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Pág. 193677 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de octubre de 2000 del país, se puso en marcha el Centro de Distribución General tipo manual en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; siendo a la fecha necesaria su informatización para optimizar su funcionamiento; Que, mediante Acta de reunión de fecha 7 de setiembre del 2000, suscrita por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con Funcionarios de la Gerencia Cen- tral de la Reforma del Poder Judicial, se acordó llevar a cabo las gestiones necesarias para la puesta en marcha del referido Centro de Distribución General de manera informatizada; Que, el Artículo 172º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que corresponde a los Orga- nos de Gestión del Poder Judicial disponerlas medidas necesarias a fin de adecuar a las modernas técnicas de administración, el trámite documentario, el manejo de los expedientes y el archivo; incluyéndose en ello a la Mesa de Partes de todo órgano jurisdic- cional, como área básica de su actividad procesal; Que, haciendo uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorganización y Reestructuración Integral en lo referente al Despacho Judicial, entre otras materias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el funcionamiento infor- matizado del Centro de Distribución General en la sede del Distrito Judicial de Cajamarca, provincia y departamento de Cajamarca, a partir del 9 de octubre del año 2000, el mismo que venía operando de manera manual desde el 17 de diciembre del año 1999, cuya estructura orgánica es la siguiente: Organo de Dirección Administración del CDG, a cargo de un Administrador Organos de Línea Administrativa Atención y Recepción Clasificación y Distribución Artículo Segundo.- El Centro de Distribución General se encargará de la recepción, registro y distribución aleotoria y equitativa de los expedientes, demandas, denuncias y escritos que se presenten, destinados a los órganos jurisdiccionales de las distintas instancias y especialidades de la sede de la indicada Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- Los gastos que origine el cumpli- miento de la presente Resolución serán con cargo al Presu- puesto del Pliego del Poder Judicial del año correspondiente, de la siguiente manera: a) Unidad Ejecutora 001 - Gerencia General, lo correspon- diente al personal auxiliar jurisdiccional y administrativo, que a la fecha se encuentra a su cargo. b) Unidad Ejecutora 002 - Gerencia Central de la Reforma, lo correspondiente a gastos administrativos para la puesta en marcha y funcionamiento de lo regulado en la presente Reso- lución. Artículo Cuarto.- Facultar al Secretario Ejecutivo de esta Comisión y Titular del Pliego, para la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP); Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funcio- nes y del Manual de Procedimientos del Centro de Distribu- ción General, los cuales determinarán las funciones y responsabilidades del respectivo personal. Artículo Quinto.- Autorizar al señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, disponer las medi- das jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para el funcionamiento y operatividad del Centro de Distribu- ción General, en coordinación con la Gerencia Central de la Reforma. Artículo Sexto.- Transcribir la presente Resolución al señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamar- ca, a la Oficina de Control de la Magistratura, Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Organos de Línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judi- cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 11334Autorizan funcionamiento de la sede judicial del Establecimiento Peni- tenciario de Régimen Cerrado de Lurigancho RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1287-CME-PJ Lima, 4 de octubre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 1352-2000-PJ-SE-GCR, de la Gerencia Cen- tral de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documentación correspon- diente al funcionamiento de la Sede Judicial en el Estableci- miento Penitenciario Régimen Cerrado Ordinario de Lurigan- cho; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 897, la investigación judicial y el juzgamiento de los procesos por los delitos previstos en el Decreto Legislativo Nº 896 se deben realizar en los respectivos Establecimientos Penitenciarios o en ambientes especiales predeterminados, con las seguridades el caso y con las garan- tías del derecho de defensa y de publicidad que la Constitución y las leyes reconocen; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 161-CME- PJ de 19 de julio de 1996, se autorizó al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima a efectuar la designación de Cinco (5) Salas y Diez (10) Juzgados Especializados en lo Penal, para trasladarse a desarrollar sus funciones en las instalaciones de los Establecimientos Penitenciarios de Régi- men Cerrado entre ellos el de Lurigancho; Que, por Memorandos Nºs. 161-99 y 557-2000-PJ-SE- GCR-GEV con fecha 2 de marzo de 1999 y 1 de setiembre del 2000, respectivamente, la Gerencia de Estudios y Validación de la Gerencia Central de la Reforma, validó el Diseño Perso- nalizado para la construcción de la Sede Judicial del Estable- cimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Ordinario de Lurigancho, y su respectiva ampliación; Que, por Resolución Administrativa Nº 272-99-P-CSJL/ PJ, de 18 de junio de 1999, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, aprobó el Anteproyecto Arquitectónico y la descripción de los ambientes donde funcionarán las Salas Superiores y los Juzgados Especializados en lo Penal, que desarrollarán su función jurisdiccional de conformidad al Diseño Personalizado validado; Que, como resultado del Diseño Personalizado y Antepro- yecto Arquitectónico indicados, se han habilitado nuevos am- bientes en el referido Establecimiento Penal, que junto a los ya existentes, en total suman 1 (una) Sala de Juzgamiento de Bandas, 9 (nueve) Salas de Audiencias, y 15 (quince) ambien- tes para Instructivas Penales, cuyo funcionamiento debe ser autorizado; Que, en esta Sede Judicial concurren Magistrados que atienden Reos en Cárcel principalmente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Cono Norte y Callao, entre otros; Que, haciendo uso de las facultades conferidas me- diante Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobier- no y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas, por las Le- yes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorganización y Reestructuración Integral en lo referen- te al Nuevo Despacho Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a partir del 9 de octubre del 2000, el funcionamiento de la Sede Judicial del Establecimien- to Penitenciario de Régimen Cerrado de Lurigancho, que permitirá el Juzgamiento de Reos en Cárcel en dicha Sede. Artículo Segundo.- La Sede Judicial autorizada consta- rá de la siguiente estructura funcional: Nueve (9) Salas de Audiencias y una (1) Sala para Juzga- miento de grandes bandas. Quince (15) ambientes para Juzgados. Una (1) Carceleta para varones y una (1) Carceleta para mujeres. Un (1) Tópico para Medicina Legal. Un (1) Locutorio. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que administre la Sede