Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2000 (17/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2000

cion de MORDAZA Corporacion de Credito Banco, con las atribuciones contenidas en la Resolucion SBS Nº 455-99 del 25 de MORDAZA de 1999 y las facultades de poder general y especial contenidas en los Articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil concordantes con el Articulo 368º de la Ley General, quien asumira la representacion y administracion de la mencionada empresa en liquidacion, sin que sea necesario el otorgamiento de poder por Escritura Publica ni por acta ante juez u otra autoridad. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion de los senores MORDAZA MORDAZA Villacampa y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representantes de la Superintendencia de Banca y Seguros en MORDAZA Corporacion de Credito Banco en Liquidacion, en la fecha en que se efectue la transferencia del cargo encomendado. Asimismo, a partir de esa misma fecha se deja sin efecto el Articulo MORDAZA de la Resolucion SBS Nº 392-2000, consecuentemente se les revoca los poderes otorgados a dichas personas. Articulo Tercero.- Encomendar al senor MORDAZA Mandriotti MORDAZA, Superintendente Adjunto de Administracion General, la suscripcion del Contrato de Locacion de servicios con el Banco Wiese Sudameris. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Autorizar a AFP Horizonte el cierre de sus agencias ubicadas en la Av. D, Nº 302, Centro Civico de Talara, distrito de Talara, provincia y departamento de MORDAZA, y en la MORDAZA Sucre Nº 559, Callao, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima. Articulo 2º.- Dejar sin efecto los Certificados de Autorizacion de Apertura de Agencias Nº HO-026 y HO-034. Articulo 3º.- AFP Horizonte, a efecto del cierre de las agencias que se autoriza por la presente resolucion, debera dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo 14º del Titulo III del Compendio, aprobado por Resolucion Nº 053-98-EF/ SAFP. Articulo 4º.- AFP Horizonte debera brindar las facilidades del caso que garanticen un optimo nivel de atencion a los afiliados, empleadores y publico en general, que dependian de las agencias cuyo cierre se autoriza por la presente resolucion. Articulo 5º.- La presente resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 13168

MORDAZA MORDAZA QUIROGA Presidenta de la Comision de Transferencia SAFP - SBS 13116

Aprueban Indices Unificados de Precios para las seis areas geograficas Autorizan a AFP Horizonte el cierre de correspondientes al mes de octubre agencias ubicadas en las provincias del ano 2000 de MORDAZA y Callao RESOLUCION JEFATURAL
Nº 284-2000-INEI RESOLUCION Nº 082-2000/CT-SAFP-SBS MORDAZA, 6 de noviembre de 2000 VISTOS: La solicitud de AFP Horizonte ingresada el 31 de octubre de 2000, con registro 079410, las resoluciones Nº 147-96EF/SAFP y 552-98-EF/SAFP de fechas 96.3.26 y 98.12.22, respectivamente, y el Memorandum Nº 330-2000/SAFP.3 de la Gerencia de Control de Inversiones, Instituciones y Prestaciones. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 147-96-EF/SAFP del 96.03-26, se autorizo a la AFP Horizonte el cambio de direccion de su agencia ubicada en la MORDAZA Sucre Nº 593-595, Callao, Provincia Constitucional del Callao, departamento de MORDAZA, a la MORDAZA Sucre Nº 559, misma localidad; Que, mediante Resolucion Nº 552-98-EF/SAFP del 98.12-22, se autorizo a AFP Horizonte, entre otros, el cambio de direccion de su agencia ubicada en la Av. Grau Nº A-77-B, distrito y provincia de Talara, departamento de MORDAZA, a la Av. D, Nº 302, Centro Civico de Talara, en la misma ciudad; Que, mediante la comunicacion de Vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autorice el cierre de sus agencias senaladas en los considerados que anteceden; Que, la citada AFP fundamenta su pedido en el hecho que existe poca afluencia de afiliados a las citadas agencias, generando costos innecesarios, por lo cual ha implementado mecanismos que permiten la atencion de afiliados y empleadores sin que estos tengan la necesidad de trasladarse desde sus domicilios hacia los puntos de atencion de la AFP, por lo que la sinergia producida por el citado cierre no perjudicara la calidad del servicio que brinda; Que, mediante Ley Nº 27328 se ha incorporado a las AFP bajo el control y supervision de la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, el Articulo 2º de la Resolucion SBS Nº 500-2000 ha facultado a la Comision de Transferencia SAFP-SBS a asumir todas las funciones que corresponden al Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Nº 26702, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97EF, la Ley Nº 27328, la Resolucion SBS-500-2000, la Resolucion SBS-552-2000, el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 220-92-EF, asi como por el Titulo III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP, y por acuerdo de la Comision de Transferencia SAFP-SBS; MORDAZA, 15 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), las funciones de elaboracion de los Indices Unificados de Precios para la aplicacion de las Formulas Polinomicas de Reajuste Automatico de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 02-10-2000-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios para las seis (6) Areas Geograficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de octubre del 2000 y que cuenta con la aprobacion de la Comision Tecnica del INEI; Que, en consecuencia, es necesario aprobar dichos Indices, y la publicacion del Boletin Mensual que contiene la informacion oficial de los Indices Unificados de Precios; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis (6) Areas Geograficas correspondientes al mes de octubre del 2000, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geograficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes: Area 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San MORDAZA Area 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica Area 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali Area 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna Area 5: MORDAZA Area 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Articulo 3º.- Los Indices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construccion, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fabrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

COMISION DE TRANSFERENCIA SAFP-SBS

INEI

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