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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (05/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 193684 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de octubre de 2000 SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Benjamín Galarza Cuba con el Nº N-3458 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superinten- dencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11304 RESOLUCION SBS Nº 662-2000 Lima, 27 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Edgar Hilario Jung- bluth Muñoz para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natura- les del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviem- bre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Edgar Hilario Jungbluth Muñoz con el Nº N-3461 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natu- rales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11306 RESOLUCION SBS Nº 696-2000 Lima, 29 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Miguel Angel Andrade León para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviem- bre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y,En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolu- ción SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Mi- guel Angel Andrade León con el Nº N-3448 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11327 ADUANAS Aprueban el Estatuto de la Superin - tendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 001491 Callao, 4 de octubre de 2000 CONSIDERANDO: Que la Tercera Disposición Complementaria de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809 del 18 de abril de 1996, faculta a la Superintendencia Nacional de Aduanas para aprobar o modificar la estructura orgánica, el Estatuto y otros reglamentos internos de ADUANAS, así como para expedir las disposiciones complementarias necesarias para el mejor cumplimiento de la mencionada Ley y su Reglamento; Que de conformidad con la mencionada facultad, el Estatuto de ADUANAS fue aprobado y modificado respecti- vamente por las Resoluciones de Superintendencia de Adua- nas Nº 001223 del 24 de noviembre de 1999, 000320 del 23 de febrero del 2000 y 000612 del 17 de abril del 2000; Que es necesario aprobar el nuevo texto del Estatuto de ADUANAS, para efectos de facilitar su aplicación por el personal aduanero y operadores del comercio exterior; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto de ADUANAS, Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000021 del 13 de enero de 1997 y modificatorias, facultad otorgada por la Tercera Disposición Complementaria de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809 y Resolución Suprema Nº 168-99-EF del 22 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBESE el Estatuto de la Superin- tendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS - que forma parte de la presente Resolución y que consta de siete (7) Títulos, treinta y tres (33) Artículos y dos (2) Disposiciones Comple- mentarias. Artículo 2º.- DEJESE sin efecto la Resolución de Super- intendencia de Aduanas Nº 001223 del 24 de noviembre de 1999 y sus modificatorias que se indican en el segundo consi- derando de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO RAMIREZ SALOMON Superintendente Nacional de Aduanas ESTATUTO DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCE Artículo 1º.- El presente Estatuto norma la naturaleza, finalidad y funciones de la Superintendencia Nacional de