. para prestar servicios de transporte aereo no regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 274-2000-MTC/15.16 MORDAZA, 6 de noviembre del 2000. Vista la solicitud de SERVICIOS AEREOS TARAPOTO E.I.R.L., sobre Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum N° 243 ­ 2000MTC/ 15.16 . 02, emitido por la Oficina de Asesoria Legal; Memorandum N° 0366-2000-MTC/15.16.06, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; Memorandum N° 346-2000MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdireccion de Aeronavegabilidad; Memorandum N° 387-2000-MTC/15.16.05.3, emitido por la Subdireccion de Operaciones; MORDAZA de Inscripcion, emitida por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en el Reglamento vigente de acuerdo a lo senalado en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la referida Ley; y las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 25035 y el Decreto Legislativo N° 757; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9°, literal g) de la Ley N° 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para

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