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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (05/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 193674 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de octubre de 2000 De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa ALLIANCE S.A.C., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en la Banda de VHF, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda: III Video: 199.25 MHz Audio: 203.75 MHz Canal :11 Indicativo :OCY-3U Potencia :Video: 2 Kw Audio: 0,2 Kw Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de la Planta Retransmisora :Esquina Av. 28 de Julio y Pasa- je Los Laureles Mz. A-02, Lote 01, Urb. Miraflores Alto, distri- to Chimbote, provincia Santa, departamento Ancash. Coordenadas: L.O. 78° 35' 32" L.S. 09° 04' 17" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La empresa ALLIANCE S.A.C. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modi- ficar sin autorización previa de este Ministerio las caracterís- ticas a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCIA TORRES Viceministro de Comunicaciones 11294 Aprueban transferencia de concesio- nes para prestación de servicios públi- cos portadores local y de larga distan- cia, a favor de Diveo Telecomunicacio- nes del Perú S.R.L. RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 335-2000-MTC/15.03 Lima, 8 de setiembre de 2000 Vista, la solicitud formulada por las empresas TELLINK S.A. y DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., para la aprobación de la transferencia de las concesiones otorgadas a la empresa TELLINK S.A. a favor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 196-99-MTC/ 15.03, se otorgó a favor de la empresa TELLINK S.A. la concesión para la prestación del servicio público portador local, asignándose el espectro radioeléctrico para la prestación del servicio por Resolución Viceministerial Nº 225-99-MTC/ 15.03; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 225- 99-MTC/15.03, se otorgó a favor de la empresa TELLINK S.A. la concesión para la prestación de los servicios públicos porta- dores de larga distancia nacional e internacional, asignándose el espectro radioeléctrico para la prestación de los servicios por Resolución Viceministerial Nº 224-99-MTC/15.03;Que, las empresas TELLINK S.A. y DIVEO TELE- COMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., solicitan se autorice la transferencia de las concesiones otorgadas a la empresa TELLINK S.A. por Resoluciones Ministeriales Nºs. 196-99- MTC/15.03 y 225-99-MTC/15.03; así como las asignaciones del espectro radioeléctrico aprobadas por Resoluciones Viceminis- teriales Nºs. 225-99-MTC/15.03 y 224-99-MTC/15.03 a favor de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L.; como consecuencia del acuerdo de fusión por absorción entre ambas empresas, siendo la empresa DIVEO TELE- COMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., la que asumirá el íntegro de los activos y pasivos de la empresa TELLINK S.A.; Que, el Artículo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las concesiones y las asig- naciones de espectro relativas a aquéllas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa del Ministerio por Resolución Viceministerial; y que en los casos de fusión o escisión de sociedades, la empresa titular del derecho solicita- rá la transferencia de la concesión o autorización, evaluándose de acuerdo a la normativa vigente; Que, el Artículo 353º de la Ley General de Sociedades establece que, la fusión está supeditada a la inscripción de la escritura pública en el Registro pertinente, produciéndose la extinción de las sociedades absorbidas o incorporadas; Que, mediante Informe Nº 243-2000-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina es procedente la solicitud formulada por las empresas TELLINK S.A. y DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde aprobar la transferencia de las concesio- nes y las asignaciones de espectro radioeléctrico relativas a aquéllas solicitada por las empresas TELLINK S.A. y DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L.; como conse- cuencia de la fusión por absorción de ambas empresas; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supre- mos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especializa- da en Concesiones de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la concesión otorgada a la empresa TELLINK S.A. por Resolución Ministe- rial Nº 196-99-MTC/15.03 para la prestación del servicio público portador local y la asignación del espectro radioeléctri- co relativa a aquélla aprobada por Resolución Viceministerial Nº 225-99-MTC/15.03 a favor de la empresa DIVEO TELECO- MUNICACIONES DEL PERU S.R.L. Artículo 2º.- Aprobar la transferencia de la concesión otorgada a la empresa TELLINK S.A. por Resolución Ministe- rial Nº 225-99-MTC/15.03 para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacio- nal y la asignación del espectro radioeléctrico relativa a aquélla aprobada por Resolución Viceministerial Nº 224-99- MTC/15.03 a favor de la empresa DIVEO TELECO- MUNICACIONES DEL PERU S.R.L. Artículo 3º.- La aprobación de la transferencia de las concesiones a que se refieren los artículos precedentes, está condicionada a la inscripción de la escritura pública de fusión en los Registros Públicos, la que deberá ser presentada a la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, a efectos de formalizar el reconocimiento de la titularidad de los derechos y obligaciones de la empresa DIVEO TELECOMUNICACIONES DEL PERU S.R.L., derivados de la transferencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCIA TORRES Viceministro de Comunicaciones 11295 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Tacna - Ilo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1595-2000-MTC/15.18 Lima, 11 de setiembre de 2000 VISTO, el Expediente Nº 2000-01557010, sobre Concesión de ruta del Servicio Público de Transporte Interprovincial de