Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2000 (07/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de octubre de 2000

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 193-2000-AL-MDPN Punta Negra, 14 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850 se aprobo la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en su Articulo 7º establece que "Cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Dicho plan debe prever el MORDAZA de Bienes y Servicios que se requerira durante el Ejercicio Presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad MORDAZA de iniciado el ano calendario"; Que, la anterior gestion incumplio en la MORDAZA de dicho Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, correspondiente al ejercicio 2000 en consecuencia es necesario efectuar la regularizacion pertinente; Que, es politica de la actual gestion cumplir con lo emanado en dicha Ley, donde se aprueba dicho Plan Anual de Adquisiciones por la suma de S/. 976,917.00 (Novecientos setentiseis mil novecientos diecisiete y 00/100 Nuevos Soles); Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Con las visaciones de la Unidad de Administracion, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Asesoria Legal y Direccion Municipal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar en vias de Regularizacion el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el 2000 de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, el mismo que adjunto forma parte de la presente resolucion, dicho Plan podra ser modificado de acuerdo con la asignacion presupuestal. Articulo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el articulo precedente, sea puesto a disposicion del publico de conformidad con el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. Articulo 3º.- La Direccion Municipal, la Unidad de Administracion y la Oficina de Contabilidad y Presupuesto, daran cumplimiento a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11451

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha el Proyecto de Ordenanza sobre: "REGLAMENTO PARA LA EJECUCION DE OBRAS EN LA VIA PUBLICA" presentado por el senor Regidor MORDAZA Ormeno Ortiz; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado consagra que las Municipalidades Distritales "tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 65º, incisos 3) y 5) del Texto Legal referido establece como funciones especificas de la Municipalidad: "VELAR" por la CONSERVACION, de la MORDAZA y fauna locales, MANTENER y en la medida de sus recursos, construir la infraestructura MORDAZA y rural indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario". Asimismo, el inciso 13) del mismo articulo senala como funcion municipal: "Procurar, CONSERVAR y administrar, en su caso, los bienes de dominio publico, como caminos, puentes, plazas, avenidas, paseos, jardines, edificios publicos y otros analogos"; Que, el saneamiento de agua y desague, asi como la implementacion de servicios de energia electrica, telefonia y otros servicios publicos, requieren TRABAJOS EN LA VIA PUBLICA que afectan los bienes de dominio y de uso publico, que devienen en obligaciones por parte de las entidades publicas y privadas que requieren hacer uso de los mismos; Que, los concesionarios de servicios publicos si bien estan autorizados por Leyes especiales para comunicar sus trabajos a la Municipalidad correspondiente; esta facultad no puede ejercerse contraviniendo las Normas Reglamentarias ni las funciones que competen a la Municipalidad; Que el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 420 Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial, senala que la conservacion de Vias Publicas es atribucion de las autoridades competentes en sus respectivas jurisdicciones, siendo responsables de permanente estado de transitabilidad; Asimismo el Articulo 23º del Texto Legal acotado, dispone que el que destruye o deteriora una Via Publica es responsable de su reparacion; asi como de los danos y perjuicios que ocasione; Que, el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, prescribe en su Articulo 218º que cuando los concesionarios haciendo uso del derecho que les confiere el Articulo 109º de la Ley afecten propiedades del Estado o de terceros, deberan reparar los danos causados y, en su caso, resarcir los costos de reparacion; Que, dichas obligaciones deben circunscribirse en procedimientos, requisitos y derechos asi como en la restitucion de la infraestructura MORDAZA afectada para el cumplimiento de su objeto social, que constituye bien de dominio y uso publico; Que, mediante Informe Nº 112-2000-DDU/MSJL la Direccion de Desarrollo MORDAZA precisa algunos conceptos contenidos en el proyecto y con INFORME Nº 16452000-OAJ-MSJL la Oficina de Asesoria Legal considera conveniente su aprobacion, teniendo en cuenta los aportes tecnicos precisados por la Direccion de Desarrollo Urbano; Estando lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853 y el Reglamento Interno vigente, el Dictamen Nº 007-2000-CDL/MSJL se aprobo por unanimidad la siguiente Ordenanza: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Ordenanza sobre Reglamento para la Ejecucion de Obras en la Via Publica que consta de 14 (catorce) articulos y 11 (once) Disposiciones Transitorias y Finales. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Municipal y a la Direccion de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11449

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban el Proyecto de Ordenanza sobre Reglamento para la Ejecucion de Obras en la Via Publica
ORDENANZA Nº 022 San MORDAZA de Lurigancho, 28 de setiembre de 2000

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