Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2000 (07/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 7 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- TRANSCRIBASE la presente Resolucion al Instituto Nacional de Bienestar Familiar (INABIF), para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Presidente del Directorio Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA 11453

Dado en el Palacio Municipal de MORDAZA, a los 16 dias del mes de agosto del ano 2000. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Metropolitano de MORDAZA 11441

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Encargan a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor la gestion del comercio en la via publica dentro del Centro Historico de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 070 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 168, del 14 de MORDAZA de 1994, se crea el Programa Municipal para la Recuperacion del Centro Historico de MORDAZA "PROLIMA", como organo desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que el Articulo MORDAZA, numeral 8, del indicado Acuerdo de Concejo, senala como una de las competencias de PROLIMA, el regular y controlar el comercio ambulatorio en el Centro Historico de Lima; Que el Titulo V, Capitulo III de la Ordenanza Nº 062, del 15 de MORDAZA de 1994, que aprueba el Reglamento de la administracion del Centro Historico de MORDAZA, establece el tratamiento del comercio en la via publica, dentro del Centro Historico de Lima; Que por Ordenanza Nº 201, del 21 de diciembre de 1998, se aprueba el Plan Maestro del Centro de MORDAZA, como instrumento tecnico-normativo que oriente la gestion municipal, con el proposito de obtener mejores niveles de calidad fisica, social y economica para el Centro Historico de MORDAZA, el Cercado y su MORDAZA de influencia, y como medio de concertar las actividades de las diferentes direcciones y dependencias municipales hacia las metas establecidas; Que la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor de acuerdo con el Edicto Nº 021 y sus modificatorias, tiene asignadas competencias para proponer, ejecutar, supervisar y controlar la ejecucion de programas orientados al reordenamiento del comercio informal; Que siendo necesario asignar y organizar los recursos municipales de acuerdo con los procesos y procedimientos que se vienen implantando, a fin de lograr mayor productividad y economias en la Corporacion Municipal; Estando a lo dispuesto por los Articulos 47º, inciso 6) y 136º, inciso 10), de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; y con cargo de dar cuenta al pleno del Concejo Metropolitano; SE DECRETA: Articulo 1º.- Encargar a partir de la fecha, a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor la gestion integral del comercio en la via publica dentro del Centro Historico de MORDAZA, que venia desarrollando PROLIMA. Articulo 2º.- Las funciones de diseno tecnico y normativo del comercio en la via publica dentro del Centro Historico de MORDAZA, continuara a cargo de PROLIMA y la Direccion Municipal de Defensa al Consumidor; sera responsable de su ejecucion y aplicacion respectiva.

Modifican decreto que encargo a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor la gestion integral del comercio en la via publica dentro del Centro Historico de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 087 MORDAZA, 29 de septiembre de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 070 de fecha 16 de agosto del 2000, se resuelve encargar a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor la gestion integral del comercio en la via publica dentro del Centro Historico de MORDAZA, que venia desarrollando PROLIMA; Que, la Direccion Municipal de Comercializacion se encuentra abocada a solucionar la problematica del comercio en la via publica, teniendo como proposito establecer un conjunto de disposiciones que constituyan medidas promocionales, en aplicacion de la politica de formalizacion del comercio ambulatorio, para su respectiva reestructuracion; Que, de acuerdo a los principios de mejoramiento permanente de los servicios municipales, es necesario una MORDAZA revision de los sistemas y metodos de trabajo en uso, proponiendo las correcciones que MORDAZA necesarias en todos los aspectos que se detecten como obstaculos o dificultades para brindar un servicio eficiente y coherente, que se encuentre enmarcado dentro de los objetivos de la gestion municipal; Estando a lo dispuesto por los Articulos 47º, inciso 6) y 136º, inciso 10) de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 070 de fecha 16 de agosto del 2000, el mismo que queda redactado con el siguiente texto: "Articulo 2º.- Las funciones de diseno tecnico y normativo del comercio en la via publica dentro del Centro Historico de MORDAZA, estara a cargo de la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor. Siendo responsable de su ejecucion y aplicacion respectiva, y asimismo de las funciones que MORDAZA de su competencia, orientadas a regular y controlar el comercio ambulatorio en el Centro Historico de Lima. La Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor en caso de ser necesario solicitara opinion y asesoria del Programa Municipal para la Recuperacion del Centro Historico de MORDAZA - PROLIMA". Articulo Segundo.- La presente MORDAZA entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 11369

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